Morata de Tajuña (BOCM-20240909-73)
Otros anuncios. Protocolo gestión colonias felinas
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
LUNES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 215
y se facilita la mejora de su estado de salud por estar controlados sanitariamente y recibir
una alimentación adecuada.
Las solicitudes de implantación de colonias controladas de gatos pueden ser de dos tipos:
a) En el supuesto de colonias que estén ya siendo gestionadas por asociaciones o particulares, o que vayan a serlo, y respecto a las que no consten avisos por quejas por
la presencia de gatos en la zona de la solicitud, el procedimiento para la aplicación
de este protocolo se pondrá en marcha presentando por parte del colaborador responsable o la asociación de protección que fuera a gestionar la colonia, una declaración responsable sin más trámites. (Anexo II).
b) Si la petición de creación de colonias controladas (avisos sin quejas) es dirigida directamente por particulares u organizaciones (Anexo I), se realizarán las actuaciones que procedan para la aplicación de este protocolo, poniendo en contacto a los interesados con las asociaciones colaboradoras, en aquellos casos que sea necesario.
c) En el supuesto de que consten avisos con quejas, y una vez recibida la solicitud
prevista en el Anexo I, se iniciarán los siguientes trámites:
— Evaluación consistente en un estudio de la zona y de los lugares donde se encuentran los animales, número de ejemplares existentes, valoración de la situación y localización e identificación de los posibles colaboradores, todo con
el fin de poner en marcha el protocolo de manera inmediata y exitosa.
Igualmente se contactará con las entidades colaboradoras para que se encarguen de la gestión de la colonia y localización de colaboradores autorizados
y responsable.
— Una vez realizada esta evaluación, el Ayuntamiento informará a los vecinos
de las actuaciones que se llevarán a cabo y de los objetivos que se persigue
conseguir con las mismas, incluida la indicación de las posibles medidas adicionales que sean aconsejables adoptar para minimizar las molestias o problemas ocasionados por la presencia de estos animales. Esta labor informativa,
será continuada por las entidades colaboradoras o por los colaboradores de la
colonia.
— Durante el trámite de gestión de las solicitudes, se podrá solicitar cualquier información complementaria que se precise.
Especialmente se requerirá el apoyo de las asociaciones para gestionar el control de las colonias en las ubicaciones donde no exista colaborador responsable que pueda realizar esta labor.
2. Evaluación de la colonia
Tal y como se señala en el punto anterior, la evaluación de la colonia se realizará sólo
en el supuesto de que existan quejas por parte de vecinos, en caso contrario, únicamente se
presentará una declaración responsable.
Al objeto de asegurar al máximo el éxito de cada intervención, se tendrán en cuenta
los siguientes elementos:
— Características de la colonia inicial. Entre otras: lugar de asentamiento de los animales, ubicación, extensión, número de animales que la integran, distribución de
edades estimadas de los animales, grado de socialización y otros datos de interés.
— Número y dedicación de las personas propuestas como colaboradores (incluido
colaborador autorizado y colaborador responsable).
3. Acuerdo específico para la estabilización de la colonia
Las actuaciones de control mediante el método CES hacen que los gatos libres puedan
vivir durante más tiempo, con mayor calidad y bajo el control de las personas que los cuidan, por ello, las asociaciones proporcionaran formación e información a los colaboradores
sobre el método y su correcta implantación.
El Ayuntamiento realizará las actuaciones divulgativas necesarias para trasladar a los
ciudadanos la información pertinente, basada en evidencia disponible, sobre la idoneidad
de esta estrategia para el control de las poblaciones de gatos urbanos, con la participación,
en su caso, de las entidades colaboradoras. Dichas entidades colaboradoras llevarán a cabo
las acciones de mediación oportunas.
Se establecerá un acuerdo marco de colaboración (Anexo III) y unificación de criterios para el establecimiento, legalización y normalización de las colonias y sus colaborado-
BOCM-20240909-73
Pág. 194
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 215
y se facilita la mejora de su estado de salud por estar controlados sanitariamente y recibir
una alimentación adecuada.
Las solicitudes de implantación de colonias controladas de gatos pueden ser de dos tipos:
a) En el supuesto de colonias que estén ya siendo gestionadas por asociaciones o particulares, o que vayan a serlo, y respecto a las que no consten avisos por quejas por
la presencia de gatos en la zona de la solicitud, el procedimiento para la aplicación
de este protocolo se pondrá en marcha presentando por parte del colaborador responsable o la asociación de protección que fuera a gestionar la colonia, una declaración responsable sin más trámites. (Anexo II).
b) Si la petición de creación de colonias controladas (avisos sin quejas) es dirigida directamente por particulares u organizaciones (Anexo I), se realizarán las actuaciones que procedan para la aplicación de este protocolo, poniendo en contacto a los interesados con las asociaciones colaboradoras, en aquellos casos que sea necesario.
c) En el supuesto de que consten avisos con quejas, y una vez recibida la solicitud
prevista en el Anexo I, se iniciarán los siguientes trámites:
— Evaluación consistente en un estudio de la zona y de los lugares donde se encuentran los animales, número de ejemplares existentes, valoración de la situación y localización e identificación de los posibles colaboradores, todo con
el fin de poner en marcha el protocolo de manera inmediata y exitosa.
Igualmente se contactará con las entidades colaboradoras para que se encarguen de la gestión de la colonia y localización de colaboradores autorizados
y responsable.
— Una vez realizada esta evaluación, el Ayuntamiento informará a los vecinos
de las actuaciones que se llevarán a cabo y de los objetivos que se persigue
conseguir con las mismas, incluida la indicación de las posibles medidas adicionales que sean aconsejables adoptar para minimizar las molestias o problemas ocasionados por la presencia de estos animales. Esta labor informativa,
será continuada por las entidades colaboradoras o por los colaboradores de la
colonia.
— Durante el trámite de gestión de las solicitudes, se podrá solicitar cualquier información complementaria que se precise.
Especialmente se requerirá el apoyo de las asociaciones para gestionar el control de las colonias en las ubicaciones donde no exista colaborador responsable que pueda realizar esta labor.
2. Evaluación de la colonia
Tal y como se señala en el punto anterior, la evaluación de la colonia se realizará sólo
en el supuesto de que existan quejas por parte de vecinos, en caso contrario, únicamente se
presentará una declaración responsable.
Al objeto de asegurar al máximo el éxito de cada intervención, se tendrán en cuenta
los siguientes elementos:
— Características de la colonia inicial. Entre otras: lugar de asentamiento de los animales, ubicación, extensión, número de animales que la integran, distribución de
edades estimadas de los animales, grado de socialización y otros datos de interés.
— Número y dedicación de las personas propuestas como colaboradores (incluido
colaborador autorizado y colaborador responsable).
3. Acuerdo específico para la estabilización de la colonia
Las actuaciones de control mediante el método CES hacen que los gatos libres puedan
vivir durante más tiempo, con mayor calidad y bajo el control de las personas que los cuidan, por ello, las asociaciones proporcionaran formación e información a los colaboradores
sobre el método y su correcta implantación.
El Ayuntamiento realizará las actuaciones divulgativas necesarias para trasladar a los
ciudadanos la información pertinente, basada en evidencia disponible, sobre la idoneidad
de esta estrategia para el control de las poblaciones de gatos urbanos, con la participación,
en su caso, de las entidades colaboradoras. Dichas entidades colaboradoras llevarán a cabo
las acciones de mediación oportunas.
Se establecerá un acuerdo marco de colaboración (Anexo III) y unificación de criterios para el establecimiento, legalización y normalización de las colonias y sus colaborado-
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Pág. 194
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