C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240904-18)
Plan estratégico subvenciones – Orden de 22 de agosto de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones de las subvenciones destinadas a la financiación de acciones formativas incluidas en el componente 19 “Plan Nacional de Capacidades Digitales”, Inversión 3 “Competencias digitales para el empleo”, objetivo número 292.a “Formación digital en el entorno laboral” del anexo de la Decisión de Ejecución del Consejo (CID), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next GenerationEU, en la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 211
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 55
ANEXO
PLAN ESTRATÉGICO DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A LA
FINANCIACIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS INCLUIDAS EN LA
INVERSIÓN 3 “COMPETENCIAS DIGITALES PARA EL EMPLEO”,
COMPONENTE 19 “PLAN NACIONAL DE CAPACIDADES DIGITALES
(DIGITAL SKILLS)”, OBJETIVO N.o 292.A “FORMACIÓN DIGITAL EN EL
ENTORNO LABORAL” DEL ANEXO DE LA DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL
CONSEJO (CID), EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, FINANCIADO POR LA UNIÓN
EUROPEA-NEXTGENERATIONEU, EN LA COMUNIDAD DE MADRID
1. Objetivos estratégicos
Realización de acciones formativas en competencias digitales para el empleo, demandadas por el ámbito productivo que mejoren la ocupabilidad futura e impulsen el emprendimiento digital.
Asimismo, con esta subvención se ejecutan los objetivos fijados en la etiqueta 108
“Apoyo al desarrollo de las capacidades digitales” del documento “Análisis del plan de recuperación y resiliencia de España que acompaña a la Propuesta de Decisión de Ejecución
del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia
de España”, dado que esta subvención tiene un 100% de coeficiente de contribución a objetivos digitales.
2. Líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación
Acciones de formación no formal, cuyo contenido está orientado a la adquisición y desarrollo de competencias digitales, de manera que mejoren las habilidades digitales de sus
participantes.
Las acciones formativas se desarrollarán en la modalidad de teleformación y tendrán
tener una carga mínima de 25 horas de formación.
3. Costes presupuestarios previstos y fuentes de financiación
4. Plan de acción
El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva, previsto en el artículo 4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, conforme a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de
los recursos públicos, y se iniciará de oficio mediante la aprobación de la correspondiente
convocatoria y su publicación.
BOCM-20240904-18
Las subvenciones previstas en esta convocatoria se financiarán mediante los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de Recuperación “Next Generation EU”, a través
del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establecido por el Reglamento (UE) 2021/241,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, incorporados en el presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2024, en la partida 48200 de la sección 13 del programa 241N del centro gestor 120270000l.
El importe total del crédito asignado asciende a 7.925.626 euros.
De conformidad con el artículo 76.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el
que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones la concesión de la subvención se realizará a través del régimen de módulos.
En este sentido, el Anexo III de la Orden TES/629/2023, de 14 de junio, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2023, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas en el ámbito laboral, créditos financiados con el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, destinados a la ejecución de proyectos de inversión
en el marco de los componentes 19 “Plan Nacional de Competencias Digitales” y 23 “Nuevas
Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo” recogidos en
el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ha establecido que el coste unitario
de la inversión 3 del componente 19, es de 13 euros/hora/participante.
B.O.C.M. Núm. 211
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE SEPTIEMBRE DE 2024
Pág. 55
ANEXO
PLAN ESTRATÉGICO DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A LA
FINANCIACIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS INCLUIDAS EN LA
INVERSIÓN 3 “COMPETENCIAS DIGITALES PARA EL EMPLEO”,
COMPONENTE 19 “PLAN NACIONAL DE CAPACIDADES DIGITALES
(DIGITAL SKILLS)”, OBJETIVO N.o 292.A “FORMACIÓN DIGITAL EN EL
ENTORNO LABORAL” DEL ANEXO DE LA DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL
CONSEJO (CID), EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, FINANCIADO POR LA UNIÓN
EUROPEA-NEXTGENERATIONEU, EN LA COMUNIDAD DE MADRID
1. Objetivos estratégicos
Realización de acciones formativas en competencias digitales para el empleo, demandadas por el ámbito productivo que mejoren la ocupabilidad futura e impulsen el emprendimiento digital.
Asimismo, con esta subvención se ejecutan los objetivos fijados en la etiqueta 108
“Apoyo al desarrollo de las capacidades digitales” del documento “Análisis del plan de recuperación y resiliencia de España que acompaña a la Propuesta de Decisión de Ejecución
del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia
de España”, dado que esta subvención tiene un 100% de coeficiente de contribución a objetivos digitales.
2. Líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación
Acciones de formación no formal, cuyo contenido está orientado a la adquisición y desarrollo de competencias digitales, de manera que mejoren las habilidades digitales de sus
participantes.
Las acciones formativas se desarrollarán en la modalidad de teleformación y tendrán
tener una carga mínima de 25 horas de formación.
3. Costes presupuestarios previstos y fuentes de financiación
4. Plan de acción
El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva, previsto en el artículo 4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, conforme a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de
los recursos públicos, y se iniciará de oficio mediante la aprobación de la correspondiente
convocatoria y su publicación.
BOCM-20240904-18
Las subvenciones previstas en esta convocatoria se financiarán mediante los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de Recuperación “Next Generation EU”, a través
del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establecido por el Reglamento (UE) 2021/241,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, incorporados en el presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2024, en la partida 48200 de la sección 13 del programa 241N del centro gestor 120270000l.
El importe total del crédito asignado asciende a 7.925.626 euros.
De conformidad con el artículo 76.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el
que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones la concesión de la subvención se realizará a través del régimen de módulos.
En este sentido, el Anexo III de la Orden TES/629/2023, de 14 de junio, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2023, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas en el ámbito laboral, créditos financiados con el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, destinados a la ejecución de proyectos de inversión
en el marco de los componentes 19 “Plan Nacional de Competencias Digitales” y 23 “Nuevas
Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo” recogidos en
el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ha establecido que el coste unitario
de la inversión 3 del componente 19, es de 13 euros/hora/participante.