Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid (BOCM-20240904-47)
Organización y funcionamiento. Ordenanza ayuda domicilio
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 211
Trámite:
Los interesados presentarán la solicitud, según modelo normalizado y proporcionado
por los Servicios Sociales de la entidad, acompañada de la documentación necesaria. Dicha
solicitud se encontrará disponible en la sede electrónica de la misma, a la que se puede tener acceso a través del enlace https://mancomunidadsuroeste.sedelectronica.es
Las solicitudes, firmadas por el interesado, junto con la documentación requerida, se
podrán presentar ante el/la Trabajador/a Social de los Servicios Sociales del municipio, presencialmente en el Registro General de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de
Madrid, sito en la calle Miguel Hernández, número 8, de Griñón, presencialmente en horario de 9:00 a 14:00, de lunes a viernes, o a través de la sede electrónica de esta entidad o en
cualquiera de los lugares establecidos por la legislación vigente sobre el Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si, examinada la solicitud y documentación presentada, desde los servicios técnicos administrativos responsables de su revisión, ésta resultara incompleta o defectuosa, se requerirá al solicitante, para que en el plazo de 10 días aporte la documentación necesaria o subsane
los defectos observados, advirtiéndole, que de no hacerlo así, se dará por desistida su petición,
archivándose sin más trámite, tal como dispone el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para este trámite se emitirá diligencia por el personal del servicio técnico administrativo responsable de la revisión del expediente administrativo sobre la documentación contenida en el expediente, tras proceder a su examen, en la que se indicará, en su caso, si la
documentación presentada se ajusta a la requerida en la presente ordenanza.
Si la documentación se encuentra completa y en vigor, se procederá a emitir Providencia de Presidencia para requerimiento de oportuno Informe Social al responsable del expediente social para completar el expediente administrativo.
Documentación a presentar junto a la solicitud:
La Mancomunidad podrá recabar de los solicitantes cuantos datos, documentos y aclaraciones consideren necesario para lograr el fin de los expedientes, entre ellos:
a) Original y copia, para su cotejo, del DNI del solicitante y de las personas mayores
de dieciséis años pertenecientes a la unidad familiar, y en el supuesto de extranjeros, tarjeta de residente, de asilo o refugio, pasaporte, o cualquier otro documento
que acredite su identidad.
b) Certificado o volante colectivo de empadronamiento de todos los miembros de la
unidad de convivencia actualizado y en vigor, expedido en fecha inferior a tres
meses anterior a la fecha de solicitud.
c) Original y copia, para su cotejo, de libro de familia en caso de existencia de hijos
en la unidad de convivencia.
d) Para acreditar datos relativos a la situación económica:
— Original y fotocopia de la última declaración del impuesto sobre la renta de las
personas físicas del solicitante y de todos los componentes mayores de 18 años
de la unidad familiar o de convivencia. En caso de no estar obligados a presentar declaración de la renta, certificación negativa de la Agencia Tributaria
o certificado de imputaciones.
— Original y fotocopia de la declaración trimestral a cuenta del IRPF e IVA, en
caso de alta en régimen de autónomos.
— Justificantes del abono de rentas por alquileres, en el caso de percibirlos, así
como documentos de los contratos formalizados al efecto, en su caso.
— Acreditación de ingresos mensuales de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia mayores de 16 años:
• Original y fotocopia de las tres últimas nóminas.
• Tarjeta de demanda de empleo de todos los integrantes de la unidad familiar o
de convivencia en edad laboral o en su caso certificado de estar estudiando.
• Certificado del Servicio Público de Empleo en el que conste el período de
desempleo y percepción de prestación o subsidios, indicando, en su caso,
cuantía mensual.
• Certificado o justificante actualizado que acredite las pensiones que se perciban (pensiones de la seguridad social, clases pasivas, pensiones de alimentos, compensatoria, ...). En caso de no recibir pensiones certificado negativo
de percepción de pensiones de la Seguridad Social.
BOCM-20240904-47
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 211
Trámite:
Los interesados presentarán la solicitud, según modelo normalizado y proporcionado
por los Servicios Sociales de la entidad, acompañada de la documentación necesaria. Dicha
solicitud se encontrará disponible en la sede electrónica de la misma, a la que se puede tener acceso a través del enlace https://mancomunidadsuroeste.sedelectronica.es
Las solicitudes, firmadas por el interesado, junto con la documentación requerida, se
podrán presentar ante el/la Trabajador/a Social de los Servicios Sociales del municipio, presencialmente en el Registro General de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de
Madrid, sito en la calle Miguel Hernández, número 8, de Griñón, presencialmente en horario de 9:00 a 14:00, de lunes a viernes, o a través de la sede electrónica de esta entidad o en
cualquiera de los lugares establecidos por la legislación vigente sobre el Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si, examinada la solicitud y documentación presentada, desde los servicios técnicos administrativos responsables de su revisión, ésta resultara incompleta o defectuosa, se requerirá al solicitante, para que en el plazo de 10 días aporte la documentación necesaria o subsane
los defectos observados, advirtiéndole, que de no hacerlo así, se dará por desistida su petición,
archivándose sin más trámite, tal como dispone el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para este trámite se emitirá diligencia por el personal del servicio técnico administrativo responsable de la revisión del expediente administrativo sobre la documentación contenida en el expediente, tras proceder a su examen, en la que se indicará, en su caso, si la
documentación presentada se ajusta a la requerida en la presente ordenanza.
Si la documentación se encuentra completa y en vigor, se procederá a emitir Providencia de Presidencia para requerimiento de oportuno Informe Social al responsable del expediente social para completar el expediente administrativo.
Documentación a presentar junto a la solicitud:
La Mancomunidad podrá recabar de los solicitantes cuantos datos, documentos y aclaraciones consideren necesario para lograr el fin de los expedientes, entre ellos:
a) Original y copia, para su cotejo, del DNI del solicitante y de las personas mayores
de dieciséis años pertenecientes a la unidad familiar, y en el supuesto de extranjeros, tarjeta de residente, de asilo o refugio, pasaporte, o cualquier otro documento
que acredite su identidad.
b) Certificado o volante colectivo de empadronamiento de todos los miembros de la
unidad de convivencia actualizado y en vigor, expedido en fecha inferior a tres
meses anterior a la fecha de solicitud.
c) Original y copia, para su cotejo, de libro de familia en caso de existencia de hijos
en la unidad de convivencia.
d) Para acreditar datos relativos a la situación económica:
— Original y fotocopia de la última declaración del impuesto sobre la renta de las
personas físicas del solicitante y de todos los componentes mayores de 18 años
de la unidad familiar o de convivencia. En caso de no estar obligados a presentar declaración de la renta, certificación negativa de la Agencia Tributaria
o certificado de imputaciones.
— Original y fotocopia de la declaración trimestral a cuenta del IRPF e IVA, en
caso de alta en régimen de autónomos.
— Justificantes del abono de rentas por alquileres, en el caso de percibirlos, así
como documentos de los contratos formalizados al efecto, en su caso.
— Acreditación de ingresos mensuales de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia mayores de 16 años:
• Original y fotocopia de las tres últimas nóminas.
• Tarjeta de demanda de empleo de todos los integrantes de la unidad familiar o
de convivencia en edad laboral o en su caso certificado de estar estudiando.
• Certificado del Servicio Público de Empleo en el que conste el período de
desempleo y percepción de prestación o subsidios, indicando, en su caso,
cuantía mensual.
• Certificado o justificante actualizado que acredite las pensiones que se perciban (pensiones de la seguridad social, clases pasivas, pensiones de alimentos, compensatoria, ...). En caso de no recibir pensiones certificado negativo
de percepción de pensiones de la Seguridad Social.
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