Alcalá de Henares (BOCM-20240830-67)
Urbanismo. Plan Especial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 207

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE AGOSTO DE 2024

Pág. 299

Por todo lo cual, se adjunta Hoja Informativa (informe de afección patrimonial)que precisa el estudio a
realizar y que contiene las directrices del estudio arqueológico, cuyos resultados deberán ser
incorporados en el documento ambiental.
La presente hoja informativa (informe de afección patrimonial) se elabora a solicitud del Área de
Análisis Ambiental de Planes y Programas de la Dirección General de Transición Energética y
Economia Circular (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interiror) C/ Alcalá nº 16 – 3ª
planta. 28014-Madrid.
ASUNTO: NOTIFICACIÓN HOJA INFORMATIVA (INFORME DE AFECCIÓN PATRIMONIAL)
Datos de la propiedad/solicitante:
- Área de Análisis Ambiental de Planes y Programas de la Dirección General de Transición
Energética y Economia Circular (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interiror) C/ Alcalá nº
16 – 3ª planta. 28014-Madrid.
Área de actuación:
“Plan Especial de Infraestructuras del Proyecto de construcción para soterramiento de tramo
aéreo del Parque de 15 kv Subestación Alcalá 132/15 kv en el término municipal de Alcalá de
Henares (Madrid)”.
Protección:
El plan de referencia se localiza en una zona muy sensible desde el punto de vista del patrimonio
histórico y arqueológico del municipio de Alcalá de Henares. Este tiene incidencia sobre bienes
integrantes del Catálogo de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid (art. 28 de la Ley
8/2023), concretamente se localiza en el ámbitodel Bien:
- Bien (O (QFtQ (código: CM/005/0008 del Catálogo de Patrimonio Cultural de la Comunidad de
Madrid de adscripción cultural de la edad del bronce y época romana) y está protegido conforme a
la figura de de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.
Actuaciones:
Dado que en el ámbito de actuación se documentan, al menos, un Yacimiento Arqueológico
Documentado, se deberá llevar a cabo la siguiente actuación por parte de arqueólogo/s
especialista en Prehistoria reciente y época romana.
La actuación arqueológica en esta primera fase consistirá en un estudio documental y un
control arqueológico intensivo de todos los movimientos de tierras en el ámbito de referencia:
1.- Análisis documental: cartografía (histórica, geológica, topográfica, de usos del suelo, de
planeamiento vigente...), fotografía aérea, bibliografía, consulta de Carta Arqueológica y
expedientes de actuación, así como cualquier otra información de carácter histórico-arqueológica
de la zona de estudio, además del estado actual del ámbito con su correspondiente documentación
gráfica, planimétrica y fotográfica. En este sentido, se efectuará una descripción detallada del
estado del ámbito y de los elementos (edificaciones) existentes, incluido plano con indicación de
espacios libres de edificaciones, en su caso.
2.- Se llevará a cabo un control arqueológico intensivo de todos los movimientos de tierras,
derivados de las obras y asociados a la ejecución del proyecto a ejecutar.

Todos los restos que se localicen en el transcurso de los trabajos arqueológicos deberán quedar
georreferenciados con coordenadas UTM en la planimetría oficial de laComunidad de Madrid.
Además, el Proyecto deberá contar con informe municipal favorable, en cuanto a cumplimiento de
normativa urbanística.
Finalmente, a la vista de los resultados y del informe de la actuación, la Dirección General de
Patrimonio Cultural determinará, en su caso, directrices a seguir.

BOCM-20240830-67

En caso de aparición de restos de interés histórico arqueológico en el transcurso de las obras y de
acuerdo con lo dispuesto en el Art. 61.4 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural
de la Comunidad de Madrid, se paralizarán los trabajosy se tomarán las medidas adecuadas para la
protección de los restos. La comunicación del hallazgo se deberá realizar a la Dirección General de
Patrimonio Cultural y a la autoridad local, de manera inmediata. A su vez, se procederá a su
delimitación, documentación gráfica y planimétrica y a la protección cautelar. De este modo, previa
notificación e informe de los hallazgos, la Dirección General de Patrimonio Cultural determinará las
medidas concretas de protección del patrimonio afectado y directricesa seguir.