Alcalá de Henares (BOCM-20240830-67)
Urbanismo. Plan Especial
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 207

Para lo cual, se deberá solicitar la preceptiva autorización a la Dirección General de Patrimonio
Cultural, según los arts. 61 y 64 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la
Comunidad de Madrid.
Documentación solicitada:
La solicitud formal de actuación arqueológica por parte de la propiedad deberá ir acompañada de
la siguiente documentación:
a. Proyecto de actuación arqueológica.
El proyecto estará redactado por un profesional arqueólogo especialista en el ámbito de las
posibles afecciones al patrimonio y conformado por la propiedad o el interesado.
Al menos, deberá contener:

1. Descripción y delimitación del ámbito de actuación:
i. Plano de situación.
ii. Plano general del proyecto constructivo.
iii. Plano acotado con propuesta de actuación arqueológica (El polígono de la zona propuesta
de actuación debe de ser entregado tanto en papel como en soporte digital (ver formatos
mencionados).

iv. Fotografías del estado actual.
2. Características del proyecto constructivo (descripción de las Actuaciones constructivas a
realizar en el ámbito).
3. Antecedentes históricos y arqueológicos de la zona (la Dirección General de Patrimonio
Cultural facilitará, al arqueólogo titular de la intervención, la consulta de la Carta Arqueológica de la
Comunidad de Madrid de la zona afectada).
4. Informe geológico del ámbito de actuación (incluyendo en su casoinforme geotécnico).
5. Metodología y técnicas razonadas.
6. Plan de trabajo.
7. Plazo de ejecución e inicio previsto.
8. Equipo y medios.
9. Responsabilidad en materia de seguridad e higiene en el trabajo y medidas a adoptar
(incluir la póliza del seguro contratado).

10. Documento de conformidad con el proyecto de actuación arqueológica/paleontológica por
parte de la propiedad o persona acreditada por la misma.

11. Enumeración detallada de los documentos aportados.
Especialidad titulares del permiso: arqueólogo/s especialista en Prehistoria reciente y época
romana.
l. Incumplimiento de cualquiera de las prescripciones recogidas en el permiso de actuación
arqueológica llevará consigo la anulación del referido permiso sin perjuicio de la sanción
administrativa que conlleve la infracción cometida, imposibilitando la emisión de Resolución
Administrativa por parte de esta Dirección General de Patrimonio Cultural.

BOCM-20240830-67

Se informa al interesado que en los sucesivos trámites deberá hacer referencia al número de
expediente.