C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20240830-49)
Convenio ejecución infraestructuras –  Convenio de 14 de agosto de 2024, para la ejecución de infraestructuras hidráulicas entre el Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada, Canal de Isabel II y Canal de Isabel II, S. A., M. P.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 207

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE AGOSTO DE 2024

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tación del planeamiento vigente, convienen la ejecución de las infraestructuras recogidas en
el Expositivo Quinto con arreglo a las restantes Estipulaciones del presente Convenio.
Este Convenio se interpreta en coherencia con los convenios citados en el Expositivo
Primero, de los que es extensión y desarrollo en cuanto a los ámbitos urbanísticos recogidos en el Expositivo Cuarto; especialmente en el suscrito el 6 de junio de 2012 relativo a la
incorporación del Ayuntamiento al futuro Modelo de Gestión de Canal de Isabel II.
Segunda
Obligaciones de Canal
Canal se compromete a llevar a cabo todas las actuaciones que sean necesarias para
que las infraestructuras objeto de este Convenio queden adscritas a la Sociedad Canal por
ser necesarias para el ejercicio de las actividades que tiene encomendadas.
Tercera
Obligaciones de la Sociedad Canal
3.a 1. Redacción de proyectos:
La Sociedad Canal se compromete a la redacción de los proyectos que se precisen para
el desarrollo de todas las actuaciones que sean necesarias para la ejecución de las infraestructuras hidráulicas definidas en el Expositivo Quinto.
3.a 2. Tramitación de proyectos:
La Sociedad Canal se compromete a iniciar la tramitación ambiental y urbanística del
proyecto de la infraestructura de depuración relacionada en el Expositivo Quinto.
3.a 3. Ejecución de las infraestructuras:
La Sociedad Canal se compromete a ejecutar las obras de la infraestructura definida en
el Expositivo Quinto, por sí misma o a través de los sujetos legitimados para la ejecución
urbanística. Dicha infraestructura se realizará por fases sucesivas, a medida que el desarrollo del planeamiento lo requiera, siempre que se resuelvan favorablemente los trámites ambientales y urbanísticos oportunos y se disponga de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras.
En cualquier caso, la ejecución por parte de la Sociedad Canal de la obra hidráulica de
depuración prevista en el presente Convenio, estará supeditada al otorgamiento de todos los
permisos, licencias y autorizaciones que sean necesarios por parte de todas las Administraciones competentes.
Cuarta
El Ayuntamiento se compromete:
4.a 1. A proporcionar mediante el oportuno título gratuito los terrenos demaniales de
propiedad municipal que resulten necesarios para el emplazamiento de las obras a ejecutar,
así como a conceder las licencias urbanísticas correspondientes de conformidad con lo establecido en la Ley 9/2001, con aplicación de las exenciones tributarias que legalmente procedan al amparo de lo dispuesto en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de la Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
4.a 2. A colaborar con la Sociedad Canal en lo que resulte necesario para la ejecución de las obras y, concretamente, en la tramitación ambiental y urbanística de los planes
y proyectos de infraestructuras que resulten oportunos, así como en los expedientes que se
incoen para expropiar los terrenos y/o derechos necesarios o para asegurar la plena disponibilidad de los terrenos afectados por las obras, incluida también la disponibilidad necesaria respecto de los terrenos de dominio público de titularidad municipal.
4.a 3. A condicionar la aprobación definitiva de los planes de sectorización e instrumentos de desarrollo y ejecución del planeamiento (Plan Parcial y/o Proyecto de Urbanización) al informe previo de Viabilidad y puntos de conexión, solicitado por los propietarios
y/o sujetos promotores y emitido por la Sociedad Canal.
4.a 4. A condicionar la aprobación definitiva de los planes de sectorización e instrumentos de desarrollo y ejecución del planeamiento (Plan Parcial o Proyecto de Urbaniza-

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