Pinto (BOCM-20240829-38)
Organización y funcionamiento. Junta Gobierno
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 206
ducida; educación vial; declaración de vehículos abandonados; autorizaciones en
materia de armas; sistemas de seguridad, vigilancia y control de los edificios públicos y de la vía pública; expedientes sancionadores en materia de protección de
la seguridad ciudadana y de drogodependencias y otras materias adictivas; y, en
general, todos aquellos que deriven de la legislación de cuerpos y fuerzas de seguridad, y de circulación, tráfico de vehículos y seguridad vial.
b) Deportes, que comprende, en particular, las instalaciones e infraestructuras, los
servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos al deporte base y actividades saludables; eventos deportivos; relaciones con los clubes y asociaciones deportivas; y, en general, todos aquellos que se refieran a la detección de las necesidades deportivas de la población municipal y su satisfacción en el marco de la
legislación en materia deportiva.
c) Aserpinto, que comprende la condición de Concejalía Delegada de adscripción de
la sociedad mercantil municipal Auxiliar de Servicios de Pinto, S.A.U., así como
las relaciones entre el Ayuntamiento de Pinto y la empresa municipal.
Sexto.—Delegar en D.a María Jesús Castro García de Paredes, como concejala-delegada de Familia, las funciones señaladas en el pronunciamiento primero en las materias siguientes:
a) Familia, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos a los centros municipales de atención social; banco municipal de
alimentos; ayudas económicas de emergencia social y de habitabilidad, ayuda a domicilio, teleasistencia, viviendas de emergencia social y listado municipal de demandantes de vivienda social, incluida la resolución de los expedientes en todas estas materias; y, en general, todos aquellos que se refieran a la detección de las
necesidades sociales de la población municipal, con atención especializada a la población migrante y a las personas con discapacidad, y su satisfacción, en el ámbito
de competencia municipal y en el marco de la legislación de servicios sociales.
b) Mujer, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos a la promoción de la igualdad efectiva de oportunidades entre
mujeres y hombres, tales como el Plan de Igualdad de Oportunidades Municipal,
así como la prevención e intervención en materia de violencia de género, incluido
el Punto Municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género y, en general, todos aquellos que deriven de la legislación de igualdad, de la prevención de
la violencia y la discriminación salarial, laboral y social.
c) Formación y Empleo, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones y
los procedimientos relativos a proyectos de formación, capacitación y empleo de
las personas trabajadoras, desempleadas y emprendedoras; promoción de la actividad empresarial en materia de empleo y formación; en el marco de las competencias en materia de políticas activas de empleo ostenta la Comunidad Autónoma de
Madrid, y de las competencias que en materia de políticas pasivas ostenta el Estado; el apoyo a proyectos emprendedores del Municipio de Pinto, en el ámbito de
competencia municipal y en el marco de la legislación que regula la materia.
Séptimo.—Delegar en D.a Isabel Villajos Marín, como concejala-delegada de mayores e Igualdad, las funciones señaladas en el pronunciamiento primero en las materias siguientes:
a) Mayores, que comprende, en particular, las instalaciones y equipamientos, los
servicios, las actuaciones, programas y los procedimientos dirigidos a promover
las condiciones precisas para que las personas mayores lleven una vida autónoma
mediante su participación en el entorno físico, cultural y de ocio de la ciudad, ofreciendo alternativas de tiempo libre a las personas mayores de cara a un envejecimiento activo y saludable; elaboración de campañas de sensibilización de la sociedad pinteña respecto a las personas mayores en la ciudad y promover su
participación en el movimiento asociativo desarrollando aspectos como la afectividad, sociabilidad o el desarrollo cognitivo; la gestión de las actividades desarrolladas en el Centro de mayores Santa Rosa de Lima mejorando la autonomía e independencia de sus usuarios y, en general, todos aquellos que se refieran a la
detección de las necesidades específicas, la satisfacción e integración plena en la
sociedad de las personas mayores en el ámbito de competencia municipal.
b) Igualdad, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones y los procedimientos, salvo los asignados a la Concejalía Delegada de Familia, relativos a los
BOCM-20240829-38
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 206
ducida; educación vial; declaración de vehículos abandonados; autorizaciones en
materia de armas; sistemas de seguridad, vigilancia y control de los edificios públicos y de la vía pública; expedientes sancionadores en materia de protección de
la seguridad ciudadana y de drogodependencias y otras materias adictivas; y, en
general, todos aquellos que deriven de la legislación de cuerpos y fuerzas de seguridad, y de circulación, tráfico de vehículos y seguridad vial.
b) Deportes, que comprende, en particular, las instalaciones e infraestructuras, los
servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos al deporte base y actividades saludables; eventos deportivos; relaciones con los clubes y asociaciones deportivas; y, en general, todos aquellos que se refieran a la detección de las necesidades deportivas de la población municipal y su satisfacción en el marco de la
legislación en materia deportiva.
c) Aserpinto, que comprende la condición de Concejalía Delegada de adscripción de
la sociedad mercantil municipal Auxiliar de Servicios de Pinto, S.A.U., así como
las relaciones entre el Ayuntamiento de Pinto y la empresa municipal.
Sexto.—Delegar en D.a María Jesús Castro García de Paredes, como concejala-delegada de Familia, las funciones señaladas en el pronunciamiento primero en las materias siguientes:
a) Familia, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos a los centros municipales de atención social; banco municipal de
alimentos; ayudas económicas de emergencia social y de habitabilidad, ayuda a domicilio, teleasistencia, viviendas de emergencia social y listado municipal de demandantes de vivienda social, incluida la resolución de los expedientes en todas estas materias; y, en general, todos aquellos que se refieran a la detección de las
necesidades sociales de la población municipal, con atención especializada a la población migrante y a las personas con discapacidad, y su satisfacción, en el ámbito
de competencia municipal y en el marco de la legislación de servicios sociales.
b) Mujer, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos a la promoción de la igualdad efectiva de oportunidades entre
mujeres y hombres, tales como el Plan de Igualdad de Oportunidades Municipal,
así como la prevención e intervención en materia de violencia de género, incluido
el Punto Municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género y, en general, todos aquellos que deriven de la legislación de igualdad, de la prevención de
la violencia y la discriminación salarial, laboral y social.
c) Formación y Empleo, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones y
los procedimientos relativos a proyectos de formación, capacitación y empleo de
las personas trabajadoras, desempleadas y emprendedoras; promoción de la actividad empresarial en materia de empleo y formación; en el marco de las competencias en materia de políticas activas de empleo ostenta la Comunidad Autónoma de
Madrid, y de las competencias que en materia de políticas pasivas ostenta el Estado; el apoyo a proyectos emprendedores del Municipio de Pinto, en el ámbito de
competencia municipal y en el marco de la legislación que regula la materia.
Séptimo.—Delegar en D.a Isabel Villajos Marín, como concejala-delegada de mayores e Igualdad, las funciones señaladas en el pronunciamiento primero en las materias siguientes:
a) Mayores, que comprende, en particular, las instalaciones y equipamientos, los
servicios, las actuaciones, programas y los procedimientos dirigidos a promover
las condiciones precisas para que las personas mayores lleven una vida autónoma
mediante su participación en el entorno físico, cultural y de ocio de la ciudad, ofreciendo alternativas de tiempo libre a las personas mayores de cara a un envejecimiento activo y saludable; elaboración de campañas de sensibilización de la sociedad pinteña respecto a las personas mayores en la ciudad y promover su
participación en el movimiento asociativo desarrollando aspectos como la afectividad, sociabilidad o el desarrollo cognitivo; la gestión de las actividades desarrolladas en el Centro de mayores Santa Rosa de Lima mejorando la autonomía e independencia de sus usuarios y, en general, todos aquellos que se refieran a la
detección de las necesidades específicas, la satisfacción e integración plena en la
sociedad de las personas mayores en el ámbito de competencia municipal.
b) Igualdad, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones y los procedimientos, salvo los asignados a la Concejalía Delegada de Familia, relativos a los
BOCM-20240829-38
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