Pinto (BOCM-20240829-38)
Organización y funcionamiento. Junta Gobierno
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 206
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE AGOSTO DE 2024
Cuarto.—Delegar en D. Francisco José Pérez García, como concejal-delegado de Ciudad y Cultura, las funciones señaladas en el pronunciamiento primero en las materias siguientes:
a) Urbanismo y Movilidad, que comprende las actuaciones y los procedimientos relativos a planeamiento y gestión urbanísticos, incluida la devolución de garantías
constituidas para responder por eventuales daños en obras de urbanización públicas por la ejecución de obras derivadas de la aprobación de proyectos de urbanización; convenios urbanísticos y, en general, todos aquellos que deriven de la legislación de ordenación del territorio y urbanística y no se encuentren específicamente
reservados o delegados a otros órganos municipales.
Comprende asimismo los relativos a desarrollo de la movilidad en el término municipal, su implantación y gestión; acceso y movilidad de personas con diversidad
funcional; Plan de Movilidad; transportes públicos; y, en general, todos aquellos
que deriven de la legislación en materia de movilidad y transportes.
b) Medio Ambiente, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones, los
programas y los procedimientos relativos a sostenibilidad, calidad y protección
medioambiental, en ámbitos tales como el de vertidos, residuos, suelos contaminados, energías renovables o eficiencia energética, en coordinación con las áreas
implicadas; la inspección ambiental y la adopción de medidas para la protección
de la legalidad medioambiental; patrimonio natural, en ámbitos tales como caminos y cauces públicos, vías pecuarias o parcelas municipales en suelo rústico; los
servicios públicos municipales de recogida y gestión de residuos, limpieza viaria
y limpieza y mantenimiento del arbolado y de las zonas verdes; la revisión técnica y protección del arbolado, incluidas las autorizaciones de tala, quema, poda y
trasplante; sensibilización medioambiental, incluyendo campañas de comunicación y de concienciación ciudadana; eventos y actividades educativas en materias
de su competencia; licencias de ocupación de vía pública relacionada con expedientes de su competencia; y, en general, todos aquellos que deriven de la legislación de medio ambiente y no se encuentren específicamente delegados a otros órganos municipales.
c) Bienestar Animal, que comprende los servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos a la recogida de animales abandonados; control de colonias felinas,
animales urbanos, salvajes y potencialmente peligrosos, así como programas y actividades que fomenten la protección y bienestar de los animales de compañía y tenencia responsable de los mismos, desarrollo de áreas caninas, y en general, aquellas que se encuentren en la legislación que regula esta materia, y en particular, en
el ámbito de la Ley de Protección de Animales de la Comunidad de Madrid, y las
competencias municipales.
d) Cultura, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos a los espacios culturales municipales, tales como Centro Municipal de Cultura y el Teatro Francisco Rabal, y, en general, todos aquellos que se
refieran a la detección de las necesidades culturales de la población municipal y
su satisfacción, en el ámbito de competencia municipal y en el marco de la legislación en materia de cultura.
Quinto.—Delegar en D. Fernando Asís González Jaén, como concejal-delegado de Seguridad, Deportes y Aserpinto, las funciones señaladas en el pronunciamiento primero en
las materias siguientes:
a) Seguridad, que comprende, en particular, las instalaciones y equipamientos, los
servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos al Cuerpo de Policía Local en sus competencias de seguridad ciudadana y tráfico, sin perjuicio de la jefatura superior de todo el personal municipal, como competencia indelegable del alcalde; Protección civil y Servicios de Primera Intervención Municipal de
Emergencia y Rescate, de conformidad con las estipulaciones del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Pinto, para establecer un protocolo de actuación de la Agrupación Municipal de Protección Civil
en el ámbito de la extinción de incendios y salvamento de personas, o del contenido de los futuros convenios o acuerdos celebrados entre el Ayuntamiento y organismos o instituciones autonómicos y estatales; gestión del servicio prestado vía
concesión administrativa del Centro de Transporte y del servicio de grúa; la regulación del uso de las vías públicas, circulación, señalización y estacionamiento en
el término municipal; tarjetas de estacionamiento para personas con movilidad re-
Pág. 97
BOCM-20240829-38
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE AGOSTO DE 2024
Cuarto.—Delegar en D. Francisco José Pérez García, como concejal-delegado de Ciudad y Cultura, las funciones señaladas en el pronunciamiento primero en las materias siguientes:
a) Urbanismo y Movilidad, que comprende las actuaciones y los procedimientos relativos a planeamiento y gestión urbanísticos, incluida la devolución de garantías
constituidas para responder por eventuales daños en obras de urbanización públicas por la ejecución de obras derivadas de la aprobación de proyectos de urbanización; convenios urbanísticos y, en general, todos aquellos que deriven de la legislación de ordenación del territorio y urbanística y no se encuentren específicamente
reservados o delegados a otros órganos municipales.
Comprende asimismo los relativos a desarrollo de la movilidad en el término municipal, su implantación y gestión; acceso y movilidad de personas con diversidad
funcional; Plan de Movilidad; transportes públicos; y, en general, todos aquellos
que deriven de la legislación en materia de movilidad y transportes.
b) Medio Ambiente, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones, los
programas y los procedimientos relativos a sostenibilidad, calidad y protección
medioambiental, en ámbitos tales como el de vertidos, residuos, suelos contaminados, energías renovables o eficiencia energética, en coordinación con las áreas
implicadas; la inspección ambiental y la adopción de medidas para la protección
de la legalidad medioambiental; patrimonio natural, en ámbitos tales como caminos y cauces públicos, vías pecuarias o parcelas municipales en suelo rústico; los
servicios públicos municipales de recogida y gestión de residuos, limpieza viaria
y limpieza y mantenimiento del arbolado y de las zonas verdes; la revisión técnica y protección del arbolado, incluidas las autorizaciones de tala, quema, poda y
trasplante; sensibilización medioambiental, incluyendo campañas de comunicación y de concienciación ciudadana; eventos y actividades educativas en materias
de su competencia; licencias de ocupación de vía pública relacionada con expedientes de su competencia; y, en general, todos aquellos que deriven de la legislación de medio ambiente y no se encuentren específicamente delegados a otros órganos municipales.
c) Bienestar Animal, que comprende los servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos a la recogida de animales abandonados; control de colonias felinas,
animales urbanos, salvajes y potencialmente peligrosos, así como programas y actividades que fomenten la protección y bienestar de los animales de compañía y tenencia responsable de los mismos, desarrollo de áreas caninas, y en general, aquellas que se encuentren en la legislación que regula esta materia, y en particular, en
el ámbito de la Ley de Protección de Animales de la Comunidad de Madrid, y las
competencias municipales.
d) Cultura, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos a los espacios culturales municipales, tales como Centro Municipal de Cultura y el Teatro Francisco Rabal, y, en general, todos aquellos que se
refieran a la detección de las necesidades culturales de la población municipal y
su satisfacción, en el ámbito de competencia municipal y en el marco de la legislación en materia de cultura.
Quinto.—Delegar en D. Fernando Asís González Jaén, como concejal-delegado de Seguridad, Deportes y Aserpinto, las funciones señaladas en el pronunciamiento primero en
las materias siguientes:
a) Seguridad, que comprende, en particular, las instalaciones y equipamientos, los
servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos al Cuerpo de Policía Local en sus competencias de seguridad ciudadana y tráfico, sin perjuicio de la jefatura superior de todo el personal municipal, como competencia indelegable del alcalde; Protección civil y Servicios de Primera Intervención Municipal de
Emergencia y Rescate, de conformidad con las estipulaciones del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Pinto, para establecer un protocolo de actuación de la Agrupación Municipal de Protección Civil
en el ámbito de la extinción de incendios y salvamento de personas, o del contenido de los futuros convenios o acuerdos celebrados entre el Ayuntamiento y organismos o instituciones autonómicos y estatales; gestión del servicio prestado vía
concesión administrativa del Centro de Transporte y del servicio de grúa; la regulación del uso de las vías públicas, circulación, señalización y estacionamiento en
el término municipal; tarjetas de estacionamiento para personas con movilidad re-
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