C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240828-8)
Convenio colectivo –  Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Iveco España, S. L. (código número 28011901012002)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 205

B.

MIÉRCOLES 28 DE AGOSTO DE 2024

Pág. 33

Escala de actividad:

Con la introducción del nuevo sistema ERGO UAS y con la finalidad de unificar la escala de
actividad con las demás fábricas del Grupo IVECO, todos aquellos análisis que se efectúen con
este sistema utilizarán la escala MTM. Los tiempos que resulten de este análisis se tomarán como
actividad media MTM 100, no pudiéndose superar en, ningún caso, picos de actividad a 120 MTM.
C.

Clasificación de tiempos:

C.1.- Tiempos Estimados:
 Definición de Tiempos Estimados: se consideran Tiempos Estimados aquellos que se
establecen en los casos de introducción o modificación de productos, métodos y
procesos, sin haberse efectuado su medición.
 Aplicación de Tiempos Estimados: Las estimaciones o tiempos provisionales se darán al
inicio del trabajo, acompañándose su correspondiente hoja de instrucciones.
 Duración de Tiempos Estimados: La duración de estos tiempos será de un año máximo
sin perjuicio de que en ciertos supuestos tengan una duración inferior, en cuyo caso se
señalará por Ingeniería, previamente a su fijación, la duración de los mismos. Una vez
transcurrido este período de tiempo, los tiempos pasarán a tiempos definitivos, salvo
decisión en contra de la Comisión Paritaria.
C.2.- Tiempos Definitivos: se considerarán Tiempos Definitivos aquellos que se establezcan una
vez que hayan sido analizados incluyendo las herramientas y materiales necesarios.
D.

Sistemas de análisis de tiempos:

D.1.- Datos Normalizados (DATN) y UAS: son procedimientos que analizan cualquier operación
basándose en los movimientos necesarios para ejecutarla, asignando a cada movimiento un
tiempo tipo predeterminado, que se define por la índole del movimiento y las condiciones en que se
efectúa. DATN y UAS están basados en el sistema MTM1, creando secuencias de movimientos
básicos.
D.2.- ERGO-UAS: las principales ventajas de ERGO-UAS son:
x

Vínculo directo con la ergonomía.

x

Representa un estándar internacional, ya que es el sistema MTM más difundido en el mundo
con resultados similares a los obtenidos mediante el sistema DATN.

x

Se trata de un sistema desarrollado para planificar el método desde la primera fase de su
evolución.

x

Es sencillo de aprender y utilizar.

x

Desarrollado por el sector automovilístico.

El sistema ERGO-UAS consiste en la valoración ergonómica de la sobrecarga biomecánica
relacionada con todo el cuerpo, evaluando la carga estática, la carga dinámica, las aplicaciones de
fuerza, las vibraciones y el movimiento manual de las cargas, y por consiguiente, las condiciones
de trabajo relacionadas tanto con las operaciones y ciclos de trabajo, como con las posturas de los
operarios.

x

Características de la postura.

x

Acciones de fuerza.

x

Movimiento de las cargas.

x

Acciones de alta frecuencia y baja carga del miembro superior.

x

Factores complementarios.

BOCM-20240828-8

En concreto, con la aprobación de las normativas CEN y de las correspondientes normas ISO,
relacionadas con el control de la carga biomecánica, se hace necesario revisar los factores de
descanso. De hecho, mientras que dichos factores en los otros sistemas utilizados se asignan a
cada uno de los elementos de la operación, y por consiguiente a su tiempo correspondiente, en el
nuevo sistema, llamado ERGO-UAS, éstos se calculan en función del conjunto de operaciones
asignadas en el marco del turno de trabajo y su tiempo respectivo, de forma que sea posible medir
la exposición del trabajador tanto en la carga biomecánica estática, como en la carga dinámica
relacionada con los siguientes factores de riesgo: