C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240826-14)
Convocatoria premios – Orden 3430/2024, de 5 de agosto, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan para el año 2024 los Premios “Fermina Orduña”, de la Comunidad de Madrid, a la innovación tecnológica
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 203
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 45
Quinto
Requisitos de las candidaturas
Los requisitos de las candidaturas se adecuarán a los siguientes aspectos:
a) Podrán presentarse a este certamen candidaturas de personas físicas, españolas o
extranjeras, impulsoras de la innovación tecnológica cuya carrera profesional
haya estado de alguna forma vinculada a la Comunidad de Madrid y que hayan
trabajado de forma meritoria y significativa en la implantación de tecnologías y
resultados de la investigación científico-técnica en el tejido productivo y empresarial, potenciado de esta manera el progreso socioeconómico y la presencia de la
cultura de la innovación tecnológica en el tejido productivo español.
b) Las personas candidatas podrán ser propuestas por otras personas físicas o por entidades o personas jurídicas, pero, en ningún caso, relacionadas directamente con
dicha candidatura a través de vínculos familiares o de dependencia laboral, comercial o de participación mercantil entre proponente y persona candidata. Las candidaturas deberán acompañarse de declaración responsable firmada por la persona
proponente de la inexistencia de dichos vínculos. Dicha declaración se entenderá
realizada con la suscripción, en su caso, de la declaración del apartado 10 del
anexo I; o de la declaración del apartado 3 de los anexos II y III de esta orden.
Sexto
1. Las personas físicas candidatas serán presentadas por un mínimo de tres personas,
físicas o jurídicas, las cuales, en ningún caso, estarán relacionadas directamente con dicha
candidatura.
Cada proponente no podrá presentar más de una candidatura.
Las candidaturas para cada modalidad de los premios se presentarán cumplimentando
el modelo de impreso normalizado de solicitud que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, en la dirección electrónica: sede.comunidad.madrid.
Dicho modelo normalizado se deberá presentar correctamente cumplimentado y firmado
por la persona proponente que actúe como interlocutor.
Asimismo, se deberá presentar el anexo I, cumplimentado y debidamente firmado por
cada persona física proponente, y el anexo II, cumplimentado y debidamente firmado por
cada persona jurídica proponente.
2. Las candidaturas se acompañarán de los siguientes documentos, diferenciados:
a) Identificación de la persona física candidata, con indicación de sus datos profesionales, y las áreas tecnológicas empresariales concretas objeto de su especialidad y
la ramas o ramas de actividad sectorial en las que se ha aplicado las distintas innovaciones tecnológicas por las que se propone a dicha persona como candidata.
Se acompañará al efecto de un Curriculum vitae del candidato, con indicación de
sus datos completos personales y profesionales.
b) Una memoria que expondrá de manera explícita los méritos extraordinarios por
los cuales el trabajo de la persona física propuesta como candidata le hace acreedora al premio, así como un resumen de su trayectoria empresarial-innovadora basada en la tecnología.
c) Se podrá adjuntar cualquier otra información adicional que, a juicio de los proponentes, pueda contribuir a la mejor evaluación de la candidatura, así como cartas
de apoyo y recomendación de personalidades de prestigio que expliquen su apoyo a la candidatura.
d) Copia del DNI/NIE/NIF de los firmantes de la candidatura, proponentes y, en su
caso, representante legal.
La documentación requerida puede anexarse a la solicitud, en el momento de su presentación y envío. También podrán aportarse documentos durante la tramitación del expediente, a través de la opción “Aportación de Documentos”, disponible en la dirección
sede.comunidad.madrid.
Los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. La administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el
interesado se opusiera a ello, en cuyo caso deberá aportar copia de los documentos corres-
BOCM-20240826-14
Formalización y contenido de candidaturas
B.O.C.M. Núm. 203
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 45
Quinto
Requisitos de las candidaturas
Los requisitos de las candidaturas se adecuarán a los siguientes aspectos:
a) Podrán presentarse a este certamen candidaturas de personas físicas, españolas o
extranjeras, impulsoras de la innovación tecnológica cuya carrera profesional
haya estado de alguna forma vinculada a la Comunidad de Madrid y que hayan
trabajado de forma meritoria y significativa en la implantación de tecnologías y
resultados de la investigación científico-técnica en el tejido productivo y empresarial, potenciado de esta manera el progreso socioeconómico y la presencia de la
cultura de la innovación tecnológica en el tejido productivo español.
b) Las personas candidatas podrán ser propuestas por otras personas físicas o por entidades o personas jurídicas, pero, en ningún caso, relacionadas directamente con
dicha candidatura a través de vínculos familiares o de dependencia laboral, comercial o de participación mercantil entre proponente y persona candidata. Las candidaturas deberán acompañarse de declaración responsable firmada por la persona
proponente de la inexistencia de dichos vínculos. Dicha declaración se entenderá
realizada con la suscripción, en su caso, de la declaración del apartado 10 del
anexo I; o de la declaración del apartado 3 de los anexos II y III de esta orden.
Sexto
1. Las personas físicas candidatas serán presentadas por un mínimo de tres personas,
físicas o jurídicas, las cuales, en ningún caso, estarán relacionadas directamente con dicha
candidatura.
Cada proponente no podrá presentar más de una candidatura.
Las candidaturas para cada modalidad de los premios se presentarán cumplimentando
el modelo de impreso normalizado de solicitud que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, en la dirección electrónica: sede.comunidad.madrid.
Dicho modelo normalizado se deberá presentar correctamente cumplimentado y firmado
por la persona proponente que actúe como interlocutor.
Asimismo, se deberá presentar el anexo I, cumplimentado y debidamente firmado por
cada persona física proponente, y el anexo II, cumplimentado y debidamente firmado por
cada persona jurídica proponente.
2. Las candidaturas se acompañarán de los siguientes documentos, diferenciados:
a) Identificación de la persona física candidata, con indicación de sus datos profesionales, y las áreas tecnológicas empresariales concretas objeto de su especialidad y
la ramas o ramas de actividad sectorial en las que se ha aplicado las distintas innovaciones tecnológicas por las que se propone a dicha persona como candidata.
Se acompañará al efecto de un Curriculum vitae del candidato, con indicación de
sus datos completos personales y profesionales.
b) Una memoria que expondrá de manera explícita los méritos extraordinarios por
los cuales el trabajo de la persona física propuesta como candidata le hace acreedora al premio, así como un resumen de su trayectoria empresarial-innovadora basada en la tecnología.
c) Se podrá adjuntar cualquier otra información adicional que, a juicio de los proponentes, pueda contribuir a la mejor evaluación de la candidatura, así como cartas
de apoyo y recomendación de personalidades de prestigio que expliquen su apoyo a la candidatura.
d) Copia del DNI/NIE/NIF de los firmantes de la candidatura, proponentes y, en su
caso, representante legal.
La documentación requerida puede anexarse a la solicitud, en el momento de su presentación y envío. También podrán aportarse documentos durante la tramitación del expediente, a través de la opción “Aportación de Documentos”, disponible en la dirección
sede.comunidad.madrid.
Los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. La administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el
interesado se opusiera a ello, en cuyo caso deberá aportar copia de los documentos corres-
BOCM-20240826-14
Formalización y contenido de candidaturas