C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240826-14)
Convocatoria premios – Orden 3430/2024, de 5 de agosto, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan para el año 2024 los Premios “Fermina Orduña”, de la Comunidad de Madrid, a la innovación tecnológica
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 44
LUNES 26 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 203
DISPONGO
Primero
Objeto de la convocatoria
La presente orden tiene por objeto convocar para el año 2024 los Premios “Fermina
Orduña” de la Comunidad de Madrid, a la innovación tecnológica, para el reconocimiento
a la labor, éxitos y actitud innovadora de personas físicas, españolas o extranjeras, que hayan estado vinculadas a lo largo de su carrera profesional a la Comunidad de Madrid y que
hayan logrado impulsar e implantar de forma significativa la innovación tecnológica en el
tejido productivo y empresarial, o estén haciéndolo en la actualidad.
Segundo
Normativa aplicable
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y por la
Orden 3374/2018, de 13 de septiembre, de la Consejería de Educación e Investigación, por
la que se crean los premios “Fermina Orduña” de la Comunidad de Madrid a la innovación tecnológica y se establecen sus bases reguladoras, modificada mediante Orden 28/2020, de 24 de
marzo, de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación.
Dichas bases en su artículo 1 señalan que en virtud del artículo 4.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, estos premios quedan excluidos del ámbito de
aplicación de la citada Ley por ser otorgados sin la previa solicitud de los beneficiarios.
La participación en esta convocatoria supondrá la total aceptación de sus bases y la decisión adoptada por el jurado de cada modalidad.
Tercero
Procedimiento de concesión
La concesión de los Premios a la Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid
se realizará mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.
Cuarto
1. El gasto destinado a financiar esta convocatoria por un importe máximo de 84.000 euros
será tramitado con cargo al subconcepto 49909, del programa 466A, de los vigentes Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.
2. Con la presente convocatoria se concederán los Premios “Fermina Orduña”, de la
Comunidad de Madrid, a la innovación tecnológica en las siguientes modalidades:
a) A la trayectoria profesional personal continuada de personas mayores de 40 años.
b) A jóvenes innovadores o innovadoras menores de 40 años.
3. En ambas modalidades, las bases tecnológicas de las innovaciones cuyo mérito se desee reconocer pertenecerán a cualquiera de las siguientes áreas tecnológico-empresariales:
a) Área Nanotecnología, Materiales Avanzados, Tecnologías Industriales y del Espacio.
b) Área Salud, Biotecnología, Agua y Agroalimentación.
c) Área Energía, Medio Ambiente y Transporte (incluida Aeronáutica).
d) Área Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
4. En el caso de premiarse más de una candidatura en alguna modalidad, el importe
del premio ex aequo se repartirá en partes iguales entre ellas.
5. Los premios constarán de una dotación en metálico de 42.000 euros, para cada
modalidad.
BOCM-20240826-14
Dotación y pago de los premios
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 44
LUNES 26 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 203
DISPONGO
Primero
Objeto de la convocatoria
La presente orden tiene por objeto convocar para el año 2024 los Premios “Fermina
Orduña” de la Comunidad de Madrid, a la innovación tecnológica, para el reconocimiento
a la labor, éxitos y actitud innovadora de personas físicas, españolas o extranjeras, que hayan estado vinculadas a lo largo de su carrera profesional a la Comunidad de Madrid y que
hayan logrado impulsar e implantar de forma significativa la innovación tecnológica en el
tejido productivo y empresarial, o estén haciéndolo en la actualidad.
Segundo
Normativa aplicable
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y por la
Orden 3374/2018, de 13 de septiembre, de la Consejería de Educación e Investigación, por
la que se crean los premios “Fermina Orduña” de la Comunidad de Madrid a la innovación tecnológica y se establecen sus bases reguladoras, modificada mediante Orden 28/2020, de 24 de
marzo, de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación.
Dichas bases en su artículo 1 señalan que en virtud del artículo 4.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, estos premios quedan excluidos del ámbito de
aplicación de la citada Ley por ser otorgados sin la previa solicitud de los beneficiarios.
La participación en esta convocatoria supondrá la total aceptación de sus bases y la decisión adoptada por el jurado de cada modalidad.
Tercero
Procedimiento de concesión
La concesión de los Premios a la Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid
se realizará mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.
Cuarto
1. El gasto destinado a financiar esta convocatoria por un importe máximo de 84.000 euros
será tramitado con cargo al subconcepto 49909, del programa 466A, de los vigentes Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.
2. Con la presente convocatoria se concederán los Premios “Fermina Orduña”, de la
Comunidad de Madrid, a la innovación tecnológica en las siguientes modalidades:
a) A la trayectoria profesional personal continuada de personas mayores de 40 años.
b) A jóvenes innovadores o innovadoras menores de 40 años.
3. En ambas modalidades, las bases tecnológicas de las innovaciones cuyo mérito se desee reconocer pertenecerán a cualquiera de las siguientes áreas tecnológico-empresariales:
a) Área Nanotecnología, Materiales Avanzados, Tecnologías Industriales y del Espacio.
b) Área Salud, Biotecnología, Agua y Agroalimentación.
c) Área Energía, Medio Ambiente y Transporte (incluida Aeronáutica).
d) Área Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
4. En el caso de premiarse más de una candidatura en alguna modalidad, el importe
del premio ex aequo se repartirá en partes iguales entre ellas.
5. Los premios constarán de una dotación en metálico de 42.000 euros, para cada
modalidad.
BOCM-20240826-14
Dotación y pago de los premios