C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240824-1)
Convenio colectivo – Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa BSH Electrodomésticos España, S. A. (código número 28103891012024)
43 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 12
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 202
Simplemente a título orientativo y para mejor entendimiento de esta nueva clasificación profesional
se englobarían aquí los puestos de Dirección/Gestión, como el de Director de área, puesto de
Director Regional, o el de Responsable de áreas similares que puedan surgir. Se aplicaría a otros
puestos de contenido funcional similar que pudiesen crearse. También a título orientativo
corresponden normalmente a los Grupos de Cotización 1 y 2.
Normalmente serán exentos según el listado de puestos exentos del Anexo.
Área funcional de Mandos intermedios / Técnicos Sénior
Pertenecen a este Grupo aquellos trabajadores/as que, con o sin responsabilidad de mando, realizan
tareas técnicas complejas con objetivos particulares y globales definidos, o que tienen un alto
contenido intelectual y de interrelación humana, actuando con alto grado de autonomía, iniciativa y
responsabilidad. Son responsables directos de la gestión, integración, coordinación y supervisión de
la actuación efectuada por un conjunto de colaboradores en un mismo Centro o Área del mismo
según sea la dimensión de ésta.
A título orientativo y no limitativo pertenecen a éste Grupo los puestos de Jefe de Servicio, Jefe de
Equipo, FIT’s (formación e inspección técnica) así como los responsables de las áreas similares que
puedan surgir. Se aplicaría a otros puestos de contenido funcional similar que pudiesen crearse.
También a título orientativo corresponden normalmente a los Grupos de Cotización 1, 2 y 3.
Grupo Profesional 2. Área funcional soporte administración y técnicos de entrada
Pertenecen a este Grupo aquellos trabajadores/as que realizan funciones bajo dependencia de
mando o de profesionales de más alta cualificación, que requieren ejecución autónoma con
complejidad media, y que aun normalmente guiados por procesos establecidos, exigen
habitualmente cierta iniciativa y razonamiento por su parte, comportando bajo supervisión la
responsabilidad de las mismas. No comportan mando y requieren principalmente del uso de
herramientas técnicas de diseño, herramientas y sistemas informáticos, herramientas y medios de
comunicación, y herramientas y procesos de distribución y almacenaje.
Formación: Titulación universitaria o titulación profesional de grado medio o superior, o
conocimientos equivalentes reconocidos por la empresa y/o formación en el puesto de trabajo o
experiencia dilatada en actividades o funciones similares a lo que el puesto requiere.
Comprende dos Niveles Salariales: A y B.
A título orientativo y no limitativo, pertenecen al grupo 2:
x
x
Nivel A: puestos de técnicos de entrada.
Nivel B: puestos de supervisor telefónico, asistente de Dirección Regional o de Jefatura de
Servicio
A título orientativo corresponden normalmente a los Grupos de Cotización 4, 5, 6 y 7.
Grupo profesional 3.
Formación: BUP, ESO, Titulación Profesional o equivalente o Conocimientos equivalentes
equiparados por la empresa, completadas ambas con formación y adaptación en el puesto de trabajo
durante al menos dos años.
BOCM-20240824-1
Pertenecen a este Grupo aquellos trabajadores/as que realizan funciones bajo dependencia de
mando o de profesionales de más alta cualificación, que requieren ejecución autónoma con
complejidad media, y que aun normalmente guiados por procesos establecidos, exigen
habitualmente cierta iniciativa y razonamiento por su parte, comportando bajo supervisión la
responsabilidad de las mismas. No comportan mando y requieren principalmente del uso de
herramientas de manipulación de bienes, herramientas y sistemas informáticos, herramientas y
medios de comunicación, herramientas y procesos de distribución y almacenaje, uso de vehículos
industriales y similares.
Pág. 12
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 202
Simplemente a título orientativo y para mejor entendimiento de esta nueva clasificación profesional
se englobarían aquí los puestos de Dirección/Gestión, como el de Director de área, puesto de
Director Regional, o el de Responsable de áreas similares que puedan surgir. Se aplicaría a otros
puestos de contenido funcional similar que pudiesen crearse. También a título orientativo
corresponden normalmente a los Grupos de Cotización 1 y 2.
Normalmente serán exentos según el listado de puestos exentos del Anexo.
Área funcional de Mandos intermedios / Técnicos Sénior
Pertenecen a este Grupo aquellos trabajadores/as que, con o sin responsabilidad de mando, realizan
tareas técnicas complejas con objetivos particulares y globales definidos, o que tienen un alto
contenido intelectual y de interrelación humana, actuando con alto grado de autonomía, iniciativa y
responsabilidad. Son responsables directos de la gestión, integración, coordinación y supervisión de
la actuación efectuada por un conjunto de colaboradores en un mismo Centro o Área del mismo
según sea la dimensión de ésta.
A título orientativo y no limitativo pertenecen a éste Grupo los puestos de Jefe de Servicio, Jefe de
Equipo, FIT’s (formación e inspección técnica) así como los responsables de las áreas similares que
puedan surgir. Se aplicaría a otros puestos de contenido funcional similar que pudiesen crearse.
También a título orientativo corresponden normalmente a los Grupos de Cotización 1, 2 y 3.
Grupo Profesional 2. Área funcional soporte administración y técnicos de entrada
Pertenecen a este Grupo aquellos trabajadores/as que realizan funciones bajo dependencia de
mando o de profesionales de más alta cualificación, que requieren ejecución autónoma con
complejidad media, y que aun normalmente guiados por procesos establecidos, exigen
habitualmente cierta iniciativa y razonamiento por su parte, comportando bajo supervisión la
responsabilidad de las mismas. No comportan mando y requieren principalmente del uso de
herramientas técnicas de diseño, herramientas y sistemas informáticos, herramientas y medios de
comunicación, y herramientas y procesos de distribución y almacenaje.
Formación: Titulación universitaria o titulación profesional de grado medio o superior, o
conocimientos equivalentes reconocidos por la empresa y/o formación en el puesto de trabajo o
experiencia dilatada en actividades o funciones similares a lo que el puesto requiere.
Comprende dos Niveles Salariales: A y B.
A título orientativo y no limitativo, pertenecen al grupo 2:
x
x
Nivel A: puestos de técnicos de entrada.
Nivel B: puestos de supervisor telefónico, asistente de Dirección Regional o de Jefatura de
Servicio
A título orientativo corresponden normalmente a los Grupos de Cotización 4, 5, 6 y 7.
Grupo profesional 3.
Formación: BUP, ESO, Titulación Profesional o equivalente o Conocimientos equivalentes
equiparados por la empresa, completadas ambas con formación y adaptación en el puesto de trabajo
durante al menos dos años.
BOCM-20240824-1
Pertenecen a este Grupo aquellos trabajadores/as que realizan funciones bajo dependencia de
mando o de profesionales de más alta cualificación, que requieren ejecución autónoma con
complejidad media, y que aun normalmente guiados por procesos establecidos, exigen
habitualmente cierta iniciativa y razonamiento por su parte, comportando bajo supervisión la
responsabilidad de las mismas. No comportan mando y requieren principalmente del uso de
herramientas de manipulación de bienes, herramientas y sistemas informáticos, herramientas y
medios de comunicación, herramientas y procesos de distribución y almacenaje, uso de vehículos
industriales y similares.