B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240822-4)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 7 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Resolución de 1 de febrero de 2024
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 200

al final del Anexo IV correspondiente, el resultado de la valoración en su conjunto del profesor en prácticas, que servirá para la evaluación por parte de la Comisión de Evaluación,
teniendo en cuenta las siguientes consideraciones para su valoración:
— Un informe se considera que obtiene una valoración favorable para el candidato, si
es favorable en todas las dimensiones reflejadas en los anexos de evaluación correspondientes (Anexos I, II y III).
— Cuando existan discrepancias de valoración entre los tres informes, el Inspector
convocará una reunión con el tutor y el director del centro de la cual se levantará
acta. El contenido del acta reflejará el resultado de la evaluación, con la correspondiente modificación, en su caso, y se incorporará al expediente que el inspector trasladará a la Comisión de Evaluación junto con los distintos informes.
Para que al candidato se le pueda otorgar la calificación de “apto” por parte de la Comisión de Evaluación, de acuerdo con lo que se regula en el apartado undécimo de esta resolución, los informes deben ser favorables en el conjunto de las dimensiones que se recogen
en los documentos o, en caso de que haya tenido lugar la reunión de las tres partes debido a
discrepancias entre ellas, se haya reflejado y motivado en el acta una valoración favorable.
Octavo
Actividades de inserción y formación
8.1. Actividades de inserción.
Las actividades de inserción en el puesto de trabajo consistirán en el desarrollo de actividades tuteladas por el tutor de prácticas en relación con la programación del aula, la evaluación de los alumnos, colaboración en las evaluaciones psicopedagógicas, elaboración de
informes, así como en la información sobre el funcionamiento de los órganos de gobierno,
de participación de la comunidad educativa y de coordinación didáctica, con especial atención a la tutoría de alumnos.
8.2. Actividades de formación.
Se desarrollarán a través de la red de formación de la Dirección General de Bilingüismo
y Calidad de la Enseñanza, que será la encargada de coordinar el curso de formación dirigido
a los maestros en la fase de prácticas, que incluirá los siguientes bloques de contenidos:
— Competencias profesionales docentes. Competencia metodológica.
— Competencia en liderazgo.
— Competencia en innovación.
— Competencia digital docente.
El curso tendrá una duración 100 horas en formato semipresencial, de las que 73 horas serán en línea y 27 horas presenciales. Por la superación del curso se reconocerán 5 créditos de formación. Para funcionarios interinos que hayan trabajado al menos durante tres
años la duración del curso será de 65 horas, de las cuales 47 serán en línea y 18 presenciales. En ambos casos se reconocerán 5 créditos de formación.
La Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza remitirá, a cada Comisión de Evaluación, la relación de candidatos especificando para cada uno la superación
o no del citado curso.
Noveno
Los funcionarios en prácticas elaborarán una memoria final, que deberá ser un documento original y en la que reflejarán el trabajo realizado durante el período de prácticas, las
dificultades encontradas y los apoyos recibidos. Deberá responder al contenido, extensión
y formato que se recoge en el Anexo V.
Esta memoria será entregada a la Comisión de Evaluación asignada, que podrá requerir las subsanaciones que estime oportunas, una vez finalizado el periodo de prácticas. Será
tenida en cuenta en su valoración final.

BOCM-20240822-4

Memoria final a elaborar por el funcionario en prácticas