B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240822-5)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 7 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo de estabilización, por el sistema de concurso oposición, para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 40
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 200
A la vista de lo anterior, el director elaborará un informe ajustado al modelo que figura como Anexo II a esta resolución y se expresará en los términos “Favorable” o “No Favorable”. En el caso de que la valoración fuera desfavorable será necesario aportar un informe complementario en el que se justifique suficientemente dicha valoración.
Este informe, junto con el cumplimentado por el tutor, será remitido al correspondiente Servicio de Inspección Educativa para su entrega al Inspector de Educación al que se
hace alusión en el resuelve séptimo de esta resolución.
Séptimo
Actuación del Inspector de Educación
El Inspector de Educación realizará al menos una visita al funcionario en prácticas con
el objeto de observar la aptitud para la docencia y las habilidades de relación con los alumnos en el aula.
En la/s visita/s el Inspector de Educación podrá solicitar la presencia del tutor de prácticas.
De su actuación el inspector elaborará un informe, que se entregará a la Comisión de
Evaluación, y se ajustará al modelo que figura como Anexo III a esta Resolución y se expresará en los términos “Favorable” o “No Favorable”. En el caso de que la valoración fuera desfavorable será necesario aportar un informe complementario en el que se justifique
suficientemente dicha valoración.
A la vista de los informes emitidos por cada una de las partes intervinientes en el proceso de evaluación del profesor en prácticas: Tutor, Director del centro e Inspector de Educación, de los cuales se dará traslado a la Comisión de Evaluación, el Inspector consignará
al final del Anexo IV correspondiente, el resultado de la valoración en su conjunto del profesor en prácticas, que servirá para la evaluación por parte de la Comisión de Evaluación,
teniendo en cuenta las siguientes consideraciones para su valoración:
— Un informe se considera que obtiene una valoración favorable para el candidato, si
es favorable en todas las dimensiones reflejadas en los anexos de evaluación correspondientes (Anexos I, II y III).
— Cuando existan discrepancias de valoración entre los tres informes, el Inspector
convocará una reunión con el tutor y el director del centro de la cual se levantará
acta. El contenido del acta reflejará el resultado de la evaluación, con la correspondiente modificación, en su caso, y se incorporará al expediente que el inspector trasladará a la Comisión de Evaluación junto con los distintos informes.
Para que al candidato se le pueda otorgar la calificación de “apto” por parte de la Comisión de Evaluación, de acuerdo con lo que se regula en el apartado undécimo de esta resolución, los informes deben ser favorables en el conjunto de las dimensiones que se recogen en
los documentos o, en caso de que haya tenido lugar la reunión de las tres partes debido a discrepancias entre ellas, se haya reflejado y motivado en el acta una valoración favorable.
Octavo
8.1. Actividades de inserción:
Las actividades de inserción en el puesto de trabajo consistirán en el desarrollo de actividades tuteladas por el tutor de prácticas en relación con la programación del aula, la evaluación de los alumnos, colaboración en las evaluaciones psicopedagógicas, elaboración de
informes, así como en la información sobre el funcionamiento de los órganos de gobierno,
de participación de la comunidad educativa y de coordinación didáctica, con especial atención a la tutoría de alumnos.
8.2. Actividades de formación:
Se desarrollarán a través de la red de formación de la Dirección General de Bilingüismo
y Calidad de la Enseñanza, que será la encargada de coordinar el curso de formación dirigido
a los maestros en la fase de prácticas, que incluirá los siguientes bloques de contenidos:
— Competencias profesionales docentes. Competencia metodológica.
— Competencia en liderazgo.
— Competencia en innovación.
— Competencia digital docente.
BOCM-20240822-5
Actividades de inserción y formación
Pág. 40
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 200
A la vista de lo anterior, el director elaborará un informe ajustado al modelo que figura como Anexo II a esta resolución y se expresará en los términos “Favorable” o “No Favorable”. En el caso de que la valoración fuera desfavorable será necesario aportar un informe complementario en el que se justifique suficientemente dicha valoración.
Este informe, junto con el cumplimentado por el tutor, será remitido al correspondiente Servicio de Inspección Educativa para su entrega al Inspector de Educación al que se
hace alusión en el resuelve séptimo de esta resolución.
Séptimo
Actuación del Inspector de Educación
El Inspector de Educación realizará al menos una visita al funcionario en prácticas con
el objeto de observar la aptitud para la docencia y las habilidades de relación con los alumnos en el aula.
En la/s visita/s el Inspector de Educación podrá solicitar la presencia del tutor de prácticas.
De su actuación el inspector elaborará un informe, que se entregará a la Comisión de
Evaluación, y se ajustará al modelo que figura como Anexo III a esta Resolución y se expresará en los términos “Favorable” o “No Favorable”. En el caso de que la valoración fuera desfavorable será necesario aportar un informe complementario en el que se justifique
suficientemente dicha valoración.
A la vista de los informes emitidos por cada una de las partes intervinientes en el proceso de evaluación del profesor en prácticas: Tutor, Director del centro e Inspector de Educación, de los cuales se dará traslado a la Comisión de Evaluación, el Inspector consignará
al final del Anexo IV correspondiente, el resultado de la valoración en su conjunto del profesor en prácticas, que servirá para la evaluación por parte de la Comisión de Evaluación,
teniendo en cuenta las siguientes consideraciones para su valoración:
— Un informe se considera que obtiene una valoración favorable para el candidato, si
es favorable en todas las dimensiones reflejadas en los anexos de evaluación correspondientes (Anexos I, II y III).
— Cuando existan discrepancias de valoración entre los tres informes, el Inspector
convocará una reunión con el tutor y el director del centro de la cual se levantará
acta. El contenido del acta reflejará el resultado de la evaluación, con la correspondiente modificación, en su caso, y se incorporará al expediente que el inspector trasladará a la Comisión de Evaluación junto con los distintos informes.
Para que al candidato se le pueda otorgar la calificación de “apto” por parte de la Comisión de Evaluación, de acuerdo con lo que se regula en el apartado undécimo de esta resolución, los informes deben ser favorables en el conjunto de las dimensiones que se recogen en
los documentos o, en caso de que haya tenido lugar la reunión de las tres partes debido a discrepancias entre ellas, se haya reflejado y motivado en el acta una valoración favorable.
Octavo
8.1. Actividades de inserción:
Las actividades de inserción en el puesto de trabajo consistirán en el desarrollo de actividades tuteladas por el tutor de prácticas en relación con la programación del aula, la evaluación de los alumnos, colaboración en las evaluaciones psicopedagógicas, elaboración de
informes, así como en la información sobre el funcionamiento de los órganos de gobierno,
de participación de la comunidad educativa y de coordinación didáctica, con especial atención a la tutoría de alumnos.
8.2. Actividades de formación:
Se desarrollarán a través de la red de formación de la Dirección General de Bilingüismo
y Calidad de la Enseñanza, que será la encargada de coordinar el curso de formación dirigido
a los maestros en la fase de prácticas, que incluirá los siguientes bloques de contenidos:
— Competencias profesionales docentes. Competencia metodológica.
— Competencia en liderazgo.
— Competencia en innovación.
— Competencia digital docente.
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Actividades de inserción y formación