B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240822-7)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 14 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en el concurso-oposición para acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, convocado por Resolución de 23 de noviembre de 2023
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B.O.C.M. Núm. 200

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE AGOSTO DE 2024

fase de prácticas, el titular de la Dirección General responsable de la gestión de personal
docente nombrará una Comisión de Evaluación.
3.1. Composición.
La Comisión de Evaluación estará integrada por el titular de:
— Dirección General de Recursos Humanos o persona en quien delegue.
— Subdirección General de Inspección Educativa o persona en quien delegue.
— Jefatura de Área de Supervisión de la Subdirección General de Inspección Educativa.
— Jefatura adjunta del Servicio de Inspección Educativa de la DAT Madrid-Sur.
— Jefatura adjunta del Servicio de Inspección Educativa de la DAT Madrid-Capital.
Actuará como presidente/a el titular de la Dirección General de Recursos Humanos o
la persona en que este hubiese delegado y como secretario/a, el titular de la Subdirección
General de Inspección Educativa o persona en quien delegue, salvo que la propia comisión
acuerde determinarlo de otra manera.
3.2. Abstención/Recusación.
Los miembros de la Comisión de Evaluación deberán abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, debiendo comunicar a la Dirección General de Recursos Humanos, la causa que motive su abstención,
justificándola documentalmente.
Asimismo, las personas interesadas podrán recusar ante la Comisión de Coordinación
a los miembros de la Comisión de Evaluación cuando concurra en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 24 de la mencionada Ley 40/2015, de 1 de octubre. De ser aceptadas la abstención o recusación de alguno de los miembros de la Comisión, el Presidente
de la comisión autorizará la suplencia del mismo, teniendo en cuenta que deberá recaer en
el suplente correspondiente.
La Comisión de Coordinación determinará si acepta o rechaza la abstención/recusación de los miembros. En caso de no pronunciarse se entenderá no admitida la misma.
3.3. Constitución.
La Comisión de Evaluación deberá constituirse, durante el mes de septiembre de 2024.
La constitución podrá realizarse tanto de forma presencial como telemática y se ajustará a
lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público. De tal acto de constitución se levantará el acta correspondiente y se remitirá en el plazo de tres días hábiles desde su constitución a la Comisión de Coordinación.
La Comisión de Evaluación se considerá constituida, con carácter permanente, hasta
la evaluación de todos los funcionarios en prácticas a que se refiere la presente Resolución.
3.4. Funciones.
Las funciones de la Comisión de Evaluación serán las siguientes:
a) La coordinación de los inspectores tutores, para lo cual los reunirá al menos trimestralmente.
b) La valoración final de la fase de prácticas, basada en el análisis de los siguientes
aspectos:
— Una memoria elaborada por cada funcionario en prácticas cuyo contenido se
ajustará a los criterios establecidos por la Comisión de Evaluación y que en
todo caso incluirá las actuaciones realizadas, la autoevaluación de estas y los
informes y/o estudios que, en su caso, le hubieran sido encomendados. A tal
efecto, la mencionada comisión diseñará un modelo de memoria que deberá
ser utilizado por todos los aspirantes.
— Un informe elaborado por el inspector tutor en el que se valoren las actuaciones propias de la actividad inspectora realizadas por el inspector en prácticas.
Asimismo, comprobará que el funcionario en prácticas posee conocimientos
y destrezas, a nivel básico, en el uso de medios informáticos. Al efecto de unificar los informes y su contenido, la Comisión de Evaluación diseñará un modelo que deberá ser utilizado por todos los inspectores tutores.

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