C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240821-7)
Plan anual inspección educativa – Resolución de 26 de julio de 2024, de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, por la que se aprueba el Plan Anual de Actuación de la Inspección Educativa para el curso 2024-2025
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B.O.C.M. Núm. 199
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE AGOSTO DE 2024
Algunas actuaciones habituales serán objeto de un tratamiento homogéneo en los cinco servicios territoriales mediante la utilización de los correspondientes protocolos o, en su
caso, de guías para la supervisión, proporcionados a tal efecto por la Subdirección General
de Inspección Educativa.
4.2. Actuaciones habituales de mayor relevancia.
El artículo 22 de la Orden 732/2021, de 24 de marzo, establece que las actuaciones habituales de mayor relevancia son aquellas cuya incidencia en los centros docentes exige una
especial consideración dentro de los planes generales de actuación.
Las actuaciones habituales de mayor relevancia se desarrollarán de manera homogénea en los cinco servicios territoriales, de acuerdo con las instrucciones que dicte en su momento la Subdirección General de Inspección Educativa y aplicando los protocolos que en
su caso se establezcan.
El Plan General Plurianual de Actuación señaló las cuatro actuaciones habituales de
mayor relevancia que debían desarrollarse durante su periodo de vigencia:
— Supervisión de la convivencia en los centros docentes.
— Supervisión de la atención a la diversidad.
— Supervisión de la organización, las enseñanzas y los resultados de los centros.
— Evaluación de la función directiva.
Como novedad en la aplicación de este Plan Anual, al finalizar cada una de las actuaciones habituales de mayor relevancia, el inspector de educación elaborará un informe con
los aspectos más destacables detectados, tanto aquellos valorados como positivos y que, por
tanto, deben ser objeto de consolidación, como aquellos otros que deban ser objeto de un
plan de mejora. El informe deberá ser presentado por el director del centro a su claustro de
profesores y al consejo escolar. De ambas presentaciones, se emitirán las certificaciones correspondientes que se remitirán al inspector del centro.
Los inspectores de educación enviarán firmadas las guías que hayan aplicado en estas
actuaciones a la Subdirección General de Inspección Educativa, a través de las respectivas
jefaturas de servicio.
Cada una de estas actuaciones será presentada por la Subdirección General de Inspección Educativa a los directores de los centros en que se vayan a aplicar. En la presentación,
se explicarán los objetivos de la actuación, la metodología y los indicadores de la supervisión, que estarán accesibles en la página web de la Subdirección General.
Se enumeran a continuación los objetivos de estas actuaciones, la correspondencia con
los objetivos del Plan General Plurianual de Actuación, el carácter de la aplicación, su temporalización y los indicadores (tanto cuantitativos como cualitativos) que permitirán evaluar la propia actuación.
Tendrán la consideración de actuaciones habituales de mayor relevancia para el curso 2024-2025 las siguientes:
4.2.1. Supervisión de la convivencia en los centros docentes (HMR1):
Correspondencia con Objetivos del Plan General Plurianual de Actuación:
— Aumentar la eficiencia en la organización y en el funcionamiento de centros, programas y servicios educativos.
— Mejorar los resultados estratégicos de los centros.
Objetivos de la actuación:
— Supervisar el plan de convivencia de los centros.
— Supervisar la aplicación de los procedimientos de intervención ante las acciones
contrarias a la convivencia escolar.
— Supervisar la aplicación de los protocolos contra el acoso escolar.
— Supervisar los datos de convivencia.
— Supervisar los datos de absentismo.
— Elaborar un informe con propuestas de mejora para los centros y con recomendaciones para la Administración educativa.
Centros de aplicación:
Esta actuación se desarrollará en los centros sostenidos con fondos públicos que impartan Educación Infantil y Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o
Formación Profesional.
Pág. 93
BOCM-20240821-7
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE AGOSTO DE 2024
Algunas actuaciones habituales serán objeto de un tratamiento homogéneo en los cinco servicios territoriales mediante la utilización de los correspondientes protocolos o, en su
caso, de guías para la supervisión, proporcionados a tal efecto por la Subdirección General
de Inspección Educativa.
4.2. Actuaciones habituales de mayor relevancia.
El artículo 22 de la Orden 732/2021, de 24 de marzo, establece que las actuaciones habituales de mayor relevancia son aquellas cuya incidencia en los centros docentes exige una
especial consideración dentro de los planes generales de actuación.
Las actuaciones habituales de mayor relevancia se desarrollarán de manera homogénea en los cinco servicios territoriales, de acuerdo con las instrucciones que dicte en su momento la Subdirección General de Inspección Educativa y aplicando los protocolos que en
su caso se establezcan.
El Plan General Plurianual de Actuación señaló las cuatro actuaciones habituales de
mayor relevancia que debían desarrollarse durante su periodo de vigencia:
— Supervisión de la convivencia en los centros docentes.
— Supervisión de la atención a la diversidad.
— Supervisión de la organización, las enseñanzas y los resultados de los centros.
— Evaluación de la función directiva.
Como novedad en la aplicación de este Plan Anual, al finalizar cada una de las actuaciones habituales de mayor relevancia, el inspector de educación elaborará un informe con
los aspectos más destacables detectados, tanto aquellos valorados como positivos y que, por
tanto, deben ser objeto de consolidación, como aquellos otros que deban ser objeto de un
plan de mejora. El informe deberá ser presentado por el director del centro a su claustro de
profesores y al consejo escolar. De ambas presentaciones, se emitirán las certificaciones correspondientes que se remitirán al inspector del centro.
Los inspectores de educación enviarán firmadas las guías que hayan aplicado en estas
actuaciones a la Subdirección General de Inspección Educativa, a través de las respectivas
jefaturas de servicio.
Cada una de estas actuaciones será presentada por la Subdirección General de Inspección Educativa a los directores de los centros en que se vayan a aplicar. En la presentación,
se explicarán los objetivos de la actuación, la metodología y los indicadores de la supervisión, que estarán accesibles en la página web de la Subdirección General.
Se enumeran a continuación los objetivos de estas actuaciones, la correspondencia con
los objetivos del Plan General Plurianual de Actuación, el carácter de la aplicación, su temporalización y los indicadores (tanto cuantitativos como cualitativos) que permitirán evaluar la propia actuación.
Tendrán la consideración de actuaciones habituales de mayor relevancia para el curso 2024-2025 las siguientes:
4.2.1. Supervisión de la convivencia en los centros docentes (HMR1):
Correspondencia con Objetivos del Plan General Plurianual de Actuación:
— Aumentar la eficiencia en la organización y en el funcionamiento de centros, programas y servicios educativos.
— Mejorar los resultados estratégicos de los centros.
Objetivos de la actuación:
— Supervisar el plan de convivencia de los centros.
— Supervisar la aplicación de los procedimientos de intervención ante las acciones
contrarias a la convivencia escolar.
— Supervisar la aplicación de los protocolos contra el acoso escolar.
— Supervisar los datos de convivencia.
— Supervisar los datos de absentismo.
— Elaborar un informe con propuestas de mejora para los centros y con recomendaciones para la Administración educativa.
Centros de aplicación:
Esta actuación se desarrollará en los centros sostenidos con fondos públicos que impartan Educación Infantil y Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o
Formación Profesional.
Pág. 93
BOCM-20240821-7
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