Collado Villalba (BOCM-20240820-33)
Organización y funcionamiento. Ordenanza limpieza y vallado solares
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 198

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE AGOSTO DE 2024

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zador de la obra. La forma, color, diseño, símbolos, significado y dimensiones de las
señales de obra son las que figuran en el Catálogo oficial de señales de la circulación.
Art. 15. Materiales y residuos de construcción.—1. No podrán depositarse materiales de construcción fuera del recinto vallado. Si excepcionalmente se descarga material
fuera del recinto vallado, inmediatamente se procederá a introducirlo dentro de la obra dejando la vía pública libre de cascotes, arena y residuos de cualquier tipo.
2. No podrán depositarse residuos de la construcción y demolición fuera del recinto
vallado, siempre que no se sitúen sobre contenedor adecuado, fuera de la acera y legalmente autorizado. El llenado de los contenedores se efectuará mediante conductos adecuados o
cualquier otro medio que no genere suspensión de partículas, no permitiéndose en ningún
caso que estos sean arrojados directamente desde las plantas altas.
3. Una vez los contenedores contengan residuos y mientras no se proceda a su retirada, se dará periódicamente a toda la capa exterior un ligero riego a fin de evitar el levantamiento de polvo.
4. Cuando en el interior de las obras se instalen silos de aglomerantes, cemento,
yeso, etc., su descarga se efectuará de acuerdo con las normativas vigentes para evitar la salida de polvo.
5. La carga y descarga de los camiones se efectuará en las condiciones establecidas
en la Ordenanza Municipal reguladora de la Protección de espacios públicos en relación
con su limpieza y retirada de residuos y normativa de protección acústica.
6. No podrán instalarse grúas en la vía pública y para su instalación en el interior de
la obra se cumplirá lo especificado en la normativa sectorial aplicable y necesitarán licencia urbanística.
7. Se podrá ocupar temporalmente la vía pública por maquinaria necesaria para las
obras previa obtención de la autorización pertinente.
8. Todo ello sin perjuicio de lo que al respecto contemple la Ordenanza Municipal
reguladora de la Protección de espacios públicos en relación con su limpieza y retirada de
residuos y la Ordenanza Municipal reguladora de zonas verdes, áreas naturales y arbolado
viario, el Plan General de Ordenación Urbana de Collado Villalba, así como normativa sectorial de aplicación.
9. No podrán limpiarse contenedores o camiones de hormigón u otros materiales de
forma que los restos alcancen el alcantarillado, la vía pública o cauces naturales.
Capítulo V

Art. 16. Necesidad de titulo habilitante para vallar.—1. Conforme a la legislación
urbanística, los actos de cerramiento de obras y solares están sujetos a la presentación de
Declaración Responsable y al pago de las exacciones fiscales a que hubiera lugar.
2. Los propietarios están obligados a a presentar el preceptivo título habilitante para
las actuaciones necesarias encaminadas a mantener los solares y obras en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.
3. La presentación de la Declaración Responsable deberán ir acompañada de los datos y documentos que según la magnitud de las obras u operaciones sean necesarios para
concretar y discernir la actuación urbanística, y en todo caso, de los siguientes documentos:
a) Planos de situación referidos al PGOU y plano catastral.
b) Autorización que se requiera emitida por órgano no municipal según normativa
sectorial.
c) Memoria descriptiva y constructiva, planos de detalle y secciones constructivas,
ficha técnica en caso de utilizar sistemas prefabricados y presupuesto.
d) Justificación del cumplimiento de la Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la
que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y
no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados, o normativa que lo sustituya.
e) Fotografías del emplazamiento tomadas desde la vía pública.
f) Liquidación de la tasa correspondiente de acuerdo con la ordenanza en vigor.
g) Seguro de Responsabilidad civil en vigor al respecto del cerramiento
4. El título habilitante para el cerramiento de obras se entenderá implícita con la obtención de la licencia de obra nueva o rehabilitación.

BOCM-20240820-33

Título habilitante para cerramiento de obras y solares