D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240820-13)
Convenio –  Convenio de 1 de agosto de 2024, entre la Comunidad de Madrid y el Instituto Nacional de Estadística (INE), para la cesión de información procedente de la Base Padronal del INE, en el ámbito de los trabajos previstos en la Orden TER/1235/2023, de 15 de noviembre, del Ministerio de Política Territorial, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2023 de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de los sistemas de gestión del padrón municipal de las Entidades Locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 198

Segundo
Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 17.3 de la LRBRL corresponde al Instituto Nacional de Estadística (INE) la coordinación de los Padrones de todos los municipios,
para lo cual “Los Ayuntamientos remitirán al Instituto Nacional de Estadística los datos de
sus respectivos Padrones, en la forma que reglamentariamente se determine por la Administración General del Estado, a fin de que pueda llevarse a cabo la coordinación entre los
Padrones de todos los municipios”.
Por su parte, “El Instituto Nacional de Estadística, en aras a subsanar posibles errores y
evitar duplicidades, realizará las comprobaciones oportunas, y comunicará a los Ayuntamientos las actuaciones y operaciones necesarias para que los datos padronales puedan servir de
base para la elaboración de estadísticas de población a nivel nacional, para que las cifras resultantes de las revisiones anuales puedan ser declaradas oficiales, y para que los Ayuntamientos puedan remitir, debidamente actualizados, los datos del censo electoral”.
Tercero
Que en los artículos 65 y 66 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial,
aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, en su redacción dada por el Real
Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, que lo modificó, se estableció la forma y periodicidad con la que debía intercambiarse la información entre el INE y los Ayuntamientos: a
partir de entonces por medios informáticos o telemáticos y con periodicidad mensual.

Que al amparo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021, se han llevado a cabo
una serie de actuaciones destinadas a la transformación digital y modernización de los sistemas de gestión del padrón municipal de las Entidades Locales.
Así, con fecha 17 de julio de 2023, se suscribió un convenio entre el Ministerio de Política Territorial (MPT) y el Instituto Nacional de Estadística para el impulso de la modernización de los sistemas de gestión del padrón de las entidades locales cuyo objeto es determinar
las condiciones para la colaboración entre el MPT y el INE, para el desarrollo de la actuación
de apoyo al MPT en la convocatoria de las subvenciones destinadas al impulso de la modernización y digitalización de los sistemas de gestión del padrón de las entidades locales, dentro del Proyecto de “Apoyo a la Transformación Digital de las Administraciones Locales”,
que llevará a cabo el MPT en el marco del PRTR, así como asesoramiento técnico en las posibles reformas normativas necesarias para la modernización del sistema de intercambio de
datos del padrón entre administraciones públicas (publicado en “Boletín Oficial del Estado”
de 31 de julio de 2023 https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-17613 ).
Asimismo, en virtud de estas actuaciones, se han modificado tanto la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, como el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1690/1986,
de 11 de julio, con el fin de establecer un nuevo sistema de gestión de información territorial que permita disponer de una base de datos de viviendas a nivel nacional, así como el
establecimiento de un nuevo sistema de intercambio de información en tiempo real.
La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, ha sido modificada por el artículo 128.2 del Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que
se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y
mecenazgo, dando una nueva redacción al artículo 16.2.c), en virtud de la cual se incorpora la referencia catastral en el territorio fiscal común, o el código equivalente en los territorios forales (siempre que el domicilio cuente con alguno de ellos), como parte de los datos
obligatorios del padrón de cara a la identificación y formación de la base de datos de viviendas: 2. La inscripción en el padrón municipal contendrá como obligatorios solo los siguientes datos:... c) Domicilio habitual, con especificación de la referencia catastral, en el territorio
fiscal común o el código equivalente en los territorios forales, siempre que el domicilio cuente con referencia catastral o código equivalente.
El Real Decreto 141/2024, de 6 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de
Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, ha dado una nueva redacción a los artículos 65 y 66 estableciendo un intercambio de datos en tiempo real: artículo 65 “Los Ayuntamientos remitirán
al Instituto Nacional de Estadística, por medio de un sistema de intercambio de datos en

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Cuarto