B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240820-3)
Concurso de méritos – Orden de 6 de agosto de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en el Tribunal Administrativo de Contratación Pública por el procedimiento de Concurso de Méritos objetivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 198
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 23
Administrativas y Racionalización del Sector Público, en la redacción dada por la Ley 5/2016,
de 22 de julio, por la que se modifica la Regulación del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 10 de agosto), y la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Racionalización del Sector Público (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de diciembre); por lo dispuesto en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de
la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 24 de abril); en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de julio); en la
Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las
bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos de trabajo
por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); en la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre), y en la Resolución
de 27 de octubre de 2011, de la Directora General de Presupuestos y Recursos Humanos,
por la que se dictan instrucciones para la emisión de los Certificados de Registro de Personal en los procedimientos de provisión, por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre
Designación, de puestos de trabajo de la Comunidad de Madrid reservados a personal funcionario de carrera no docente (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15
de noviembre de 2011), así como por el resto de normativa que resulte de aplicación, en
todo aquello que no se oponga a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público, en la
redacción dada por la Ley 5/2016, de 22 de julio, y la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de
Medidas Fiscales, Administrativas y de Racionalización del Sector Público, por la que se
modifica la Regulación del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Requisitos y condiciones de participación
1. El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por funcionarios de carrera al servicio de cualquier Administración Pública, que deberán reunir los requisitos indispensables de acuerdo con las circunstancias y condiciones que para el mismo figure en la
relación de puestos de trabajo en cuanto a Grupo de Titulación, Cuerpo, Escala, Especialidad
y titulación específica exigida, en su caso, y que se recoge en el listado del puesto. Asimismo, deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público, en la
redacción dada por la Ley 5/2016, de 22 de julio, y la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de
Medidas Fiscales, Administrativas y de Racionalización del Sector Público por las que se
modifica la regulación del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
2. El Presidente deberá ser funcionario perteneciente a Cuerpos y Escalas del subgrupo A.1 para cuyo acceso sea requisito necesario el título de licenciado o grado en Derecho.
Deberá acreditar que ha desempeñado su actividad profesional por tiempo superior a quince
años como funcionario de carrera en cualquiera de las Administraciones Públicas y en el ámbito del Derecho administrativo relacionado directamente con la contratación pública.
3. Los requisitos y condiciones de participación han de poseerse a la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerse hasta la resolución del proceso.
Solicitudes
1. Las solicitudes se formularán telemáticamente, cumplimentando el modelo normalizado de “Solicitud de provisión de puestos de trabajo”, al que podrá accederse desde la
página web: https://tramita.comunidad.madrid , adjuntando la documentación correspondiente que hubiera de aportarse.
BOCM-20240820-3
Cuarto
B.O.C.M. Núm. 198
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 23
Administrativas y Racionalización del Sector Público, en la redacción dada por la Ley 5/2016,
de 22 de julio, por la que se modifica la Regulación del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 10 de agosto), y la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Racionalización del Sector Público (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de diciembre); por lo dispuesto en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de
la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 24 de abril); en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de julio); en la
Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las
bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos de trabajo
por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); en la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre), y en la Resolución
de 27 de octubre de 2011, de la Directora General de Presupuestos y Recursos Humanos,
por la que se dictan instrucciones para la emisión de los Certificados de Registro de Personal en los procedimientos de provisión, por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre
Designación, de puestos de trabajo de la Comunidad de Madrid reservados a personal funcionario de carrera no docente (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15
de noviembre de 2011), así como por el resto de normativa que resulte de aplicación, en
todo aquello que no se oponga a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público, en la
redacción dada por la Ley 5/2016, de 22 de julio, y la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de
Medidas Fiscales, Administrativas y de Racionalización del Sector Público, por la que se
modifica la Regulación del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Requisitos y condiciones de participación
1. El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por funcionarios de carrera al servicio de cualquier Administración Pública, que deberán reunir los requisitos indispensables de acuerdo con las circunstancias y condiciones que para el mismo figure en la
relación de puestos de trabajo en cuanto a Grupo de Titulación, Cuerpo, Escala, Especialidad
y titulación específica exigida, en su caso, y que se recoge en el listado del puesto. Asimismo, deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público, en la
redacción dada por la Ley 5/2016, de 22 de julio, y la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de
Medidas Fiscales, Administrativas y de Racionalización del Sector Público por las que se
modifica la regulación del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
2. El Presidente deberá ser funcionario perteneciente a Cuerpos y Escalas del subgrupo A.1 para cuyo acceso sea requisito necesario el título de licenciado o grado en Derecho.
Deberá acreditar que ha desempeñado su actividad profesional por tiempo superior a quince
años como funcionario de carrera en cualquiera de las Administraciones Públicas y en el ámbito del Derecho administrativo relacionado directamente con la contratación pública.
3. Los requisitos y condiciones de participación han de poseerse a la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerse hasta la resolución del proceso.
Solicitudes
1. Las solicitudes se formularán telemáticamente, cumplimentando el modelo normalizado de “Solicitud de provisión de puestos de trabajo”, al que podrá accederse desde la
página web: https://tramita.comunidad.madrid , adjuntando la documentación correspondiente que hubiera de aportarse.
BOCM-20240820-3
Cuarto