Morata de Tajuña (BOCM-20240819-49)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 197
LUNES 19 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 329
Todos los requisitos exigidos en los apartados anteriores deberán poseerse el día de la
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso
selectivo y hasta el momento, en su caso, de la toma de posesión.
III. Forma y plazo de presentación de instancias
Las solicitudes (Anexo I), requiriendo tomar parte en el correspondiente proceso de
provisión temporal del puesto vacante, en las que los/as aspirantes harán constar que reúnen
las condiciones exigidas en las presentes bases para el puesto que se opte, se dirigirán al Sr.
alcalde-presidente de este Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio
de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Los/las aspirantes acompañarán junto a su solicitud:
a) “Curriculum vitae”, en el que consten títulos académicos, años deservicio, puestos
de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, así
como otros méritos que estimen oportunos.
b) Demás documentos justificativos del curriculum vitae, de los requisitos exigidos,
así como de los méritos alegados.
c) Certificación expedida por el/a Sr/a. secretario/a del Ayuntamiento de procedencia acreditativa de que el/a aspirante en cuestión es funcionario/a del Ayuntamiento, así como de que se encuentra en servicio activo.
d) Documento acreditativo de la conformidad expresa del órgano competente del
Ayuntamiento al que pertenece en relación a la posible adscripción a este Ayuntamiento en comisión de servicios del/la funcionario/a solicitante.
Solo serán tenidos en cuenta los méritos acreditados documentalmente conforme a la
siguiente descripción:
— Méritos referidos a experiencia: mediante certificaciones expedidas por la Administración de origen, donde conste claramente la situación de servicio activo, la
categoría profesional y la duración de la presentación de servicios.
— Méritos referidos a la formación: mediante fotocopia de los títulos, diplomas, o certificación de superación de cursos o estudios emitida por la entidad correspondiente.
Todo ello, sin perjuicio de la posterior obligación de presentar los documentos originales en el momento de la toma de posesión.
IV. Admisión de aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, por el Alcalde se procederá a la aprobación de la lista provisional de personas admitidas y su publicación en la sede electrónica
municipal ( http://ayuntamientodemorata.sedelectronica.es ), pudiendo las personas excluidas, en el plazo de 5 días hábiles subsanar las deficiencias que sean subsanables. Transcurrido dicho plazo se dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva, que se publicará en la sede electrónica municipal junto con el lugar, fecha y hora en que la comisión
técnica realizará la entrevista personal.
La Comisión de Valoración será colegiada y su composición deberá ajustarse a los
principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a
la paridad entre mujer y hombre, conforme al artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
No puede formar parte el personal de elección o de designación política, los/las funcionarios/as interinos/as y el personal eventual. Asimismo, la pertenencia a los órganos de
selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o
por cuenta de nadie.
La composición concreta de la Comisión de Valoración, con la correspondiente designación de cada uno de sus miembros, se llevará a efecto mediante la resolución que aprueba la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, que se hará pública en la sede electrónica municipal.
La Comisión de Valoración, estará integrada por un/a Presidente/a, un/a Secretario/a
y tres vocales, titulares y suplentes, que actuarán con voz y voto.
BOCM-20240819-49
V. Comisión de Valoración
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 197
LUNES 19 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 329
Todos los requisitos exigidos en los apartados anteriores deberán poseerse el día de la
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso
selectivo y hasta el momento, en su caso, de la toma de posesión.
III. Forma y plazo de presentación de instancias
Las solicitudes (Anexo I), requiriendo tomar parte en el correspondiente proceso de
provisión temporal del puesto vacante, en las que los/as aspirantes harán constar que reúnen
las condiciones exigidas en las presentes bases para el puesto que se opte, se dirigirán al Sr.
alcalde-presidente de este Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio
de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Los/las aspirantes acompañarán junto a su solicitud:
a) “Curriculum vitae”, en el que consten títulos académicos, años deservicio, puestos
de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, así
como otros méritos que estimen oportunos.
b) Demás documentos justificativos del curriculum vitae, de los requisitos exigidos,
así como de los méritos alegados.
c) Certificación expedida por el/a Sr/a. secretario/a del Ayuntamiento de procedencia acreditativa de que el/a aspirante en cuestión es funcionario/a del Ayuntamiento, así como de que se encuentra en servicio activo.
d) Documento acreditativo de la conformidad expresa del órgano competente del
Ayuntamiento al que pertenece en relación a la posible adscripción a este Ayuntamiento en comisión de servicios del/la funcionario/a solicitante.
Solo serán tenidos en cuenta los méritos acreditados documentalmente conforme a la
siguiente descripción:
— Méritos referidos a experiencia: mediante certificaciones expedidas por la Administración de origen, donde conste claramente la situación de servicio activo, la
categoría profesional y la duración de la presentación de servicios.
— Méritos referidos a la formación: mediante fotocopia de los títulos, diplomas, o certificación de superación de cursos o estudios emitida por la entidad correspondiente.
Todo ello, sin perjuicio de la posterior obligación de presentar los documentos originales en el momento de la toma de posesión.
IV. Admisión de aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, por el Alcalde se procederá a la aprobación de la lista provisional de personas admitidas y su publicación en la sede electrónica
municipal ( http://ayuntamientodemorata.sedelectronica.es ), pudiendo las personas excluidas, en el plazo de 5 días hábiles subsanar las deficiencias que sean subsanables. Transcurrido dicho plazo se dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva, que se publicará en la sede electrónica municipal junto con el lugar, fecha y hora en que la comisión
técnica realizará la entrevista personal.
La Comisión de Valoración será colegiada y su composición deberá ajustarse a los
principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a
la paridad entre mujer y hombre, conforme al artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
No puede formar parte el personal de elección o de designación política, los/las funcionarios/as interinos/as y el personal eventual. Asimismo, la pertenencia a los órganos de
selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o
por cuenta de nadie.
La composición concreta de la Comisión de Valoración, con la correspondiente designación de cada uno de sus miembros, se llevará a efecto mediante la resolución que aprueba la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, que se hará pública en la sede electrónica municipal.
La Comisión de Valoración, estará integrada por un/a Presidente/a, un/a Secretario/a
y tres vocales, titulares y suplentes, que actuarán con voz y voto.
BOCM-20240819-49
V. Comisión de Valoración