Morata de Tajuña (BOCM-20240819-49)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 19 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 197

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MORATA DE TAJUÑA
OFERTAS DE EMPLEO

Por resolución de Alcaldía número 2024/0956, de 30 de julio de 2024, de este Ayuntamiento, se aprobó las bases de la convocatoria de comisión de servicios de 3 plazas agentes policía local.
BASES PARA LA PROVISIÓN TEMPORAL EN COMISIÓN
DE SERVICIOS DE TRES PLAZAS DE AGENTES DE POLICÍA LOCAL
PARA EL AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA
I. Objeto de la convocatoria
Es objeto de la presente convocatoria es la provisión temporal de inmediata necesidad
mediante nombramiento en comisión de servicios de carácter voluntario de los siguientes
puestos vacantes:
— Denominación del puesto: Agente de policía local.
— Escala: Administración Especial.
— Subescala: Servicios Especiales.
— Clase/Especialidad: Policía local.
— Grupo/Subgrupo: C1.
— Nivel: 18.
— Número de vacantes: 3.
El período durante el cual se cubrirá la vacante en comisión de servicios será el de un
año, prorrogable por otro más si continúa la vacante, o bien hasta que se provean las plazas
de manera definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 64.3 del Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, de aplicación supletoria a los funcionarios de la Administración Local, de acuerdo con lo establecido en el artículo 168 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia
de Régimen Local.

Para participar en la presente convocatoria será necesario cumplir con los requisitos siguientes, todos ellos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
— Estar en situación de servicio activo, ostentando la condición de Agente de la Policía Local de cualquier Ayuntamiento de la Comunidad de Madrid.
— Contar con la conformidad expresa del órgano competente del Ayuntamiento al
que pertenece en relación a la posible adscripción a este Ayuntamiento en comisión de servicios del/la funcionario/a solicitante.
— Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal,
en virtud de resolución firme. No se tendrá en cuenta las canceladas.
— Presentar los documentos justificativos de los méritos que aleguen.
— No encontrarse afectado en procedimiento administrativo o judicial que sea o pueda ser incompatible con el ejercicio de sus funciones.
— Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
— No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones propias del servicio operativo.
— Restar más de dos años para el cumplimiento de la edad establecida para el pase a
segunda actividad.

BOCM-20240819-49

II. Requisitos de los aspirantes