Morata de Tajuña (BOCM-20240819-49)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
LUNES 19 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 197
La actuación de la Comisión de Valoración habrá de ajustarse estrictamente a las Bases de
la Convocatoria, no obstante, lo cual, la Comisión resolverá las dudas que surjan de la aplicación de sus normas, así como lo que proceda en los supuestos no previstos en éstas.
La Comisión propondrá únicamente al/la candidata/a que haya obtenido mayor puntuación.
La abstención y recusación de los miembros de la Comisión de Valoración será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
VI. Selección de los/as aspirantes idóneos/as mediante valoración de méritos
y entrevista personal
VI.I. Méritos computables:
a) Experiencia profesional/antigüedad: máximo, 10 puntos.
Por experiencia como Agente de Policía Local a razón de 0,10 puntos por cada
mes de trabajo realizado.
b) Formación: máximo, 5 puntos.
Por cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las funciones de
los puestos ofertados.
La valoración se realizará atendiendo a la suma del número total de horas correspondientes a las acciones formativas debidamente acreditadas y multiplicando la
suma de las mismas por un coeficiente de 0,10 puntos.
Los cursos en los que no se especifique su duración en horas no se computarán.
Tampoco computarán aquellos cursos con duración inferior a 10 horas.
Los cursos susceptibles de valoración serán los impartidos o recibidos en el marco
de las Administraciones, Instituciones y Fundaciones de titularidad pública, Universidades, Colegios Profesionales u Organizaciones sindicales. No serán objeto
de valoración, los créditos de asignaturas pertenecientes a una carrera universitaria, los de Doctorado, Máster oficiales y las titulaciones oficiales de secundaria y
formación profesional.
c) Formación en idiomas: máximo, 1 punto.
Nivel B2 o superior, a razón de 0,10 por idioma.
d) Titulaciones académicas: máximo, 2 puntos.
— Título de Ingeniero Técnico, Diplomado universitario, Arquitecto Técnico:
0,50 puntos por cada titulación.
— Título de Grado o Licenciado: 1 punto por cada titulación.
— Título de Doctor: 1,50 puntos.
e) Reconocimiento a la labor policial: máximo, 3 puntos.
Se valorarán los méritos, premios y recompensas concedidas por la Alcaldía, Junta
de Gobierno Local o Pleno del Ayuntamiento correspondiente y/o por los órganos
competentes de las Administraciones autonómicas o Administración Central con
0,50 puntos por cada mérito.
f) Entrevista: máximo, 3 puntos.
Se realizará una entrevista personal a cada uno/a de los/as aspirantes admitidos/as de
acuerdo al criterio de mayor idoneidad, discrecionalmente apreciada, considerando
los currículums aportados, valorando la experiencia y formación específica, así como
en las aptitudes puestas de manifiesto en la celebración de la entrevista. En base a esos
criterios, cada uno/a de los/a aspirantes será calificado de 0 a 3 puntos.
VII. Propuesta de nombramiento
Una vez terminada la evaluación de los/las aspirantes, el resultado de provisión, se reflejará en una relación comprensiva de la totalidad de los/las aspirantes, ordenada de mayor a menor puntación.
Esta relación será expuesta al público en la sede electrónica municipal, durante el plazo de 5 días hábiles durante los cuales los/as participantes en el proceso podrán formular
reclamaciones.
Transcurrido dicho plazo y resueltas, en su caso, las reclamaciones se formulará propuesta definitiva para ocupar el/los puesto/s, remitiéndola al órgano convocante para su publicación en la sede electrónica municipal, y notificándose al/a la interesado/a, indicándole expresamente el plazo por el que será nombrado/a, que será de máximo de un año
prorrogable por otro en caso de continuar la vacante.
BOCM-20240819-49
Pág. 330
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 197
La actuación de la Comisión de Valoración habrá de ajustarse estrictamente a las Bases de
la Convocatoria, no obstante, lo cual, la Comisión resolverá las dudas que surjan de la aplicación de sus normas, así como lo que proceda en los supuestos no previstos en éstas.
La Comisión propondrá únicamente al/la candidata/a que haya obtenido mayor puntuación.
La abstención y recusación de los miembros de la Comisión de Valoración será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
VI. Selección de los/as aspirantes idóneos/as mediante valoración de méritos
y entrevista personal
VI.I. Méritos computables:
a) Experiencia profesional/antigüedad: máximo, 10 puntos.
Por experiencia como Agente de Policía Local a razón de 0,10 puntos por cada
mes de trabajo realizado.
b) Formación: máximo, 5 puntos.
Por cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las funciones de
los puestos ofertados.
La valoración se realizará atendiendo a la suma del número total de horas correspondientes a las acciones formativas debidamente acreditadas y multiplicando la
suma de las mismas por un coeficiente de 0,10 puntos.
Los cursos en los que no se especifique su duración en horas no se computarán.
Tampoco computarán aquellos cursos con duración inferior a 10 horas.
Los cursos susceptibles de valoración serán los impartidos o recibidos en el marco
de las Administraciones, Instituciones y Fundaciones de titularidad pública, Universidades, Colegios Profesionales u Organizaciones sindicales. No serán objeto
de valoración, los créditos de asignaturas pertenecientes a una carrera universitaria, los de Doctorado, Máster oficiales y las titulaciones oficiales de secundaria y
formación profesional.
c) Formación en idiomas: máximo, 1 punto.
Nivel B2 o superior, a razón de 0,10 por idioma.
d) Titulaciones académicas: máximo, 2 puntos.
— Título de Ingeniero Técnico, Diplomado universitario, Arquitecto Técnico:
0,50 puntos por cada titulación.
— Título de Grado o Licenciado: 1 punto por cada titulación.
— Título de Doctor: 1,50 puntos.
e) Reconocimiento a la labor policial: máximo, 3 puntos.
Se valorarán los méritos, premios y recompensas concedidas por la Alcaldía, Junta
de Gobierno Local o Pleno del Ayuntamiento correspondiente y/o por los órganos
competentes de las Administraciones autonómicas o Administración Central con
0,50 puntos por cada mérito.
f) Entrevista: máximo, 3 puntos.
Se realizará una entrevista personal a cada uno/a de los/as aspirantes admitidos/as de
acuerdo al criterio de mayor idoneidad, discrecionalmente apreciada, considerando
los currículums aportados, valorando la experiencia y formación específica, así como
en las aptitudes puestas de manifiesto en la celebración de la entrevista. En base a esos
criterios, cada uno/a de los/a aspirantes será calificado de 0 a 3 puntos.
VII. Propuesta de nombramiento
Una vez terminada la evaluación de los/las aspirantes, el resultado de provisión, se reflejará en una relación comprensiva de la totalidad de los/las aspirantes, ordenada de mayor a menor puntación.
Esta relación será expuesta al público en la sede electrónica municipal, durante el plazo de 5 días hábiles durante los cuales los/as participantes en el proceso podrán formular
reclamaciones.
Transcurrido dicho plazo y resueltas, en su caso, las reclamaciones se formulará propuesta definitiva para ocupar el/los puesto/s, remitiéndola al órgano convocante para su publicación en la sede electrónica municipal, y notificándose al/a la interesado/a, indicándole expresamente el plazo por el que será nombrado/a, que será de máximo de un año
prorrogable por otro en caso de continuar la vacante.
BOCM-20240819-49
Pág. 330
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID