Alcorcón (BOCM-20240819-38)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 314
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 197
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, junto
con el resto de documentación exigida.
Para las solicitudes presentadas en formato electrónico, la documentación deberá adjuntarse en formato pdf o similar. Por motivos de seguridad, no se admitirá ningún documento al que hubiera que acceder mediante un enlace a la nube.
7. Admisión de personas candidatas
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas que será
publicada en la página web municipal. Las personas excluidas y las que no figuren ni en la
relación de admitidas ni en la de excluidas dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la lista provisional para subsanar el motivo
de su exclusión o de su no inclusión expresa.
Transcurrido el plazo de subsanación, por el órgano competente se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que se publicará en la página web.
También se publicará en la página web el día y hora de la exposición de la memoriaproyecto.
8. Órgano de selección
La constitución y funcionamiento de la Comisión de Valoración se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del RI.
La composición de la Comisión de Valoración estará compuesta por un/a Presidente/a,
un/a Secretario/a y dos Vocales, todos con voz y voto, así como una persona suplente por
cada una de ellas, todos ellos/as con titulación igual o superior a la plaza a cubrir.
La designación de sus miembros se llevará a efecto mediante Resolución, pudiendo
aprovecharse para ello las resoluciones que aprueben las listas provisionales o definitivas.
En caso de ser necesario, se permite la participación, intervención y/o asesoramiento en
el Tribunal, de personal asesor especializado, en base al apartado 6.12 de las Bases Generales
que habrán de regir las pruebas selectivas para el ingreso o acceso, como funcionario/a de carrera, a las escalas de Administración General y Administración Especial de este Ayuntamiento, a la Orden 1285/1999, de la Consejería de Hacienda, y al punto 7.o de la Orden 1175/1988,
de la Consejería de Hacienda.
El sistema de selección será el de concurso específico de méritos, y se valorarán los siguientes méritos:
9.1. Méritos generales:
A) Antigüedad en la Administración Pública: Hasta un máximo de 4 puntos.
Se valorará la antigüedad en las administraciones públicas como empleado/a público/a, con independencia del Cuerpo o Escala, Grupo o Subgrupo en que se haya
reconocido, a razón de 0,25 puntos por año completo de servicios, incluyendo en
el cómputo el período mínimo de permanencia en destino indicado como requisito para concursar.
A los efectos de este apartado, será tenida en cuenta la antigüedad reconocida por
la totalidad de servicios previos no simultáneos desempeñados, en su caso, al
servicio de cualesquiera Administraciones públicas, de conformidad con lo establecido en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, y normativa de desarrollo.
B) Valoración de desempeño de Puestos de trabajo: hasta un máximo de 8 puntos.
— Por desempeño de un puesto de trabajo dentro de un Servicio de Prevención
realizando las funciones de nivel superior establecidas el artículo 37 del Reglamento de los Servicios de Prevención, ya sea en el sector público o en la
empresa privada: 0,5 puntos por año completo trabajado o fracción superior a
6 meses hasta un máximo de 8 puntos.
— Por desempeño de un puesto de trabajo dentro del subgrupo A1 ejerciendo labores de jefatura: 0,2 puntos por año completo trabajado o fracción superior
a 6 meses hasta un máximo de 4 puntos.
BOCM-20240819-38
9. Sistema de selección y calificación
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 197
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, junto
con el resto de documentación exigida.
Para las solicitudes presentadas en formato electrónico, la documentación deberá adjuntarse en formato pdf o similar. Por motivos de seguridad, no se admitirá ningún documento al que hubiera que acceder mediante un enlace a la nube.
7. Admisión de personas candidatas
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas que será
publicada en la página web municipal. Las personas excluidas y las que no figuren ni en la
relación de admitidas ni en la de excluidas dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la lista provisional para subsanar el motivo
de su exclusión o de su no inclusión expresa.
Transcurrido el plazo de subsanación, por el órgano competente se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que se publicará en la página web.
También se publicará en la página web el día y hora de la exposición de la memoriaproyecto.
8. Órgano de selección
La constitución y funcionamiento de la Comisión de Valoración se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del RI.
La composición de la Comisión de Valoración estará compuesta por un/a Presidente/a,
un/a Secretario/a y dos Vocales, todos con voz y voto, así como una persona suplente por
cada una de ellas, todos ellos/as con titulación igual o superior a la plaza a cubrir.
La designación de sus miembros se llevará a efecto mediante Resolución, pudiendo
aprovecharse para ello las resoluciones que aprueben las listas provisionales o definitivas.
En caso de ser necesario, se permite la participación, intervención y/o asesoramiento en
el Tribunal, de personal asesor especializado, en base al apartado 6.12 de las Bases Generales
que habrán de regir las pruebas selectivas para el ingreso o acceso, como funcionario/a de carrera, a las escalas de Administración General y Administración Especial de este Ayuntamiento, a la Orden 1285/1999, de la Consejería de Hacienda, y al punto 7.o de la Orden 1175/1988,
de la Consejería de Hacienda.
El sistema de selección será el de concurso específico de méritos, y se valorarán los siguientes méritos:
9.1. Méritos generales:
A) Antigüedad en la Administración Pública: Hasta un máximo de 4 puntos.
Se valorará la antigüedad en las administraciones públicas como empleado/a público/a, con independencia del Cuerpo o Escala, Grupo o Subgrupo en que se haya
reconocido, a razón de 0,25 puntos por año completo de servicios, incluyendo en
el cómputo el período mínimo de permanencia en destino indicado como requisito para concursar.
A los efectos de este apartado, será tenida en cuenta la antigüedad reconocida por
la totalidad de servicios previos no simultáneos desempeñados, en su caso, al
servicio de cualesquiera Administraciones públicas, de conformidad con lo establecido en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, y normativa de desarrollo.
B) Valoración de desempeño de Puestos de trabajo: hasta un máximo de 8 puntos.
— Por desempeño de un puesto de trabajo dentro de un Servicio de Prevención
realizando las funciones de nivel superior establecidas el artículo 37 del Reglamento de los Servicios de Prevención, ya sea en el sector público o en la
empresa privada: 0,5 puntos por año completo trabajado o fracción superior a
6 meses hasta un máximo de 8 puntos.
— Por desempeño de un puesto de trabajo dentro del subgrupo A1 ejerciendo labores de jefatura: 0,2 puntos por año completo trabajado o fracción superior
a 6 meses hasta un máximo de 4 puntos.
BOCM-20240819-38
9. Sistema de selección y calificación