Alcorcón (BOCM-20240819-38)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 197
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE AGOSTO DE 2024
C) Grado personal: hasta un máximo de 2 puntos.
La posesión del grado personal se valorará de la siguiente forma:
— 2 puntos por la posesión de un grado personal superior al del nivel del puesto
de trabajo convocado.
— 1 punto por la posesión de un grado personal igual al del nivel del puesto de
trabajo convocado.
D) Formación y perfeccionamiento: hasta un máximo de 6 puntos.
Por la superación de cursos de formación y perfeccionamiento se otorgará un
máximo de 6 puntos: se otorgarán 0,006 puntos por hora formativa acreditada y
relacionada con el puesto de trabajo convocado siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
— Únicamente se valorarán aquellos cursos superados para los cuales se presente un certificado de acreditación o diploma con el nombre de la persona, fecha de expedición y duración del mismo.
— Los cursos deberán tendrán una duración mínima acreditada al menos igual o
superior a 20 horas.
— En aquellos casos en que el título y la denominación de la actividad formativa
que figura en la documentación acreditativa no permita identificar nítidamente el área o contenido formativo a que se refiere, la persona deberá aportar el
programa formativo.
— Los cursos susceptibles de valoración serán los cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos por el Ayuntamiento de Alcorcón y otras Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas o que cuenten con convenios de
formación con las Administraciones Públicas. También los impartidos por
Universidades o en colaboración con éstas, por colegios profesionales, siempre que tengan relación con el puesto de trabajo a desempeñar, así como los
impartidos por Servicios de Prevención Ajenos.
— Los cursos relacionados con temas de Igualdad se puntuarán hasta un máximo
de 0,25 puntos.
Las materias formativas a puntuar en este apartado serán aquellas relacionadas directamente con la prevención de riesgos laborales, con labores de jefatura, gestión y organización de trabajo y personas y todas aquellas de interés en el ámbito de la administración que
puedan ser de utilidad en el desempeño del puesto de trabajo (procedimiento administrativo, contratación, etc.).
La valoración deberá efectuarse mediante puntuación obtenida como resultado de contrastar la documentación acreditativa de los mismos con los baremos contenidos en las presentes bases. La puntuación de los méritos generales será la suma de los apartados A, B, C y D.
Serán excluidos de la convocatoria los aspirantes que no obtengan un mínimo de 3 puntos en los méritos generales.
9.2. Méritos específicos:
Los/las aspirantes deberán exponer ante la Comisión de Valoración un proyecto, actividad, evento, tarea, solución de un problema técnico, etc. en la que hayan intervenido en su vida
profesional en el ámbito de gestión de la prevención de riesgos laborales o bien un proyecto
para la mejora de la integración de los servicios técnicos y sanitarios del Servicio de Prevención Propio municipal. Para ello deberán contar con medios propios de presentación, que deberán ser compatibles con el entorno tecnológico municipal, para lo que deberán contactar con
el Servicio de Recursos Humanos en el correo electrónico convocatorias@ayto-alcorcon.es
para cualquier consulta o aclaración.
La exposición deberá realizarse en un tiempo máximo de 20 minutos.
La Comisión de Valoración podrá preguntar y debatir con el/la aspirante sobre la presentación realizada y cualquier aspecto profesional relacionado.
La Comisión de Valoración valorará la dificultad técnica o complejidad de la memoria presentada, los conocimientos de la realidad de la profesión y la respuesta fluida a las
preguntas de la Comisión de Valoración y acorde a las normativas y buenas prácticas profesionales, hasta un máximo de 10 puntos.
Serán excluidos de la convocatoria los/las aspirantes que no obtengan un mínimo de 5
puntos en los méritos específicos.
Pág. 315
BOCM-20240819-38
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE AGOSTO DE 2024
C) Grado personal: hasta un máximo de 2 puntos.
La posesión del grado personal se valorará de la siguiente forma:
— 2 puntos por la posesión de un grado personal superior al del nivel del puesto
de trabajo convocado.
— 1 punto por la posesión de un grado personal igual al del nivel del puesto de
trabajo convocado.
D) Formación y perfeccionamiento: hasta un máximo de 6 puntos.
Por la superación de cursos de formación y perfeccionamiento se otorgará un
máximo de 6 puntos: se otorgarán 0,006 puntos por hora formativa acreditada y
relacionada con el puesto de trabajo convocado siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
— Únicamente se valorarán aquellos cursos superados para los cuales se presente un certificado de acreditación o diploma con el nombre de la persona, fecha de expedición y duración del mismo.
— Los cursos deberán tendrán una duración mínima acreditada al menos igual o
superior a 20 horas.
— En aquellos casos en que el título y la denominación de la actividad formativa
que figura en la documentación acreditativa no permita identificar nítidamente el área o contenido formativo a que se refiere, la persona deberá aportar el
programa formativo.
— Los cursos susceptibles de valoración serán los cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos por el Ayuntamiento de Alcorcón y otras Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas o que cuenten con convenios de
formación con las Administraciones Públicas. También los impartidos por
Universidades o en colaboración con éstas, por colegios profesionales, siempre que tengan relación con el puesto de trabajo a desempeñar, así como los
impartidos por Servicios de Prevención Ajenos.
— Los cursos relacionados con temas de Igualdad se puntuarán hasta un máximo
de 0,25 puntos.
Las materias formativas a puntuar en este apartado serán aquellas relacionadas directamente con la prevención de riesgos laborales, con labores de jefatura, gestión y organización de trabajo y personas y todas aquellas de interés en el ámbito de la administración que
puedan ser de utilidad en el desempeño del puesto de trabajo (procedimiento administrativo, contratación, etc.).
La valoración deberá efectuarse mediante puntuación obtenida como resultado de contrastar la documentación acreditativa de los mismos con los baremos contenidos en las presentes bases. La puntuación de los méritos generales será la suma de los apartados A, B, C y D.
Serán excluidos de la convocatoria los aspirantes que no obtengan un mínimo de 3 puntos en los méritos generales.
9.2. Méritos específicos:
Los/las aspirantes deberán exponer ante la Comisión de Valoración un proyecto, actividad, evento, tarea, solución de un problema técnico, etc. en la que hayan intervenido en su vida
profesional en el ámbito de gestión de la prevención de riesgos laborales o bien un proyecto
para la mejora de la integración de los servicios técnicos y sanitarios del Servicio de Prevención Propio municipal. Para ello deberán contar con medios propios de presentación, que deberán ser compatibles con el entorno tecnológico municipal, para lo que deberán contactar con
el Servicio de Recursos Humanos en el correo electrónico convocatorias@ayto-alcorcon.es
para cualquier consulta o aclaración.
La exposición deberá realizarse en un tiempo máximo de 20 minutos.
La Comisión de Valoración podrá preguntar y debatir con el/la aspirante sobre la presentación realizada y cualquier aspecto profesional relacionado.
La Comisión de Valoración valorará la dificultad técnica o complejidad de la memoria presentada, los conocimientos de la realidad de la profesión y la respuesta fluida a las
preguntas de la Comisión de Valoración y acorde a las normativas y buenas prácticas profesionales, hasta un máximo de 10 puntos.
Serán excluidos de la convocatoria los/las aspirantes que no obtengan un mínimo de 5
puntos en los méritos específicos.
Pág. 315
BOCM-20240819-38
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