Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20240819-35)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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B.O.C.M. Núm. 197

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE AGOSTO DE 2024

Se ha recibido contestación de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) en el
que informa de la manera de proceder para solicitar autorización. Trasladado al promotor,
este toma conocimiento y responde aportando informe favorable del Ministerio de Defensa obtenido durante la tramitación anterior. Se ha recibido contestación favorable del Ministerio de Defensa en relación con el proyecto actual. Trasladado al promotor, este muestra conformidad.
Se ha recibido contestación de ACUAES (Aguas de Cuencas de España), S.A., en la
que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización
ante dicho organismo por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias., y señala que la gestión de la explotación de la infraestructura afectada está cedida a Infraestructuras de Aguas de Castilla-La Mancha. El promotor responde
indicando que ha obtenido informe favorable de Aguas de Castilla-La Mancha, así como su
autorización, para los cruzamientos y paralelismos de la infraestructura proyectada, tras implementar las especificaciones técnicas que esta requería, por lo que considera justificados
los puntos señalados por ACUAES, aportando las comunicaciones realizadas con Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha. Asimismo, se dio traslado finalmente a
ACUAES de la información y detalle solicitado, que no emite nueva respuesta, por lo que se
entiende su conformidad en virtud del artículo 127.4 y 131.4 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación de la Delegación Provincial en Toledo de la Consejería de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha en la que se indica que
para llevar a cabo la actuación de debe solicitar compatibilidad del suelo para esa actividad
en las parcelas afectadas. Trasladado al promotor, este toma conocimiento y aporta información adicional. Se da traslado al organismo, el cual emite informe del que no se desprende oposición, indicando que las parcelas del proyecto en la zona Añover de Tajo se encuentran excluidas de las zonas regables por lo que no es necesaria la solicitud de compatibilidad
de uso. Trasladado al promotor, este muestra conformidad.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad
de la Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha en la que se indica que no
se cumplen los condicionados DIA puesto que hay paneles en zonas con pendiente superior
al 8 %, y que, aunque se han movido los apoyos 5, 7, 9 y 15, se identifican dos nuevos apoyos, 11 y 19, con posible afección a vegetación natural. El promotor responde justificando
el cumplimento DIA en el caso de los apoyos y aceptando en el caso de los trackers su reubicación dentro del vallado, de forma que no se afecte a la potencia de la instalación ni a
nuevas zonas, y respetando las pendientes inferiores al 8 %. El promotor remite una nueva
adenda al proyecto técnico administrativo Planta Solar Fotovoltaica “Envatios XXII” con
estas modificaciones, fechada en mayo de 2024. Se ha dado traslado al organismo de dicha
adenda, quien ha emitido informe de conformidad y establece consideraciones a adoptar y
cumplir por el promotor.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de
Fomento de Castilla-La Mancha en la que solicita la aportación de un estudio de análisis sobre el resplandor de la planta solar sobre las carreteras CM-4001 y CM-4004 y otro analizando la afección hidrológica producida sobre la carretera CM-4001. El promotor aporta dichos informes. Se da traslado al organismo, el cual no emite nueva respuesta, por lo que se
entiende su conformidad en virtud del artículo 127.4 y 131.4 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre.
Consultados el Servicio de Estudios Ambientales y el Área de Gestión del Dominio
Público Hidráulico de la Confederación Hidrográfica del Tajo se ha recibido informe de la
Confederación Hidrográfica del Tajo en la que se remite al primer informe efectuado, ya
que no se ha recibido documentación adicional que implique cambios significativos que
puedan originar nuevas afecciones al Dominio Público Hidráulico. El promotor responde
reiterando su respuesta a dicho informe, de aceptación de todos los condicionados impuestos. Posteriormente, la Confederación Hidrográfica del Tajo emite informe en el que se incluye un análisis de las afecciones al Dominio Público Hidráulico de la planta, el vallado y
las líneas de evacuación, señalando la necesidad de recabar la oportuna autorización de
obras a ese Organismo. Finalmente se recibió nuevo informe de la Confederación Hidrográfica del Tajo ampliando información. Ambos informes han sido puestos en conocimiento del promotor, que muestra su conformidad.
Se ha recibido informe de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha en la que
indica que el proyecto aportado por la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha no
coincide con el aportado por el promotor. El promotor responde que son los mismos proyectos de acuerdo con el proceso de tramitación en el que se encuentra y reitera su aceptación

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