B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240816-1)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 8 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocados por Resolución de 20 de abril de 2023
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 12
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 195
Las Comisiones de Evaluación se considerarán constituidas, con carácter permanente, hasta la evaluación de todos los funcionarios en prácticas a que se refiere la presente Resolución.
3.5. Funciones.
Las funciones de la Comisión de Evaluación serán las siguientes:
— Nombrar a los tutores, entre aquellos funcionarios de carrera del centro donde estén
destinados los funcionarios en prácticas, teniendo preferencia para ser nombrado
tutor de prácticas los funcionarios del cuerpo de catedráticos, que hayan superado
el curso de formación para mentores de funcionarios en prácticas convocado por la
Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza.
— Evaluar a los funcionarios en prácticas, al término del proceso y elevar a la Comisión de Coordinación la propuesta de aptos. Para poder evaluar a los funcionarios
en prácticas, las Direcciones de Área Territorial pondrán a disposición de los Presidentes de las Comisiones de Evaluación, así como de la Comisión de Coordinación, el listado de profesores en prácticas, en el que se incluirá la especialidad por
la que fueron seleccionados y el centro de destino al que han sido destinados para
realizar la fase de prácticas.
— Nombrar, a propuesta de los Jefes de servicio de Inspección Educativa, a los Inspectores de Educación responsables de la valoración de la labor profesional docente que incluirá la observación en el aula.
— Supervisar el nombramiento de los tutores de prácticas y el ejercicio de sus funciones, así como la labor del director del centro, por ser tanto el profesor tutor de
prácticas como el director, intervinientes en el proceso de la fase de prácticas.
— Colaborar con la Subdirección General de Programas de Innovación y Formación
del Profesorado en la organización de las actividades de formación que deban realizar los funcionarios en prácticas.
— Hacer el seguimiento de la asistencia y desarrollo de la actividad en el aula, así
como del aprovechamiento del curso específico.
Cuarto
Distribución de los funcionarios en prácticas
El objetivo de la fase de prácticas es garantizar que los aspirantes que han superado el
proceso de concurso oposición adquieran las capacidades didácticas necesarias para la docencia, por tal motivo, si bien es aconsejable, no será necesario que el tutor sea un docente
de la misma especialidad que el funcionario en prácticas, pudiéndose adscribir la tutoría a
docentes de la misma familia profesional o de rama de conocimientos similares o incluso
realizar agrupamientos flexibles de funcionarios en prácticas en función de dichas familias
profesionales o ramas de conocimiento, de tal modo que en todos los centros se facilite la
existencia de tutores.
Asimismo, podrán ser nombrados tutores de prácticas funcionarios de carrera que no
impartan docencia en el centro del profesor en prácticas.
Quinto
5.1. Tutores de prácticas: Requisitos, nombramiento, reducción horaria y retribución.
Para ser tutor de prácticas se requiere:
1. Ser funcionario de carrera con una antigüedad de, al menos, cinco años como funcionario de carrera en el cuerpo de funcionario/s que se vaya a tutorizar.
2. Estar prestando servicios en centros públicos docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.
3. Haber superado el curso de formación de mentores de funcionarios en prácticas
convocado por la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza.
Los funcionarios docentes que cumplan con los anteriores requisitos pasarán a formar
parte de la bolsa de aspirantes a ser nombrados tutores de la fase de prácticas para sus centros de destino. De entre los integrantes de esta bolsa, la Comisión de Evaluación nombrará,
en función del número de funcionarios en prácticas que hayan sido asignados a cada centro
educativo, el tutor o tutores necesarios, teniendo preferencia el profesorado del Cuerpo de
Catedráticos.
BOCM-20240816-1
El tutor de prácticas: Designación, desarrollo de la actuación tutorial,
informe final y reconocimiento
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 195
Las Comisiones de Evaluación se considerarán constituidas, con carácter permanente, hasta la evaluación de todos los funcionarios en prácticas a que se refiere la presente Resolución.
3.5. Funciones.
Las funciones de la Comisión de Evaluación serán las siguientes:
— Nombrar a los tutores, entre aquellos funcionarios de carrera del centro donde estén
destinados los funcionarios en prácticas, teniendo preferencia para ser nombrado
tutor de prácticas los funcionarios del cuerpo de catedráticos, que hayan superado
el curso de formación para mentores de funcionarios en prácticas convocado por la
Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza.
— Evaluar a los funcionarios en prácticas, al término del proceso y elevar a la Comisión de Coordinación la propuesta de aptos. Para poder evaluar a los funcionarios
en prácticas, las Direcciones de Área Territorial pondrán a disposición de los Presidentes de las Comisiones de Evaluación, así como de la Comisión de Coordinación, el listado de profesores en prácticas, en el que se incluirá la especialidad por
la que fueron seleccionados y el centro de destino al que han sido destinados para
realizar la fase de prácticas.
— Nombrar, a propuesta de los Jefes de servicio de Inspección Educativa, a los Inspectores de Educación responsables de la valoración de la labor profesional docente que incluirá la observación en el aula.
— Supervisar el nombramiento de los tutores de prácticas y el ejercicio de sus funciones, así como la labor del director del centro, por ser tanto el profesor tutor de
prácticas como el director, intervinientes en el proceso de la fase de prácticas.
— Colaborar con la Subdirección General de Programas de Innovación y Formación
del Profesorado en la organización de las actividades de formación que deban realizar los funcionarios en prácticas.
— Hacer el seguimiento de la asistencia y desarrollo de la actividad en el aula, así
como del aprovechamiento del curso específico.
Cuarto
Distribución de los funcionarios en prácticas
El objetivo de la fase de prácticas es garantizar que los aspirantes que han superado el
proceso de concurso oposición adquieran las capacidades didácticas necesarias para la docencia, por tal motivo, si bien es aconsejable, no será necesario que el tutor sea un docente
de la misma especialidad que el funcionario en prácticas, pudiéndose adscribir la tutoría a
docentes de la misma familia profesional o de rama de conocimientos similares o incluso
realizar agrupamientos flexibles de funcionarios en prácticas en función de dichas familias
profesionales o ramas de conocimiento, de tal modo que en todos los centros se facilite la
existencia de tutores.
Asimismo, podrán ser nombrados tutores de prácticas funcionarios de carrera que no
impartan docencia en el centro del profesor en prácticas.
Quinto
5.1. Tutores de prácticas: Requisitos, nombramiento, reducción horaria y retribución.
Para ser tutor de prácticas se requiere:
1. Ser funcionario de carrera con una antigüedad de, al menos, cinco años como funcionario de carrera en el cuerpo de funcionario/s que se vaya a tutorizar.
2. Estar prestando servicios en centros públicos docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.
3. Haber superado el curso de formación de mentores de funcionarios en prácticas
convocado por la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza.
Los funcionarios docentes que cumplan con los anteriores requisitos pasarán a formar
parte de la bolsa de aspirantes a ser nombrados tutores de la fase de prácticas para sus centros de destino. De entre los integrantes de esta bolsa, la Comisión de Evaluación nombrará,
en función del número de funcionarios en prácticas que hayan sido asignados a cada centro
educativo, el tutor o tutores necesarios, teniendo preferencia el profesorado del Cuerpo de
Catedráticos.
BOCM-20240816-1
El tutor de prácticas: Designación, desarrollo de la actuación tutorial,
informe final y reconocimiento