Madrid (BOCM-20240813-37)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan parcial
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 308

MARTES 13 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 192

más carriles, con el fin de facilitar la formación de refugios en pasos
de peatones, la plantación de arbustos que oculten las luces de
vehículos que circulen en sentido contrario y la plantación de una
fila de árboles que facilite el cierre de la bóveda vegetal formada
por las hileras laterales.
l)

Concebir las rotondas e isletas de canalización de tráfico rodado
como parterres arbolados con pies sin ramas bajas, tapizados con
vegetación rastrera que no interfieran la visibilidad de los
conductores.

m) Intercalar alcorques entre plazas de estacionamiento en calles que

no tienen anchura suficiente para acoger parterres corridos y
disponen de estacionamiento en línea paralelo a los bordillos.
ñ) Formar barreras acústicas en bordes de autovías y autopistas de
tráfico intenso y pesado, preferentemente con terraplenes de
altura suficiente para ocultar los generadores de ruido cubiertos
con plantaciones densas de árboles y arbustos caducifolios y
perennifolios
7.3)

8)

Redes de servicios
a)

Las redes de que hayan de atravesar las zonas verdes deberán
hacerlo de forma subterránea, debidamente canalizadas y
señalizadas.

b)

Cuando en la realización de las redes de servicio haya de
procederse a la apertura de zanjas en zonas ajardinadas ya
consolidadas, se deberá evitar que éstas afecten a los sistemas
radiculares de los elementos vegetales existentes, debiendo
restituir, al finalizar las obras correspondientes, la zona ajardinada
a su estado primitivo, reparando cualquier elemento que haya sido
dañado.

CONDICIONES ESPECIALES DE ACCESIBILIDAD
El Ayuntamiento podrá autorizar accesos rodados a las edificaciones a través de las
zonas verdes, si se considerasen necesarios por motivos de funcionalidad o
seguridad. Su ejecución correrá a cargo del agente edificador, previa aprobación
municipal de un proyecto técnico de obras de urbanización.
En todo caso, cuando las áreas de movimiento de la edificación residencial tengan
alguno de sus límites en coincidencia con alineación a zonas verdes, el Proyecto de
Urbanización del Sector contemplará la ejecución de una calzada de servicio, de uso
restringido, que contará con las dimensiones y forme adecuados para la
maniobrabilidad de vehículos de extinción de incendios.
ART. 5.15 RED DE SERVICIOS URBANOS (RSU)
DEFINICION DE LA ZONA.
Comprende la reserva de suelo destinada a la ubicación de una subestación para
servicio de alimentación y transporte de energía eléctrica , dentro del conjunto de
actuaciones establecidas en el Plan Especial de Infraestructuras del Sureste de
Madrid, y que, según la sistematización establecida en la vigente legislación
autonómica, se adscribe a la Red General de Servicios Urbanos , identificándose en la
documentación gráfica de este Plan parcial con las siglas (RSU) .
Corresponde con el Uso Dotacional de Servicios Infraestructurales en su clase c) Energía
Eléctrica (Art. 7.13.1 del Texto de Ordenanzas del PG).

2)

CONDICIONES DE PARCELACION
No se contempla la posibilidad de parcelaciones sobre esta superficie de reserva,
según los criterios contrastados con las compañías suministradoras. No obstante,

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