Madrid (BOCM-20240813-37)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan parcial
124 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 192
MARTES 13 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 297
proindiviso con carácter de elemento común.
CONDICIONES DE USO
3)
3.1)
Uso cualificado: INDUSTRIAL (incluye los usos que se relaciona en
el Art. 7.4.1. en los términos del Art. 7.1.3 de la Normativa del PG)
3.2)
Usos complementarios y asociados:
Los que, en los porcentajes y localización que, atendiendo a su
caracterización, se reflejan en el siguiente cuadro, siendo los
porcentajes en relación con la superficie edificada del uso al que se
asocia o se complementa:
USO
CARÁCTER
RESIDENCIAL
ASOCIADO
TERCIARIO OFICINA
TERCIARIO COMERCIAL
(pequeño y mediano
comercio)
TERCIARIO RECREATIVO
todos
T RECREATIVO
(establecimientos consumo
bebidas y comidas)
LOCALIZACIÓN EN
EDIFICIO
PORCENTAJE MÁXIMO
MAX 1 VIVIENDA DE 150 M2
POR PARCELA
ASOCIADO
Cualquier situación
50%
Sup. edificada total
COMPLEMENTARIO
Inferior a Baja, Baja y 1ª
10%
Sup. edificada total
ASOCIADO
Cualquier situación
20%
Sup. edificada total
COMPLEMENTARIO
Inferior a Baja, Baja y 1ª
10%
Sup. edificada total
ASOCIADO
Cualquier situación
10%
Sup. edificada total
COMPLEMENTARIO
Inferior a Baja, Baja y 1ª
10%
Sup. edificada total
OTROS SERVICIOS
TERCIARIOS
ASOCIADO
Cualquier situación
10%
Sup. edificada total
COMPLEMENTARIO
Inferior a Baja, Baja y 1ª
10%
Sup. edificada total
DOTACIONAL
COMPLEMENTARIO
Inferior a Baja, Baja y 1ª
50%
Sup. edificada total
ASOCIADO
Cualquier situación
50%
Sup. edificada total
GARAJE / APARCAMIENTO
COMPLEMENTARIO
La suma de la superficie edificada de uso comercial, terciario oficinas, y terciario
recreativo en las categorías y localización autorizadas, no podrán superar el 25 % de
la superficie edificada total.
Sin necesidad de Estudio de Detalle, los usos compatibles admitidos en distintas
situaciones sobre rasante podrán desarrollarse en edificios exclusivos dentro de la
misma parcela, manteniéndose las cuantías deducibles de la aplicación directa de
los porcentajes señalados.
3.4)
Usos alternativos:
-
Dotacional en edificio exclusivo.
-
Terciario: en todas sus clases salvo el terciario comercial de
gran superficie comercial, en edificio exclusivo.
-
Garaje aparcamiento.
Usos autorizables:
-
Recreativo (en las categorías no consideradas como uso
complementario) en situación de edificio exclusivo.
-
Terciario Comercial en categoría de gran superficie
comercial en edificio exclusivo. (1)
(1) Con la consideración de los coeficientes de homogeneización
establecidos en el Plan General para calcular la superficie edificable
máxima de los usos que se pretendan implantar en la parcela. La
superficie edificable máxima de la parcela es la que el Plan Parcial la
asigna y no puede por tanto ser superada, independientemente de la que
resulte por aplicación de los coeficientes de homogeneización.
4)
CONDICIONES DE EDIFICABILIDAD Y EDIFICACION
BOCM-20240813-37
3.3)
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 192
MARTES 13 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 297
proindiviso con carácter de elemento común.
CONDICIONES DE USO
3)
3.1)
Uso cualificado: INDUSTRIAL (incluye los usos que se relaciona en
el Art. 7.4.1. en los términos del Art. 7.1.3 de la Normativa del PG)
3.2)
Usos complementarios y asociados:
Los que, en los porcentajes y localización que, atendiendo a su
caracterización, se reflejan en el siguiente cuadro, siendo los
porcentajes en relación con la superficie edificada del uso al que se
asocia o se complementa:
USO
CARÁCTER
RESIDENCIAL
ASOCIADO
TERCIARIO OFICINA
TERCIARIO COMERCIAL
(pequeño y mediano
comercio)
TERCIARIO RECREATIVO
todos
T RECREATIVO
(establecimientos consumo
bebidas y comidas)
LOCALIZACIÓN EN
EDIFICIO
PORCENTAJE MÁXIMO
MAX 1 VIVIENDA DE 150 M2
POR PARCELA
ASOCIADO
Cualquier situación
50%
Sup. edificada total
COMPLEMENTARIO
Inferior a Baja, Baja y 1ª
10%
Sup. edificada total
ASOCIADO
Cualquier situación
20%
Sup. edificada total
COMPLEMENTARIO
Inferior a Baja, Baja y 1ª
10%
Sup. edificada total
ASOCIADO
Cualquier situación
10%
Sup. edificada total
COMPLEMENTARIO
Inferior a Baja, Baja y 1ª
10%
Sup. edificada total
OTROS SERVICIOS
TERCIARIOS
ASOCIADO
Cualquier situación
10%
Sup. edificada total
COMPLEMENTARIO
Inferior a Baja, Baja y 1ª
10%
Sup. edificada total
DOTACIONAL
COMPLEMENTARIO
Inferior a Baja, Baja y 1ª
50%
Sup. edificada total
ASOCIADO
Cualquier situación
50%
Sup. edificada total
GARAJE / APARCAMIENTO
COMPLEMENTARIO
La suma de la superficie edificada de uso comercial, terciario oficinas, y terciario
recreativo en las categorías y localización autorizadas, no podrán superar el 25 % de
la superficie edificada total.
Sin necesidad de Estudio de Detalle, los usos compatibles admitidos en distintas
situaciones sobre rasante podrán desarrollarse en edificios exclusivos dentro de la
misma parcela, manteniéndose las cuantías deducibles de la aplicación directa de
los porcentajes señalados.
3.4)
Usos alternativos:
-
Dotacional en edificio exclusivo.
-
Terciario: en todas sus clases salvo el terciario comercial de
gran superficie comercial, en edificio exclusivo.
-
Garaje aparcamiento.
Usos autorizables:
-
Recreativo (en las categorías no consideradas como uso
complementario) en situación de edificio exclusivo.
-
Terciario Comercial en categoría de gran superficie
comercial en edificio exclusivo. (1)
(1) Con la consideración de los coeficientes de homogeneización
establecidos en el Plan General para calcular la superficie edificable
máxima de los usos que se pretendan implantar en la parcela. La
superficie edificable máxima de la parcela es la que el Plan Parcial la
asigna y no puede por tanto ser superada, independientemente de la que
resulte por aplicación de los coeficientes de homogeneización.
4)
CONDICIONES DE EDIFICABILIDAD Y EDIFICACION
BOCM-20240813-37
3.3)