Madrid (BOCM-20240813-37)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan parcial
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 192

MARTES 13 DE AGOSTO DE 2024

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documentación gráfica de este Plan Parcial.
En aquellos aspectos no específicamente regulados en el presente artículo, será de
aplicación lo establecido para el Grado 4º en el Capítulo 8.8. (Condiciones
particulares de la edificación en vivienda unifamiliar), en el texto de Normas
urbanísticas del PG (con excepción de la edificabilidad).
2)
CONDICIONES DE PARCELACION
Parcela Mínima ........................... 200 m2.
Frente mínimo parcela ................ 5 m.
La forma de la parcela permitirá la inscripción en su interior de un círculo de 5 m. de
diámetro, y la proporción entre fondo y frente de parcela no podrá superar la relación
de 5 a 1.
Será de aplicación el régimen especial de vivienda unifamiliar regulado en el Art.
7.3.1 del Texto de Ordenanzas del PGOUM.
Para los supuestos del párrafo anterior, el espacio común tendrá la consideración de
espacio libre y podrá ser destinado a jardines y/o instalaciones deportivas (piscinas,
canchas, etc.), no pudiendo resolverse a su costa, y en superficie, la dotación de
plazas de aparcamiento. Podrá ser ocupado enteramente bajo rasante por una planta
destinada a garaje e instalaciones de servicio de las edificaciones.
3)
CONDICIONES DE USO
Uso cualificado : RESIDENCIAL VIVIENDA UNIFAMILIAR
Usos complementarios y asociados : En los porcentajes
permitidos en el PG y restringida su localización a plantas baja
e inferiores a la baja.

4.1)
4.2)

-

Terciario oficina (Despacho profesional doméstico)
Deportivo.
Garaje aparcamiento.

Usos alternativos:
Residencia comunitaria.
Terciario Oficina (en edificio exclusivo)
Dotacional (en edificio exclusivo).
CONDICIONES DE EDIFICABILIDAD Y EDIFICACIÓN
4.3)

-

4)

El techo edificable será, para cada manzana o ámbito edificable, el establecido en el
cuadro resumen general de edificabilidad y aprovechamiento del Plan Parcial.
Tipología edificatoria:

Edificación Adosada.

Los parámetros de aplicación son los siguientes:
- Ocupación máxima ......................................
75 %
- Altura Máxima (Nº plantas) .........................3 plantas. (*)
- Altura máxima coronación(metros) ... . 10,50 m.
- Retranqueos (mínimo)
- Frente de parcela ..............5 m.
- Fondo de parcela ..............5 m.
- Linderos laterales............. 0 m.(soluciones de vivienda interior en hilera).

(*) Por encima de la altura permitida (3 plantas) se prohíben expresamente los
áticos y los pabellones bajo cubierta utilizables (incluso para usos no
vivideros). La planta 3ª podrá retranquearse con respecto al plano de
fachada, adquiriendo la configuración de un ático, o transformarse en pabellón
bajo cubierta, dentro de un criterio de libertad de composición. En todo caso
la superficie de los áticos y/o pabellones bajo cubierta utilizables (incluso para

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3 m. (viviendas aisladas, pareadas, y remate de hilera)