C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240812-4)
Bases subvenciones – Orden 2689/2024, de 24 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para inversiones con objetivos ambientales en la industria agroalimentaria, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado, y se aprueba la convocatoria para 2024
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 191
tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración
actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración siempre y cuando hagan
costar el órgano administrativo en donde aquellos se encuentran, la fecha en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y el procedimiento al que corresponden. Podrán aportarse documentos durante la tramitación del expediente, a través de sede.comunidad.madrid .
9. Si la solicitud de ayuda no reúne los requisitos exigidos, no se aporta la totalidad
de la documentación exigida o existen defectos en la documentación aportada, se requerirá
al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de
la notificación, subsane los defectos advertidos o acompañe los documentos preceptivos,
con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud de ayuda, previa resolución, en los términos previstos en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015.
10. Las notificaciones se realizarán a través de medios electrónicos a través del
Servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, en el que obligatoriamente deberán darse de alta los solicitantes accediendo al mismo mediante el siguiente enlace: sede.comunidad.madrid .
Artículo 12
1. Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación que se presentará
de acuerdo con los modelos normalizados que estarán disponibles en la sede electrónica:
a) Datos generales, información económica-financiera e información comercial de
las empresas solicitantes (modelo normalizado).
b) Memoria técnica y económica detallada del proyecto de inversión (modelo normalizado), que incluya la descripción y justificación del coste del proyecto.
c) Planos que reflejen el estado de la industria antes y después de la ejecución del
proyecto, y en los que se identifique la ubicación de las inversiones.
d) Proyecto técnico redactado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial
correspondiente, cuando se requiera legalmente para la autorización administrativa de las inversiones a llevar a cabo.
e) Documentación técnica y/ o especificaciones del proyecto de inversión, elaborada
por un técnico competente, que acrediten la contribución del proyecto a los objetivos ambientales, mediante un análisis comparativo de la situación inicial antes
de la ejecución del proyecto y el resultado que se espera obtener mediante la ejecución de la inversión.
f) Relación de ofertas para el control de moderación de costes (modelo normalizado), acompañado de presupuestos, contratos o facturas proforma de las inversiones a realizar. Para cada uno de los conceptos de gastos del proyecto de inversión
se aportarán un mínimo de tres ofertas independientes de distintos proveedores,
para garantizar la moderación de costes, según se establece en el apartado 3 del
presente artículo.
g) Solicitud de visita para emisión del Acta de no inicio de las inversiones (modelo
normalizado), acompañada del justificante de pago de la tasa por inspección previa en ayudas inversiones en industrias agroalimentarias, explotaciones agrícolas
y ganaderas y centros para la recogida de animales, regulada por la Orden
2750/2012, de 23 de octubre.
h) Declaración (modelo normalizado) y documentación acreditativa del cumplimiento de los criterios de priorización de proyectos de inversión con objetivos ambientales alegados por el solicitante, que se exponen en el artículo 16 de esta Orden.
i) Declaración responsable relativa a la condición o no de PYME (modelo normalizado) de la entidad, acompañada de la siguiente documentación acreditativa:
1.o Última declaración del Impuesto de Sociedades, en su defecto, balance económico y cuentas de explotación del último año debidamente presentadas en
el Registro correspondiente y en el caso de sociedades participadas o vinculadas por otra u otras en cuantía igual o superior al 25 por 100, última declaración del Impuesto de Sociedades o, en su defecto, balance económico y
cuentas de explotación del último año de la empresa o empresas partícipes.
2.o Informe de Plantilla media del personal en situación de alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, desde el 1 de enero al 31 de diciembre del año anterior al de presentación de la solicitud de la ayuda.
BOCM-20240812-4
Documentación a aportar con la solicitud de la ayuda
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 191
tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración
actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración siempre y cuando hagan
costar el órgano administrativo en donde aquellos se encuentran, la fecha en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y el procedimiento al que corresponden. Podrán aportarse documentos durante la tramitación del expediente, a través de sede.comunidad.madrid .
9. Si la solicitud de ayuda no reúne los requisitos exigidos, no se aporta la totalidad
de la documentación exigida o existen defectos en la documentación aportada, se requerirá
al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de
la notificación, subsane los defectos advertidos o acompañe los documentos preceptivos,
con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud de ayuda, previa resolución, en los términos previstos en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015.
10. Las notificaciones se realizarán a través de medios electrónicos a través del
Servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, en el que obligatoriamente deberán darse de alta los solicitantes accediendo al mismo mediante el siguiente enlace: sede.comunidad.madrid .
Artículo 12
1. Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación que se presentará
de acuerdo con los modelos normalizados que estarán disponibles en la sede electrónica:
a) Datos generales, información económica-financiera e información comercial de
las empresas solicitantes (modelo normalizado).
b) Memoria técnica y económica detallada del proyecto de inversión (modelo normalizado), que incluya la descripción y justificación del coste del proyecto.
c) Planos que reflejen el estado de la industria antes y después de la ejecución del
proyecto, y en los que se identifique la ubicación de las inversiones.
d) Proyecto técnico redactado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial
correspondiente, cuando se requiera legalmente para la autorización administrativa de las inversiones a llevar a cabo.
e) Documentación técnica y/ o especificaciones del proyecto de inversión, elaborada
por un técnico competente, que acrediten la contribución del proyecto a los objetivos ambientales, mediante un análisis comparativo de la situación inicial antes
de la ejecución del proyecto y el resultado que se espera obtener mediante la ejecución de la inversión.
f) Relación de ofertas para el control de moderación de costes (modelo normalizado), acompañado de presupuestos, contratos o facturas proforma de las inversiones a realizar. Para cada uno de los conceptos de gastos del proyecto de inversión
se aportarán un mínimo de tres ofertas independientes de distintos proveedores,
para garantizar la moderación de costes, según se establece en el apartado 3 del
presente artículo.
g) Solicitud de visita para emisión del Acta de no inicio de las inversiones (modelo
normalizado), acompañada del justificante de pago de la tasa por inspección previa en ayudas inversiones en industrias agroalimentarias, explotaciones agrícolas
y ganaderas y centros para la recogida de animales, regulada por la Orden
2750/2012, de 23 de octubre.
h) Declaración (modelo normalizado) y documentación acreditativa del cumplimiento de los criterios de priorización de proyectos de inversión con objetivos ambientales alegados por el solicitante, que se exponen en el artículo 16 de esta Orden.
i) Declaración responsable relativa a la condición o no de PYME (modelo normalizado) de la entidad, acompañada de la siguiente documentación acreditativa:
1.o Última declaración del Impuesto de Sociedades, en su defecto, balance económico y cuentas de explotación del último año debidamente presentadas en
el Registro correspondiente y en el caso de sociedades participadas o vinculadas por otra u otras en cuantía igual o superior al 25 por 100, última declaración del Impuesto de Sociedades o, en su defecto, balance económico y
cuentas de explotación del último año de la empresa o empresas partícipes.
2.o Informe de Plantilla media del personal en situación de alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, desde el 1 de enero al 31 de diciembre del año anterior al de presentación de la solicitud de la ayuda.
BOCM-20240812-4
Documentación a aportar con la solicitud de la ayuda