Villanueva de Perales (BOCM-20240809-107)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos selectivos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 189
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 339
cas, se asignará una puntuación de 0,10 puntos por mes completo, hasta un
máximo de 25 puntos.
7.5.1.4. Por los servicios prestados en órganos constitucionales y resto del Sector Público, o en las Administraciones Públicas de los Estados miembros de la
Unión Europea, así como en aquellas de los Estados con los que la Unión
Europea haya celebrado Tratados Internacionales ratificados por España en
los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, se asignará una
puntuación de 0,10 puntos por mes completo, hasta un máximo de 15 puntos.
7.5.2. Méritos académicos, se valorarán hasta un máximo de 30 puntos, conforme a
las siguientes reglas: por cursos de formación y perfeccionamiento, únicamente se valorarán acciones formativas, titulación de formación profesional, universitarias y titulaciones
de Expertos y Máster Universitarios debidamente acreditadas que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias del puesto convocado, impartidos por
Centros Oficiales y demás Administraciones Públicas, y centros acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas, Universidades o Colegios Profesionales, o bien por cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido oficialmente reconocidos, y que se acrediten mediante título, certificado o diploma, hasta el máximo
de puntuación que se establezca en las bases específicas. También se valorarán los cursos
que se refieran a la adquisición de competencias, habilidades y actitudes transversales, considerándose como tales las siguientes: prevención de riesgos laborales, igualdad, no discriminación y prevención violencia de género, lengua de signos española, técnicas de comunicación, trabajo en equipo, transparencia en el acceso a la información pública, protección
de datos de carácter personal, idiomas, informática, procedimiento administrativo, calidad
de los servicios y digitalización en la administración electrónica. La puntuación se concederá conforme a lo siguiente:
— Cursos de duración igual o superior a 150 horas: 7,50 puntos.
— Cursos de duración entre 100 y 149 horas: 5 puntos.
— Cursos de duración entre 50 y 99 horas: 2,50 puntos.
— Cursos de duración entre 25 y 49 horas: 1,25 puntos.
— Cursos de duración entre 15 y 24 horas: 0,75 puntos.
Cuando la acreditación de los cursos o diplomas figuren en créditos, se realizará la
equivalencia de un crédito igual a 10 horas.
No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y/o las horas de
duración, ni los inferiores a 15 horas lectivas.
Tampoco se valorarán los derivados de procesos selectivos o preparatorios de procesos de promoción interna independiente y los diplomas relativos a jornadas, seminarios,
congresos, simposios, talleres y similares, ni la formación especializada que resulte imprescindible para la obtención de una titulación académica determinada o para el ejercicio de
una profesión.
En ningún caso serán objeto de valoración como mérito aquellos utilizados para
cumplir alguno de los requisitos de acceso a la categoría objeto de la convocatoria.
Los cursos de formación recibidos en su país de origen por nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que sean equivalentes a los anteriormente
indicados, serán, asimismo, objeto de valoración.
8.1. La calificación final del proceso selectivo será la resultante de la suma final de
la calificación otorgada por el órgano de selección a los/las aspirantes que se les haya solicitado la documentación acreditativa de los méritos alegados, sin que en ningún caso pueda ser
superior a 100 puntos.
8.2. En el supuesto de empate entre dos o más aspirantes, este se deshará conforme
al siguiente orden:
— En primer lugar, tendrá prioridad el aspirante con mayor puntuación obtenida en el
apartado 7.5.1.1. Servicios prestados en el Ayuntamiento de Villanueva de Perales (Madrid) objeto de la convocatoria.
— De persistir el empate, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el
apartado 7.5.1.2, experiencia profesional en otras Administraciones Públicas.
— De persistir el empate, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el
apartado 7.5.2, Méritos académicos.
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8. Calificación final del proceso selectivo
B.O.C.M. Núm. 189
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cas, se asignará una puntuación de 0,10 puntos por mes completo, hasta un
máximo de 25 puntos.
7.5.1.4. Por los servicios prestados en órganos constitucionales y resto del Sector Público, o en las Administraciones Públicas de los Estados miembros de la
Unión Europea, así como en aquellas de los Estados con los que la Unión
Europea haya celebrado Tratados Internacionales ratificados por España en
los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, se asignará una
puntuación de 0,10 puntos por mes completo, hasta un máximo de 15 puntos.
7.5.2. Méritos académicos, se valorarán hasta un máximo de 30 puntos, conforme a
las siguientes reglas: por cursos de formación y perfeccionamiento, únicamente se valorarán acciones formativas, titulación de formación profesional, universitarias y titulaciones
de Expertos y Máster Universitarios debidamente acreditadas que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias del puesto convocado, impartidos por
Centros Oficiales y demás Administraciones Públicas, y centros acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas, Universidades o Colegios Profesionales, o bien por cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido oficialmente reconocidos, y que se acrediten mediante título, certificado o diploma, hasta el máximo
de puntuación que se establezca en las bases específicas. También se valorarán los cursos
que se refieran a la adquisición de competencias, habilidades y actitudes transversales, considerándose como tales las siguientes: prevención de riesgos laborales, igualdad, no discriminación y prevención violencia de género, lengua de signos española, técnicas de comunicación, trabajo en equipo, transparencia en el acceso a la información pública, protección
de datos de carácter personal, idiomas, informática, procedimiento administrativo, calidad
de los servicios y digitalización en la administración electrónica. La puntuación se concederá conforme a lo siguiente:
— Cursos de duración igual o superior a 150 horas: 7,50 puntos.
— Cursos de duración entre 100 y 149 horas: 5 puntos.
— Cursos de duración entre 50 y 99 horas: 2,50 puntos.
— Cursos de duración entre 25 y 49 horas: 1,25 puntos.
— Cursos de duración entre 15 y 24 horas: 0,75 puntos.
Cuando la acreditación de los cursos o diplomas figuren en créditos, se realizará la
equivalencia de un crédito igual a 10 horas.
No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y/o las horas de
duración, ni los inferiores a 15 horas lectivas.
Tampoco se valorarán los derivados de procesos selectivos o preparatorios de procesos de promoción interna independiente y los diplomas relativos a jornadas, seminarios,
congresos, simposios, talleres y similares, ni la formación especializada que resulte imprescindible para la obtención de una titulación académica determinada o para el ejercicio de
una profesión.
En ningún caso serán objeto de valoración como mérito aquellos utilizados para
cumplir alguno de los requisitos de acceso a la categoría objeto de la convocatoria.
Los cursos de formación recibidos en su país de origen por nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que sean equivalentes a los anteriormente
indicados, serán, asimismo, objeto de valoración.
8.1. La calificación final del proceso selectivo será la resultante de la suma final de
la calificación otorgada por el órgano de selección a los/las aspirantes que se les haya solicitado la documentación acreditativa de los méritos alegados, sin que en ningún caso pueda ser
superior a 100 puntos.
8.2. En el supuesto de empate entre dos o más aspirantes, este se deshará conforme
al siguiente orden:
— En primer lugar, tendrá prioridad el aspirante con mayor puntuación obtenida en el
apartado 7.5.1.1. Servicios prestados en el Ayuntamiento de Villanueva de Perales (Madrid) objeto de la convocatoria.
— De persistir el empate, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el
apartado 7.5.1.2, experiencia profesional en otras Administraciones Públicas.
— De persistir el empate, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el
apartado 7.5.2, Méritos académicos.
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8. Calificación final del proceso selectivo