Villanueva de Perales (BOCM-20240809-107)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 189

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2024

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4. Solicitudes
4.1. Las personas que participen en los procesos selectivos previstos en las presentes bases deberán relacionarse con esta Administración Local a través de medios
electrónicos y deberán realizar la solicitud a través de la sede electrónica en el enlace:
https://villanuevadeperales.sedelectronica.es
En la solicitud los/las aspirantes deberán detallar los méritos que quieran que les sean
valorados, sin que se deba adjuntar en ese momento certificado, diploma o título acredita-

BOCM-20240809-107

por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en el supuesto de acceso
al empleo público de nacionales de otros estados.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de la categoría a la
que se solicita acceder.
c) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa, salvo que en las bases específicas se determine otra edad.
d) No haber sido separado o despedido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las
que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado
o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Poseer la titulación que se recoja en las bases específicas. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente
convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
f) De conformidad con lo previsto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4
de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, será requisito para el acceso y ejercicio de cualesquiera profesiones, oficios y
actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de edad, el no
haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad
e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995,
de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de
seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal. A tal efecto, quien
pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta
circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro
Central de delincuentes sexuales.
g) No ostentar la condición de personal laboral fijo o funcionario de carrera de la
categoría objeto de la convocatoria, ni la de personal laboral fijo en aquellas categorías cuyas plazas sean de personal laboral, pero se convoquen como plazas
de personal funcionario, al ser la naturaleza jurídica de la relación de empleo
funcionarial.
h) Otros requisitos que, en su caso, se recojan en las bases específicas.
Los/las aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en estas bases en la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 59 del Real Decreto Ley 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, en las presentes pruebas serán admitidas las personas
con discapacidad en igualdad de condiciones que los demás aspirantes, reservándose un
cupo del 7 % en la plaza de dinamizador. En caso de no presentarse o de no superar el proceso este cupo acrecerá el del turno sin discapacidad. Los aspirantes discapacitados deberán presentar certificación expedida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma
o de la Administración del Estado, que acrediten tal condición, así como su capacidad para
desempeñar las tareas correspondientes a las plazas objeto de la presente convocatoria. El
Tribunal de selección establecerá, para las personas con discapacidad que así lo soliciten,
las adaptaciones posibles, de tiempo y medios, para la realización de prueba. A tal efecto
los interesados deberán presentar la petición correspondiente en la solicitud de participación en la convocatoria.