C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240808-13)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 1320/2024, de 8 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de convocatoria correspondiente a la transferencia de 2023, subvenciones de concurrencia no competitiva de proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas de la Comunidad de Madrid, Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia “NextGeneration EU”, componente C14.I4, línea de actuación 2
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 188
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 67
Segundo
1. Objeto.
Esta convocatoria desarrolla los requisitos fijados por la Orden 1320/2024, en lo que
respecta a las ayudas para la financiación de proyectos de inversión en la mejora de la
eficiencia energética de las empresas turísticas con cargo al Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia de España, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de
Ministros de 27 de abril de 2021.
Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia no competitiva, y la
Orden responde a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, contemplados en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Finalidad de las subvenciones.
Las presentes ayudas tienen como finalidad contribuir a la financiación de proyectos
de eficiencia energética y economía circular en inmuebles, infraestructuras o instalaciones
de empresas turísticas ubicadas en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el apartado de
“modernización y competitividad del sector turístico” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 14).
Las ayudas van encaminadas a la modernización de las infraestructuras y sistemas de
los edificios de la región destinados a establecimientos e instalaciones turísticos y aquellos
en los que se desarrollen otras actividades económicas empresariales o profesionales vinculadas al sector turístico, con el objetivo doble de la consecución de una gestión más sostenible y de la reducción de los impactos medioambientales de la actividad turística.
3. Tipologías y actuaciones subvencionables.
1. Las actuaciones subvencionables deben encuadrarse en una o varias de las siguientes tipologías y cumplir con los requisitos específicos que se establecen en la convocatoria
pública de subvenciones:
a) Implantación de sensores que permitan monitorizar consumos y optimizar el uso
de energía, agua o alimentos.
b) Uso de materiales de aislamiento térmico, de tecnologías más eficientes energéticamente o disponer de elementos exteriores tales como sombras o jardines para
minimizar el consumo de climatización.
c) Implantación de planes y equipos para separar y recoger residuos y reutilizarlos o
reciclarlos.
d) Mejora de las instalaciones y equipos de iluminación, con controles de presencia,
lámparas de bajo consumo u otros sistemas.
e) Sustitución de electrodomésticos por otros más eficientes.
f) Mejorar el aislamiento y/o los equipos terminales de climatización o ventilación
para mejorar su eficiencia.
g) Sustitución de calderas de combustibles por otras de alta eficiencia.
h) Implantación de sistemas de almacenamiento térmico o eléctrico.
i) Implantación de sistemas de solar térmica para agua caliente sanitaria, climatización
o piscinas.
j) Implantación de sistemas fotovoltaicos.
k) Implantación de sistemas automáticos de gestión de edificios, inmuebles, instalaciones o infraestructuras.
2. Las actuaciones se enmarcarán necesariamente en los epígrafes 024, 024 bis y 044
del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
3. Una solicitud podrá recoger una o varias actuaciones en uno o varios inmuebles,
instalaciones o infraestructuras siempre y cuando se efectúen en el seno del mismo proyecto y estén ubicados en la Comunidad de Madrid.
Tercero
Bases reguladoras
1. Las normas reguladoras de estas subvenciones están recogidas en la Orden 1320/2024,
de 8 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las
BOCM-20240808-13
Objeto, finalidad de las subvenciones y actuaciones subvencionables
B.O.C.M. Núm. 188
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 67
Segundo
1. Objeto.
Esta convocatoria desarrolla los requisitos fijados por la Orden 1320/2024, en lo que
respecta a las ayudas para la financiación de proyectos de inversión en la mejora de la
eficiencia energética de las empresas turísticas con cargo al Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia de España, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de
Ministros de 27 de abril de 2021.
Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia no competitiva, y la
Orden responde a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, contemplados en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Finalidad de las subvenciones.
Las presentes ayudas tienen como finalidad contribuir a la financiación de proyectos
de eficiencia energética y economía circular en inmuebles, infraestructuras o instalaciones
de empresas turísticas ubicadas en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el apartado de
“modernización y competitividad del sector turístico” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 14).
Las ayudas van encaminadas a la modernización de las infraestructuras y sistemas de
los edificios de la región destinados a establecimientos e instalaciones turísticos y aquellos
en los que se desarrollen otras actividades económicas empresariales o profesionales vinculadas al sector turístico, con el objetivo doble de la consecución de una gestión más sostenible y de la reducción de los impactos medioambientales de la actividad turística.
3. Tipologías y actuaciones subvencionables.
1. Las actuaciones subvencionables deben encuadrarse en una o varias de las siguientes tipologías y cumplir con los requisitos específicos que se establecen en la convocatoria
pública de subvenciones:
a) Implantación de sensores que permitan monitorizar consumos y optimizar el uso
de energía, agua o alimentos.
b) Uso de materiales de aislamiento térmico, de tecnologías más eficientes energéticamente o disponer de elementos exteriores tales como sombras o jardines para
minimizar el consumo de climatización.
c) Implantación de planes y equipos para separar y recoger residuos y reutilizarlos o
reciclarlos.
d) Mejora de las instalaciones y equipos de iluminación, con controles de presencia,
lámparas de bajo consumo u otros sistemas.
e) Sustitución de electrodomésticos por otros más eficientes.
f) Mejorar el aislamiento y/o los equipos terminales de climatización o ventilación
para mejorar su eficiencia.
g) Sustitución de calderas de combustibles por otras de alta eficiencia.
h) Implantación de sistemas de almacenamiento térmico o eléctrico.
i) Implantación de sistemas de solar térmica para agua caliente sanitaria, climatización
o piscinas.
j) Implantación de sistemas fotovoltaicos.
k) Implantación de sistemas automáticos de gestión de edificios, inmuebles, instalaciones o infraestructuras.
2. Las actuaciones se enmarcarán necesariamente en los epígrafes 024, 024 bis y 044
del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
3. Una solicitud podrá recoger una o varias actuaciones en uno o varios inmuebles,
instalaciones o infraestructuras siempre y cuando se efectúen en el seno del mismo proyecto y estén ubicados en la Comunidad de Madrid.
Tercero
Bases reguladoras
1. Las normas reguladoras de estas subvenciones están recogidas en la Orden 1320/2024,
de 8 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las
BOCM-20240808-13
Objeto, finalidad de las subvenciones y actuaciones subvencionables