D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240808-17)
Convenio – Convenio de 18 de julio de 2024, entre la Universidad Complutense de Madrid y la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades), para la realización de prácticas externas curriculares de los alumnos de la Universidad Complutense de Madrid en la Real Escuela Superior de Arte Dramático
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BOCM
Pág. 76
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 188
cas Académicas Externas de la Universidad Complutense de Madrid, cualquiera
de las partes podrá rescindir el período de prácticas de un alumno. Si la Real Escuela Superior de Arte Dramático lo considera conveniente, la Universidad Complutense de Madrid gestionará la incorporación de un nuevo estudiante que iniciará su período de formación a la mayor brevedad posible.
Tercera
Lugar de desarrollo de las prácticas
Las prácticas se desarrollarán de forma presencial en la Real Escuela Superior de Arte
Dramático en la avenida de Nazaret, número 2, 28009 Madrid.
Cuarta
Compromisos de la Universidad Complutense de Madrid
A. Dar cumplimiento a las actividades incluidas en los proyectos formativos.
B. Designar a un tutor, que deberá prestar el asesoramiento metodológico, técnico y
académico que precise el alumno. El tutor realizará la evaluación de las actividades desarrolladas y revisará, en su caso, la programación de las actividades junto
con el tutor designado por la Real Escuela Superior de Arte Dramático, si una vez
iniciadas y a la vista de los resultados, se estimase conveniente dicha revisión.
C. Garantizar que el desarrollo de las prácticas no interfiera en el normal desenvolvimiento de las tareas propias de la Real Escuela Superior de Arte Dramático.
D. La Universidad Complutense podrá proponer que los tutores de prácticas designados por la Real Escuela Superior de Arte Dramático reciban el nombramiento honorífico de “Tutor/a en Prácticas Externas”, de acuerdo con las condiciones establecidas por el Consejo de Gobierno de la Universidad Complutense de Madrid.
Los trámites necesarios para la obtención del reconocimiento serán realizados por
el responsable del centro de la Universidad Complutense de Madrid, que elevará
al Vicerrectorado competente la propuesta del nombramiento.
E. Elaborar el anexo de este convenio para cada estudiante donde se consigne la siguiente información: datos del estudiante, titulación, fecha de incorporación y finalización de la práctica, entidad donde se realizará la práctica, el calendario y el
horario, así como el nombre del tutor académico y del tutor de la entidad colaboradora. Al anexo se incorporará el proyecto formativo en el que se harán constar
los objetivos educativos y las competencias que debe adquirir el estudiante, así
como las actividades formativas que desarrollará.
F. El órgano responsable de la titulación correspondiente resolverá cuantas dudas
pudieran surgir durante el desarrollo de las prácticas.
Quinta
A. Dar cumplimiento a las actividades incluidas en los proyectos formativos, aportando los medios materiales necesarios para ello.
B. Nombrar un tutor de prácticas para el adecuado seguimiento y valoración de las
prácticas realizadas por los estudiantes. El tutor remitirá, al final de cada período
de prácticas en un plazo máximo de 5 días hábiles, al centro correspondiente de la
Universidad Complutense de Madrid donde esté matriculado el estudiante, un informe sobre el resultado y rendimiento de cada estudiante, de forma individualizada, en el que constará el tiempo de prácticas realizado, las horas totales, su contenido, el grado de aprovechamiento y participación, su rendimiento y las
competencias adquiridas.
C. Informar al estudiante sobre las condiciones de seguridad e higiene vigentes y sobre las medidas de prevención a adoptar en las instalaciones donde se vayan a desarrollar las prácticas académicas externas concertadas.
D. Facilitar al tutor de la Universidad Complutense de Madrid, para el cumplimiento
de los fines propios de su función, el acceso al centro donde se desarrollen las actividades.
BOCM-20240808-17
Compromisos de la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia
y Universidades), a través de la Real Escuela Superior de Arte Dramático
Pág. 76
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 188
cas Académicas Externas de la Universidad Complutense de Madrid, cualquiera
de las partes podrá rescindir el período de prácticas de un alumno. Si la Real Escuela Superior de Arte Dramático lo considera conveniente, la Universidad Complutense de Madrid gestionará la incorporación de un nuevo estudiante que iniciará su período de formación a la mayor brevedad posible.
Tercera
Lugar de desarrollo de las prácticas
Las prácticas se desarrollarán de forma presencial en la Real Escuela Superior de Arte
Dramático en la avenida de Nazaret, número 2, 28009 Madrid.
Cuarta
Compromisos de la Universidad Complutense de Madrid
A. Dar cumplimiento a las actividades incluidas en los proyectos formativos.
B. Designar a un tutor, que deberá prestar el asesoramiento metodológico, técnico y
académico que precise el alumno. El tutor realizará la evaluación de las actividades desarrolladas y revisará, en su caso, la programación de las actividades junto
con el tutor designado por la Real Escuela Superior de Arte Dramático, si una vez
iniciadas y a la vista de los resultados, se estimase conveniente dicha revisión.
C. Garantizar que el desarrollo de las prácticas no interfiera en el normal desenvolvimiento de las tareas propias de la Real Escuela Superior de Arte Dramático.
D. La Universidad Complutense podrá proponer que los tutores de prácticas designados por la Real Escuela Superior de Arte Dramático reciban el nombramiento honorífico de “Tutor/a en Prácticas Externas”, de acuerdo con las condiciones establecidas por el Consejo de Gobierno de la Universidad Complutense de Madrid.
Los trámites necesarios para la obtención del reconocimiento serán realizados por
el responsable del centro de la Universidad Complutense de Madrid, que elevará
al Vicerrectorado competente la propuesta del nombramiento.
E. Elaborar el anexo de este convenio para cada estudiante donde se consigne la siguiente información: datos del estudiante, titulación, fecha de incorporación y finalización de la práctica, entidad donde se realizará la práctica, el calendario y el
horario, así como el nombre del tutor académico y del tutor de la entidad colaboradora. Al anexo se incorporará el proyecto formativo en el que se harán constar
los objetivos educativos y las competencias que debe adquirir el estudiante, así
como las actividades formativas que desarrollará.
F. El órgano responsable de la titulación correspondiente resolverá cuantas dudas
pudieran surgir durante el desarrollo de las prácticas.
Quinta
A. Dar cumplimiento a las actividades incluidas en los proyectos formativos, aportando los medios materiales necesarios para ello.
B. Nombrar un tutor de prácticas para el adecuado seguimiento y valoración de las
prácticas realizadas por los estudiantes. El tutor remitirá, al final de cada período
de prácticas en un plazo máximo de 5 días hábiles, al centro correspondiente de la
Universidad Complutense de Madrid donde esté matriculado el estudiante, un informe sobre el resultado y rendimiento de cada estudiante, de forma individualizada, en el que constará el tiempo de prácticas realizado, las horas totales, su contenido, el grado de aprovechamiento y participación, su rendimiento y las
competencias adquiridas.
C. Informar al estudiante sobre las condiciones de seguridad e higiene vigentes y sobre las medidas de prevención a adoptar en las instalaciones donde se vayan a desarrollar las prácticas académicas externas concertadas.
D. Facilitar al tutor de la Universidad Complutense de Madrid, para el cumplimiento
de los fines propios de su función, el acceso al centro donde se desarrollen las actividades.
BOCM-20240808-17
Compromisos de la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia
y Universidades), a través de la Real Escuela Superior de Arte Dramático