Coslada (BOCM-20240807-41)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 187
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 173
5.5. Recusación.—Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal,
cuando juzguen que concurren en ellos alguna o varias de las circunstancias señaladas en la
base 5.4, siguiéndose para ello el procedimiento establecido en el artículo 24 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.6. Revisión de las resoluciones del Tribunal Calificador.—Las resoluciones del
Tribunal Calificador vinculan a la Administración Local, aunque esta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las
irregularidades.
5.7. Clasificación del Tribunal Calificador.—El Tribunal Calificador que actúe en
estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda, conforme a lo preceptuado en el capítulo V, artículo 30.1b del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones
por razón del servicio.
El proceso selectivo constará de las siguientes fases de carácter sucesivo:
— Pruebas de oposición.
— Concurso de méritos.
— Curso Selectivo de Formación.
— Período de prácticas.
6.1. Pruebas de oposición:
6.1.1. Tipología de las pruebas.—La fase de oposición constará de las siguientes
pruebas que tendrán todas ellas carácter eliminatorio:
— Primera prueba: pruebas psicotécnicas. Homologadas en la forma que determine
la Comunidad de Madrid, orientadas a comprobar que las aptitudes y rasgos de
personalidad de las personas aspirantes son los más adecuados para la función policial a desempeñar.
Para ello se realizarán:
d Test de inteligencia general y/o aptitudes en los que se valorará la capacidad verbal, numérica y espacial, razonamiento, atención-percepción y memoria visual.
d Pruebas de personalidad y capacidades en las que se valorarán aspectos tales
como estabilidad emocional, autoconfianza y habilidades interpersonales para
el trabajo policial.
Ambos ejercicios serán calificados como “apto/a” o “no apto/a”, siendo necesario
resultar apto/a en los dos para entender superada esta y pasar al resto de pruebas.
— Segunda prueba: pruebas de conocimientos. Consistirán en la contestación por escrito de cuestiones relacionadas con el temario que figura como Anexo III a las
presentes bases, así como en la realización de un ejercicio de conocimiento de
idiomas.
Calificación de las pruebas de conocimientos: Esta prueba tendrá carácter eliminatorio.
Ambos ejercicios se realizarán en una misma sesión como a continuación se indica:
a) Ejercicio de conocimientos referidos al programa que figura como Anexo III
de las presentes bases, por el Tribunal Calificador se determinará el contenido
y forma de este ejercicio, que consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario tipo test de un máximo de cien preguntas, con tres respuestas alternativas cada una de ellas, siendo sólo una de ellas la más correcta. La duración
máxima será una hora y treinta minutos.
El contenido de este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario
obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.
b) Ejercicio de conocimientos del idioma inglés, que se corresponderá con el nivel A2 que establece el Marco Europeo de Referencia, y que consistirá en
cumplimentar en 30 minutos un cuestionario de 25 preguntas sobre cuestiones de gramática y vocabulario de dicho idioma, con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la más correcta.
El contenido de este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario
obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.
BOCM-20240807-41
6. Proceso selectivo
B.O.C.M. Núm. 187
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 173
5.5. Recusación.—Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal,
cuando juzguen que concurren en ellos alguna o varias de las circunstancias señaladas en la
base 5.4, siguiéndose para ello el procedimiento establecido en el artículo 24 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.6. Revisión de las resoluciones del Tribunal Calificador.—Las resoluciones del
Tribunal Calificador vinculan a la Administración Local, aunque esta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las
irregularidades.
5.7. Clasificación del Tribunal Calificador.—El Tribunal Calificador que actúe en
estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda, conforme a lo preceptuado en el capítulo V, artículo 30.1b del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones
por razón del servicio.
El proceso selectivo constará de las siguientes fases de carácter sucesivo:
— Pruebas de oposición.
— Concurso de méritos.
— Curso Selectivo de Formación.
— Período de prácticas.
6.1. Pruebas de oposición:
6.1.1. Tipología de las pruebas.—La fase de oposición constará de las siguientes
pruebas que tendrán todas ellas carácter eliminatorio:
— Primera prueba: pruebas psicotécnicas. Homologadas en la forma que determine
la Comunidad de Madrid, orientadas a comprobar que las aptitudes y rasgos de
personalidad de las personas aspirantes son los más adecuados para la función policial a desempeñar.
Para ello se realizarán:
d Test de inteligencia general y/o aptitudes en los que se valorará la capacidad verbal, numérica y espacial, razonamiento, atención-percepción y memoria visual.
d Pruebas de personalidad y capacidades en las que se valorarán aspectos tales
como estabilidad emocional, autoconfianza y habilidades interpersonales para
el trabajo policial.
Ambos ejercicios serán calificados como “apto/a” o “no apto/a”, siendo necesario
resultar apto/a en los dos para entender superada esta y pasar al resto de pruebas.
— Segunda prueba: pruebas de conocimientos. Consistirán en la contestación por escrito de cuestiones relacionadas con el temario que figura como Anexo III a las
presentes bases, así como en la realización de un ejercicio de conocimiento de
idiomas.
Calificación de las pruebas de conocimientos: Esta prueba tendrá carácter eliminatorio.
Ambos ejercicios se realizarán en una misma sesión como a continuación se indica:
a) Ejercicio de conocimientos referidos al programa que figura como Anexo III
de las presentes bases, por el Tribunal Calificador se determinará el contenido
y forma de este ejercicio, que consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario tipo test de un máximo de cien preguntas, con tres respuestas alternativas cada una de ellas, siendo sólo una de ellas la más correcta. La duración
máxima será una hora y treinta minutos.
El contenido de este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario
obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.
b) Ejercicio de conocimientos del idioma inglés, que se corresponderá con el nivel A2 que establece el Marco Europeo de Referencia, y que consistirá en
cumplimentar en 30 minutos un cuestionario de 25 preguntas sobre cuestiones de gramática y vocabulario de dicho idioma, con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la más correcta.
El contenido de este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario
obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.
BOCM-20240807-41
6. Proceso selectivo