C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240807-15)
Bases subvenciones –  Orden 1320/2024, de 8 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras que han de regir la convocatoria pública para la concesión de subvenciones de concurrencia no competitiva destinadas a proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular de empresas turísticas de la Comunidad de Madrid, con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) Next Generation Eu” componente C14.I4, línea de actuación 2, y se efectúa la convocatoria correspondiente a la transferencia de 2023
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 187

Artículo 24
Régimen sancionador
A cualquier incumplimiento de lo establecido en la presente Orden que constituya infracción administrativa, le será de aplicación el régimen de sanciones previsto en el Título IV de la Ley General de Subvenciones, así como en los artículos 14 a 17 de la Ley de
Subvenciones de la Comunidad de Madrid, además de la normativa europea de aplicación.
Artículo 25
Recursos
Contra las presentes bases reguladoras, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante el titular de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deporte, en el plazo de un mes, o directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, computados ambos plazos desde su entrada en vigor. Dicho plazo será contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Artículo 26
Protección de datos
Los datos personales recogidos en el procedimiento serán tratados conforme al Reglamento (UE) del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la
libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
General de Protección de Datos), así como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás normativa
que resulte de aplicación.
Asimismo, el deber de secreto y las limitaciones en su uso marcadas por la normativa
vigente serán aplicables a cualquier información a la que se pudiera tener acceso en la realización de actividades objeto de esta orden, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno y demás normativa aplicable al respecto.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES A CORRESPONDIENTE A
LA TRANSFERENCIA DE 2023, DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN
DE PROYECTOS DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA
EN LAS EMPRESAS TURÍSTICAS CON CARGO AL LAN
DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA,
COMPONENTE C14.I04, LÍNEA DE ACTUACIÓN 2
Primero
1.1. Esta convocatoria desarrolla los requisitos fijados por esta Orden en lo que respecta a las ayudas para la convocatoria correspondiente a la transferencia de 2023 de la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para la financiación de proyectos de inversión en
la mejora de la eficiencia energética de las empresas turísticas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021.
1.2. Las ayudas tienen como finalidad contribuir a la financiación de proyectos de
eficiencia energética y economía circular en inmuebles, infraestructuras o instalaciones
de empresas turísticas ubicadas en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el apartado de
“modernización y competitividad del sector turístico” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 14) y en el marco de referencia establecido por la Resolución de 5 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica

BOCM-20240807-15

Objeto, finalidad y procedimiento de concesión