C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240807-15)
Bases subvenciones –  Orden 1320/2024, de 8 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras que han de regir la convocatoria pública para la concesión de subvenciones de concurrencia no competitiva destinadas a proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular de empresas turísticas de la Comunidad de Madrid, con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) Next Generation Eu” componente C14.I4, línea de actuación 2, y se efectúa la convocatoria correspondiente a la transferencia de 2023
35 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Pág. 70

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 187

nancien con recursos derivados de esta Orden deben de respetar dicho principio, y las condiciones del etiquetado climático, tal y como prevé la definición de la submedida en el Plan
de Recuperación. Lo anterior incluye el cumplimiento de las condiciones específicas asignadas en el Componente 14, en la medida 4, en la que se enmarcan dichas actuaciones en
lo referido al principio etiquetado climático, y especialmente las recogidas en los apartados 3, 6 y 8 del documento del Componente del Plan, en el anexo al CID y en el Acuerdo
sobre las Disposiciones Operativas. Las etiquetas climáticas asignadas a esta línea de actuación son la 024 “Eficiencia energética y proyectos de demostración en pymes y medidas
de apoyo”, la 024bis “Eficiencia energética y proyectos de demostración en grandes empresas y medidas de apoyo” y la 044 “Gestión de residuos comerciales e industriales: medidas
de prevención, minimización, separación, reutilización y reciclado” con una contribución a
objetivos climáticos del 40%, de acuerdo con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero.
Mediante la Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Turismo, se publicó el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de marzo de 2022,
sobre reparto territorial de crédito correspondiente al presupuesto de 2022, de la Línea de
Financiación para Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas
Turísticas, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que tenía por objeto
establecer un marco común que orientase las bases reguladoras de cada comunidad o ciudad autónoma, para la concesión de ayudas a titulares de alojamientos turísticos, siendo su
finalidad la ejecución, por parte de las administraciones competentes, del programa de “Financiación de proyectos de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas”, incluido en el apartado de “modernización y competitividad del sector turístico” del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 14).
Finalmente, mediante la Resolución de 5 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado
de Turismo, se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de diciembre de 2023, sobre reparto territorial de crédito correspondiente al presupuesto de 2023, de
la Línea de Financiación para Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular
de Empresas Turísticas, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia por importe de 119,6 millones de euros.
Este acuerdo tiene por objeto ampliar el reparto territorial de crédito, previsto en el citado Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 marzo 2022, y la tipología de
proyectos financiables, a fin de facilitar la distribución de fondos en cada territorio de
acuerdo a las necesidades específicas de los diferentes subsectores turísticos.
Para poner en práctica lo anteriormente indicado, se dicta esta norma, que contiene las
bases reguladoras que han de regir la concesión de subvenciones de proyectos de mejora de
la eficiencia energética y economía circular de las empresas turísticas con cargo al Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y en la que se establece la convocatoria correspondiente a la transferencia de 2023.
Esta Orden y sus convocatorias de ayudas contribuyen al cumplimiento de los hitos y objetivos asignados a la tipología de inversión contemplada en el Componente 14 del Plan de Recuperación, cuya evaluación fue aprobada según la Decisión de Ejecución del Consejo de 13
de julio de 2021, en la parte proporcional a los fondos que se le han asignado que, para el período 2021-2023, ascienden a 220 millones a cargo del Plan de Recuperación. En concreto,
para 2022, la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2022, contempla un importe de 170 millones en la aplicación presupuestaria 50.43ND.759.
Las bases contenidas en esta Orden tienen como finalidad regular las ayudas que conceda la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para el apoyo a las empresas turísticas
para la mejora de la eficiencia energética y los proyectos de economía circular de las mismas. Las ayudas van encaminadas a la modernización de las infraestructuras y sistemas de
los edificios de la región destinados a establecimientos e instalaciones turísticos y aquellos
en los que se desarrollen otras actividades económicas empresariales o profesionales vinculadas al sector turístico, con el objetivo doble de la consecución de una gestión más sostenible y de la reducción de los impactos medioambientales de la actividad turística.
La presente Orden responde a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, contemplados en el artículo 129 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Respecto a los principios de necesidad y eficacia, establece la regulación a la que deberá ajustarse la tramitación de la correspondiente convocatoria de ayudas, asegurando una
gestión que redunde positivamente en la satisfacción del interés general con la consecución
de los objetivos que con ella se persiguen.

BOCM-20240807-15

BOCM