C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240806-10)
Bases subvenciones –  Orden de 26 de julio de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del «Programa de Jóvenes Investigadores», de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 186

al FSE+, con la declaración “Financiado por la Unión Europea” o “Cofinanciado por la
Unión Europea” todo ello conforme a las especificaciones técnicas contenidas en el Reglamento (UE) 2021/1060. Este emblema puede ser descargado de la sede electrónica de la
Comunidad de Madrid, www.comunidad.madrid
5. Para la comprobación del cumplimiento de estas obligaciones la entidad deberá
aportar en el plazo de 15 días desde la notificación de la orden de concesión de la subvención imágenes en las que quede acreditado que se han adoptado las mencionadas medidas
de difusión y publicidad.
6. Los beneficiarios velarán por que las personas contratadas sean puntualmente informadas de la cofinanciación por la Unión Europea, en el marco de los distintos programas operativos y, en concreto, por el Programa FSE+ de la Comunidad de Madrid correspondiente al marco financiero 2021-2027. Esta obligación se hará efectiva mediante la
adhesión al contrato de trabajo objeto de subvención de la adenda firmada por empresa y
trabajador, según el formulario “Adenda al contrato de trabajo”.
Artículo 18
Justificación de la subvención concedida
1. La entidad beneficiaria, en el plazo de dos meses, computado desde la finalización
de las contrataciones, presentará ante la dirección general competente en materia de empleo, la justificación del cumplimiento de las actuaciones subvencionadas y de los gastos
realizados, mediante el régimen de módulos de acuerdo a lo previsto en los artículos 69 y 76
a 79 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Dicha justificación incluirá la siguiente documentación que deberá presentar la entidad beneficiaria:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. La memoria incluirá las actuaciones realizadas por las personas participantes contratadas:
1.a Con carácter general. Se deberá hacer mención al perfil de los jóvenes seleccionados conforme a los requisitos establecidos en la convocatoria, modalidad de contratación utilizada, ejecución de los contratos durante el periodo
subvencionable, duración de los contratos, abono de los costes salariales durante la ejecución de dichos contratos. Modificaciones o variaciones en las
contrataciones.
2.a Con carácter específico. Deberá relacionarse actividades realizadas por los jóvenes en el marco del proyecto de investigación, mecanismos de evaluación
y monitorización del progreso del personal subvencionado, resultados obtenidos, grado de consecución de los objetivos. Impacto en la entidad solicitante
y repercusión de la actividad en la empleabilidad futura de los contratados.
b) Una memoria económica justificativa según formulario disponible en la página
web de la Comunidad de Madrid, del coste de las actividades realizadas en función de los resultados obtenidos, que contendrá, los siguientes extremos:
1.o Acreditación o declaración del beneficiario sobre el número de unidades físicas consideradas como módulo, especificando a este fin:

2.o Cuantía global de la subvención de acuerdo con los módulos establecidos en
el apartado 4 del artículo 6.
3.o Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada con indicación del importe y su procedencia, así como la acreditación de haber ingresado, en su caso, el importe correspondiente a la diferencia entre la cantidad justificada y la recibida en concepto de anticipo.
4.o Informe de datos de cotización, correspondiente al período subvencionado.
Uno por cada persona trabajadora subvencionable, emitido por la Tesorería
de la Seguridad Social, que se adjuntará a la memoria económica.

BOCM-20240806-10

— Personas contratadas, distinguiendo el grupo de cotización de la Seguridad Social que corresponda y tiempo de contratación (días) de cada una
de ellas. Indicando, en su caso, los períodos de suspensión de contrato.