C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240806-19)
Bases subvenciones – Orden 2268/2024, de 19 de julio, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se modifica la Orden 1430/2021, de 13 de septiembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de campos de voluntariado juvenil en la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 186
1.°2. Análisis, identificación de las necesidades y definición de los objetivos: 5 puntos.
2.° Metodología de la intervención y cronograma: El proyecto recoge una metodología a seguir que facilite la participación y se base en la experiencia de los
voluntarios, así como la programación diaria tanto del trabajo técnico como
de las actividades complementarias a realizar (Hasta 20 puntos).
2.°1. Definición, claridad y concreción de las estrategias de intervención de
las actividades a realizar: 15 puntos.
2.°2. Participación de los voluntarios en la programación de las actividades: 2,5 puntos.
2.°3. Participación de los voluntarios en la ejecución de las actividades: 2,5
puntos.
3.° Sistema de evaluación: El proyecto especifica la metodología evaluativa y recoge criterios e indicadores de evaluación acordes con los objetivos propuestos y las actividades a realizar (Hasta 5 puntos).
3.°1. Descripción de los sistemas de valoración y evaluación: 2,5 puntos.
3.°2. Concreción y coherencia de los criterios e indicadores de evaluación
con el proyecto definido: 2,5 puntos.
4.° Medios personales, materiales, transporte y equipamiento: Se valorará la adecuación y experiencia de los medios personales propuestos, así como la
adecuación y calidad de los medios materiales, transporte y equipamientos
(Hasta 15 puntos).
4.°1. Personal con experiencia en animación socio-cultural, ocio, tiempo
libre y dinamización: 4 puntos.
4.°2. Adecuación y calidad de los medios materiales a las actividades previstas: 4 puntos.
4.°3. Adecuación y calidad del servicio de transporte: 2 puntos.
4.°4. Adecuación y calidad de los equipamientos a las actividades previstas: 5 puntos.
5.° Originalidad e innovación: Se valorará la originalidad, atractivo y el grado de
innovación del proyecto presentado (Hasta 10 puntos).
5.°1. Proyectos cuyo contenido no se haya desarrollado anteriormente en la
Comunidad de Madrid: 4 puntos.
5.°2. Atractivo de las actividades del proyecto para los destinatarios: 3 puntos.
5.°3. Concreción de los elementos innovadores del proyecto: 3 puntos.
6.° Actividades complementarias: Las actividades ofrecidas son suficientes
(mínimo del 30 % de acuerdo con la dispuesto en el artículo 7.1.j), atractivas, interesantes y originales (Hasta 10 puntos).
6.°1. Definición y cronograma de las actividades complementarias: 5 puntos.
6.°2. Originalidad y atractivo de las actividades complementarias: 5 puntos.
b) Valoración de la entidad: hasta un máximo de 15 puntos, de acuerdo con el siguiente desglose:
1.° Experiencia: Se asignará la máxima puntuación de 10 puntos a aquella o
aquellas entidades solicitantes que ostenten experiencia en el desarrollo de
actividades con jóvenes en los últimos 5 años en campos de voluntariado,
campamentos u otras actividades de ocio educativo. Para el resto de entidades, su puntuación se calculará de manera proporcional.
2.° Capacidad de gestión de la entidad: Se valorarán los recursos humanos y medios técnicos con los que cuente la entidad. Hasta 5 puntos.
c) Viabilidad del proyecto. Hasta 15 puntos de acuerdo con el siguiente desglose:
1.° Viabilidad y coherencia del presupuesto en relación con el proyecto presentado
(Hasta 8 puntos).
1.°1. Definición y tiempos de ejecución de los recursos asignados al proyecto determinantes de la viabilidad para su desarrollo: 4 puntos.
1.°2. Adecuación del presupuesto del proyecto a los objetivos previstos
para su correcta ejecución: 4 puntos.
BOCM-20240806-19
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 186
1.°2. Análisis, identificación de las necesidades y definición de los objetivos: 5 puntos.
2.° Metodología de la intervención y cronograma: El proyecto recoge una metodología a seguir que facilite la participación y se base en la experiencia de los
voluntarios, así como la programación diaria tanto del trabajo técnico como
de las actividades complementarias a realizar (Hasta 20 puntos).
2.°1. Definición, claridad y concreción de las estrategias de intervención de
las actividades a realizar: 15 puntos.
2.°2. Participación de los voluntarios en la programación de las actividades: 2,5 puntos.
2.°3. Participación de los voluntarios en la ejecución de las actividades: 2,5
puntos.
3.° Sistema de evaluación: El proyecto especifica la metodología evaluativa y recoge criterios e indicadores de evaluación acordes con los objetivos propuestos y las actividades a realizar (Hasta 5 puntos).
3.°1. Descripción de los sistemas de valoración y evaluación: 2,5 puntos.
3.°2. Concreción y coherencia de los criterios e indicadores de evaluación
con el proyecto definido: 2,5 puntos.
4.° Medios personales, materiales, transporte y equipamiento: Se valorará la adecuación y experiencia de los medios personales propuestos, así como la
adecuación y calidad de los medios materiales, transporte y equipamientos
(Hasta 15 puntos).
4.°1. Personal con experiencia en animación socio-cultural, ocio, tiempo
libre y dinamización: 4 puntos.
4.°2. Adecuación y calidad de los medios materiales a las actividades previstas: 4 puntos.
4.°3. Adecuación y calidad del servicio de transporte: 2 puntos.
4.°4. Adecuación y calidad de los equipamientos a las actividades previstas: 5 puntos.
5.° Originalidad e innovación: Se valorará la originalidad, atractivo y el grado de
innovación del proyecto presentado (Hasta 10 puntos).
5.°1. Proyectos cuyo contenido no se haya desarrollado anteriormente en la
Comunidad de Madrid: 4 puntos.
5.°2. Atractivo de las actividades del proyecto para los destinatarios: 3 puntos.
5.°3. Concreción de los elementos innovadores del proyecto: 3 puntos.
6.° Actividades complementarias: Las actividades ofrecidas son suficientes
(mínimo del 30 % de acuerdo con la dispuesto en el artículo 7.1.j), atractivas, interesantes y originales (Hasta 10 puntos).
6.°1. Definición y cronograma de las actividades complementarias: 5 puntos.
6.°2. Originalidad y atractivo de las actividades complementarias: 5 puntos.
b) Valoración de la entidad: hasta un máximo de 15 puntos, de acuerdo con el siguiente desglose:
1.° Experiencia: Se asignará la máxima puntuación de 10 puntos a aquella o
aquellas entidades solicitantes que ostenten experiencia en el desarrollo de
actividades con jóvenes en los últimos 5 años en campos de voluntariado,
campamentos u otras actividades de ocio educativo. Para el resto de entidades, su puntuación se calculará de manera proporcional.
2.° Capacidad de gestión de la entidad: Se valorarán los recursos humanos y medios técnicos con los que cuente la entidad. Hasta 5 puntos.
c) Viabilidad del proyecto. Hasta 15 puntos de acuerdo con el siguiente desglose:
1.° Viabilidad y coherencia del presupuesto en relación con el proyecto presentado
(Hasta 8 puntos).
1.°1. Definición y tiempos de ejecución de los recursos asignados al proyecto determinantes de la viabilidad para su desarrollo: 4 puntos.
1.°2. Adecuación del presupuesto del proyecto a los objetivos previstos
para su correcta ejecución: 4 puntos.
BOCM-20240806-19
BOCM