D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240805-22)
Convenio –  Convenio de colaboración de 15 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la Confederación Empresarial de Madrid-CEOE (CEIM) para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 185

se incluye la formación para el empleo. Por otra parte, el artículo 26.3.1.1, también del Estatuto de Autonomía, dispone que, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad
económica general y la política monetaria del Estado, corresponde a la Comunidad de
Madrid, en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y en el artículo 149.1.11.a y
13.a de la Constitución, la competencia exclusiva en materia de ordenación y planificación
de la actividad económica regional.
De conformidad con la normativa anteriormente indicada y en el ejercicio de las competencias señaladas, la Comunidad de Madrid, considera de indudable interés la realización
de un convenio con CEIM para establecer su colaboración en la realización de las tareas de
información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de
competencias profesionales adquiridas por la experiencia profesional u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
La suscripción del presente convenio asegura y garantiza que el servicio se realiza bajo
criterios de eficacia y eficiencia, que permita una evaluación de los objetivos alcanzados.
Ambas partes están de acuerdo en la necesidad y oportunidad de colaborar en la, información, orientación y apoyo en la inscripción de candidatos en el procedimiento de acreditación de las competencias profesionales para mejorar la empleabilidad, y conforme con
lo señalado en el capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y demás normativa de aplicación, y en virtud de ello acuerdan formalizar el presente
convenio con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Objeto y finalidad
El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y CEIM
para informar, orientar y apoyar en la inscripción de trabajadores, ocupados y desempleados,
en el procedimiento de acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia profesional u otras vías no formales e informales en la Comunidad de Madrid.
La finalidad última que se persigue con la suscripción de este convenio es facilitar la
participación en el procedimiento de acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia profesional u otras vías no formales e informales como un elemento esencial para la mejora de la cualificación de la población activa.
Segunda
Para garantizar el cumplimiento del objeto de este convenio, CEIM se compromete a
llevar a cabo las siguientes actuaciones:
a) Informar a los ciudadanos sobre la existencia del procedimiento de acreditación de
las competencias profesionales adquiridas por la experiencia profesional u otras
vías no formales e informales.
b) Orientar a las personas interesadas acerca de los requisitos exigibles para presentar una solicitud de participación en el procedimiento, las fases del procedimiento, cómo se desarrollan, sus derechos y obligaciones, las acreditaciones oficiales
que pueden obtener y los efectos de las mismas.
c) Apoyar y ayudar en su inscripción en el procedimiento, a través de medios electrónicos o de cualquier otro medio previsto en la normativa vigente.
d) Facilitar modelos y ejemplos de la documentación necesaria para presentar la solicitud de inscripción.
e) Revisar la documentación de las personas interesadas que desean presentar una
solicitud de inscripción en el procedimiento.
f) Aportar los medios materiales, medios personales de su plantilla, infraestructura,
espacios adecuados y necesarios para la consecución de los fines recogidos en el
presente convenio, en relación con las tareas de información, orientación y ayuda
a la inscripción del número de personas previstas en el convenio.
g) Justificar la realización de la actividad y el número de candidatos informados y
orientados inscritos en el procedimiento, conforme a las Instrucciones relativas a

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Obligaciones de la entidad