D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240805-22)
Convenio –  Convenio de colaboración de 15 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la Confederación Empresarial de Madrid-CEOE (CEIM) para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 185

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE AGOSTO DE 2024

Pág. 163

la justificación económica y técnica del Plan de Modernización de la Formación
Profesional “PCT Extraordinario” Mecanismo de Recuperación y Resiliencia facilitadas por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de
Madrid y aquellas otras que resulten de aplicación en su ámbito de actuación.
h) Cumplir con el principio de no causar un perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales según lo establecido en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852.
i) Cumplir con las obligaciones relativas a la prevención de conflictos de intereses,
del fraude, de la corrupción y de la doble financiación, previstas en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Tercera
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
por medio de la Dirección General de Formación, realizará las siguientes actuaciones:
a) Facilitar a CEIM, la siguiente información y/o documentación:
1. Información referente al procedimiento de acreditación de las competencias
profesionales.
2. Facilitar modelos y ejemplos de la documentación necesaria para presentar la
solicitud y demás documentación relativa tanto al procedimiento como a la
justificación de las tareas realizadas.
3. Facilitar los datos sobre la planificación que, desde la administración, se realizase sobre este tipo de procedimiento, la forma de inscripción y los puntos de
implementación de las actuaciones.
b) Resolver cualquier duda sobre la documentación necesaria para presentar la solicitud de inscripción, así como los trámites administrativos para llevarla a cabo.
c) Verificar la participación CEIM en las labores previstas en el presente convenio.
d) Cumplir con las obligaciones relativas a la prevención de conflictos de intereses,
del fraude, de la corrupción y de la doble financiación, previstas en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de
gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Orden
HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y
formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en relación con los empleados públicos que realizan tareas de gestión, control y pago previstas en el convenio, especialmente, en lo referente a las actuaciones de valoración de la justificación presentada por la entidad de formación y al pago, ambas recogidas en la
cláusula quinta del convenio.
e) Cumplir con el principio de no causar un perjuicio significativo a los seis objetivos
medioambientales según lo establecido en el artículo 17 del Reglamento
(UE) 2020/852 y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento
de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el
Reglamento (UE) 2019/2088.
Compromisos y obligaciones de contenido económico
1. CEIM realizará las actividades de información y orientación a través de medios
propios aportará los medios materiales, infraestructura, espacios adecuados y cualquier otro
gasto que sea necesario para la consecución de los fines recogidos en el presente convenio
y que no estén cubiertos por la aportación de la Comunidad de Madrid. Asimismo, realizará actuaciones de información del procedimiento en su página web y en sus instalaciones o
por cualquier otro medio, conforme a las reglas de aplicación de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

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Cuarta