C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240803-3)
Convocatoria subvenciones – Orden 2356/2024, de 24 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2024 subvenciones de Proyectos Sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 74
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE AGOSTO DE 2024
i)
B.O.C.M. Núm. 184
leña dirigidos a la consecución de la igualdad real y efectiva de las personas
LGTBI, que haya finalizado su período de justificación.
Para proyectos presentados únicamente a la sublínea “alimentos y comedores sociales” B4 recogida en el anexo de esta Orden, hasta 9 puntos. Dichos proyectos
deberán tener como actividad única la compra y distribución de alimentos de cesta básica o la elaboración y reparto de comidas, debiendo tratarse de proyectos
bien de compra y distribución de alimentos o bien de elaboración y reparto de comidas. Las entidades deberán cumplir con los fines institucionales previstos en el
dispongo vigésimo apartado 1.d) de esta Orden.
Para proyectos que se refieran a la compra y distribución de alimentos hasta 9 puntos:
— Proyectos que incorporen la informatización para la trazabilidad de entidades
beneficiarias: 1 punto.
— Proyectos que cuenten con vehículos de transporte propios para la recogida de
alimentos hasta 1,5 puntos:
d De 1 a 5 vehículos: 1 punto.
d Más de 5 vehículos: 1,5 puntos.
— Proyectos que tengan medidas respecto a la capacidad de almacenaje de alimentos refrigerados y/o congelados: hasta 1,5 puntos.
d De 1 a 5 cámaras frigorífica y/o refrigeradora: 1 punto.
d Más de 5 cámaras frigoríficas y/o refrigeradoras: 1,5 puntos.
— Proyectos que incorporen un procedimiento de seguridad alimentaria valorando el grado de concreción y detalle, innovación, etc.: hasta 2 puntos.
— Proyectos que supongan una cantidad en toneladas de distribución de alimentos diarios, hasta 3 puntos:
d Más de 20 toneladas/día: 3 puntos.
d De 1 a 20 toneladas/día: 2 puntos.
d Más de 0 y menos de 1 tonelada/día: 1 punto.
Trigésimo segundo
Criterios de valoración de los proyectos del dispongo quinto
Los criterios de valoración de los proyectos a los que se refiere el dispongo quinto serán los siguientes, hasta 100 puntos:
a) Continuidad. Se darán hasta 10 puntos a los proyectos financiados por la Comunidad de Madrid en las convocatorias de concurrencia competitiva destinadas a la
realización de programas de interés general para atender fines de interés social,
BOCM-20240803-3
— Para proyectos que se refieran a la elaboración y reparto de comidas hasta 9
puntos:
— Proyectos con un número de comidas elaboradas consumidas en el comedor
al día, hasta 3 puntos:
d De 1 a 50 comidas/día: 1 punto.
d De 51 a 150 comidas/día: 2 puntos.
d Más de 150 comidas/día: 3 puntos.
— Proyectos que cuenten con vehículos de transporte propios para la recogida de
alimentos hasta 1,5 puntos:
d De 1 a 5 vehículos: 1 punto.
d Más de 5 vehículos: 1,5 puntos.
— Número de beneficiarios de comidas consumidas en el comedor o para llevar
(desayuno, comida y cena): hasta 3 puntos.
d De 0 a 50 beneficiarios/día: 1 punto.
d De 51 a 150 beneficiarios/día: 2 puntos.
d De 151 a 400 beneficiarios/día: 3 puntos.
— Proyectos que tengan medidas respecto a la capacidad de almacenaje de alimentos refrigerados y/o congelados: hasta 1,5 puntos.
d De 1 a 2 cámaras frigorífica y/o refrigeradora: 1 punto.
d Más de 2 cámaras frigoríficas y/o refrigeradoras: 1,5 puntos.
Pág. 74
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE AGOSTO DE 2024
i)
B.O.C.M. Núm. 184
leña dirigidos a la consecución de la igualdad real y efectiva de las personas
LGTBI, que haya finalizado su período de justificación.
Para proyectos presentados únicamente a la sublínea “alimentos y comedores sociales” B4 recogida en el anexo de esta Orden, hasta 9 puntos. Dichos proyectos
deberán tener como actividad única la compra y distribución de alimentos de cesta básica o la elaboración y reparto de comidas, debiendo tratarse de proyectos
bien de compra y distribución de alimentos o bien de elaboración y reparto de comidas. Las entidades deberán cumplir con los fines institucionales previstos en el
dispongo vigésimo apartado 1.d) de esta Orden.
Para proyectos que se refieran a la compra y distribución de alimentos hasta 9 puntos:
— Proyectos que incorporen la informatización para la trazabilidad de entidades
beneficiarias: 1 punto.
— Proyectos que cuenten con vehículos de transporte propios para la recogida de
alimentos hasta 1,5 puntos:
d De 1 a 5 vehículos: 1 punto.
d Más de 5 vehículos: 1,5 puntos.
— Proyectos que tengan medidas respecto a la capacidad de almacenaje de alimentos refrigerados y/o congelados: hasta 1,5 puntos.
d De 1 a 5 cámaras frigorífica y/o refrigeradora: 1 punto.
d Más de 5 cámaras frigoríficas y/o refrigeradoras: 1,5 puntos.
— Proyectos que incorporen un procedimiento de seguridad alimentaria valorando el grado de concreción y detalle, innovación, etc.: hasta 2 puntos.
— Proyectos que supongan una cantidad en toneladas de distribución de alimentos diarios, hasta 3 puntos:
d Más de 20 toneladas/día: 3 puntos.
d De 1 a 20 toneladas/día: 2 puntos.
d Más de 0 y menos de 1 tonelada/día: 1 punto.
Trigésimo segundo
Criterios de valoración de los proyectos del dispongo quinto
Los criterios de valoración de los proyectos a los que se refiere el dispongo quinto serán los siguientes, hasta 100 puntos:
a) Continuidad. Se darán hasta 10 puntos a los proyectos financiados por la Comunidad de Madrid en las convocatorias de concurrencia competitiva destinadas a la
realización de programas de interés general para atender fines de interés social,
BOCM-20240803-3
— Para proyectos que se refieran a la elaboración y reparto de comidas hasta 9
puntos:
— Proyectos con un número de comidas elaboradas consumidas en el comedor
al día, hasta 3 puntos:
d De 1 a 50 comidas/día: 1 punto.
d De 51 a 150 comidas/día: 2 puntos.
d Más de 150 comidas/día: 3 puntos.
— Proyectos que cuenten con vehículos de transporte propios para la recogida de
alimentos hasta 1,5 puntos:
d De 1 a 5 vehículos: 1 punto.
d Más de 5 vehículos: 1,5 puntos.
— Número de beneficiarios de comidas consumidas en el comedor o para llevar
(desayuno, comida y cena): hasta 3 puntos.
d De 0 a 50 beneficiarios/día: 1 punto.
d De 51 a 150 beneficiarios/día: 2 puntos.
d De 151 a 400 beneficiarios/día: 3 puntos.
— Proyectos que tengan medidas respecto a la capacidad de almacenaje de alimentos refrigerados y/o congelados: hasta 1,5 puntos.
d De 1 a 2 cámaras frigorífica y/o refrigeradora: 1 punto.
d Más de 2 cámaras frigoríficas y/o refrigeradoras: 1,5 puntos.