C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240803-3)
Convocatoria subvenciones –  Orden 2356/2024, de 24 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2024 subvenciones de Proyectos Sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 184

Parla, Fuenlabrada, Leganés, Torrejón de Ardoz, Alcobendas, Pozuelo
de Alarcón, San Sebastián de los Reyes, Madrid y Las Rozas de Madrid.
3.4. Proyectos que tengan como único ámbito territorial Madrid capital: 1,5
puntos.
La ejecución del proyecto en este apartado solo se valorará en modalidad presencial, no para proyectos “en línea” o “por Internet”, que indicará en el anexo 5.
4. Número de profesionales dedicados al proyecto: hasta 5 puntos.
A efectos de valoración de este apartado solo se contabilizarán los profesionales con dedicación plena conforme a las horas anuales previstas en el convenio calculado en proporción a la duración del proyecto; en caso de que la dedicación al proyecto fuera inferior a la jornada ordinaria se realizará el
correspondiente cálculo proporcional, datos que las entidades deberán aportar en el anexo 5.
— Mayor de 0 y menor de 2: 0,5 puntos.
— Mayor o igual a 2 e inferior a 4: 1 punto.
— Mayor o igual a 4 e inferior a 6: 1,5 puntos.
— Mayor o igual a 6 e inferior a 8: 2 puntos.
— Mayor o igual a 8 e inferior a 10: 2,5 puntos.
— Mayor o igual a 10 e inferior a 12: 3 puntos. Mayor o igual a 12 e inferior
a 15: 3,5 puntos.
— Mayor o igual a 15 e inferior a 20: 4 puntos. Mayor o igual a 20 e inferior
a 25: 4,5 puntos.
— Mayor o igual a 25: 5 puntos.
5. Actividades, calendario y medios técnicos: hasta 18 puntos, con la siguiente
distribución:
— Calendario de realización con inclusión de un cronograma de realización
de las actividades a ejecutar en el proyecto: hasta 2 puntos.
— La descripción detallada de las actividades que se pretenden realizar: hasta 12 puntos.
— La correspondencia y adecuación entre los medios personales, técnicos y
materiales implementados y las actividades propuestas: hasta 4 puntos.
6. Presupuesto del proyecto: hasta 3 puntos.
— Coherencia del presupuesto del proyecto con las actividades, los destinatarios y los recursos humanos y materiales del proyecto: hasta 2 puntos.
— Se valorará con 1 punto más si existe claridad, concreción y detalle en la
explicación del presupuesto.
c) Plan de evaluación y de grado de cumplimiento de los objetivos del proyecto: hasta 4 puntos.
Se darán hasta 3 puntos a los proyectos cuyo plan de evaluación desarrolle, como
mínimo:
1. Grado de consecución de los objetivos generales y específicos establecidos,
incluyendo indicadores medibles y fuentes de verificación: 0,5 puntos.
2. Determinación de las actividades realizadas, grado de ajuste a lo previsto en la
programación y estimación de su contribución al logro de los objetivos: 0,5
puntos.
3. Valoración de los destinatarios últimos y posibles mejoras: 0.5 puntos.
4. Indicación de quién efectuará la evaluación: 0,5 puntos.
5. Indicación del momento en el que se realizará la evaluación: 0,5 puntos.
6. Indicación del procedimiento de evaluación y de recogida de datos: 0,5 puntos.
La puntuación se incrementará en 1 punto, si incluye, además, estudios comparativos con los resultados obtenidos en años anteriores.
d) Innovación: hasta 3 puntos:
— Proyectos que propongan un cambio en los modelos, procesos y forma de
prestar los servicios: 1 punto.
— Proyectos que incorporen actuaciones, enfoques o metodologías innovadoras
contrastadas en otros ámbitos geográficos: 1 punto.

BOCM-20240803-3

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