C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240803-3)
Convocatoria subvenciones – Orden 2356/2024, de 24 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2024 subvenciones de Proyectos Sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 184
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE AGOSTO DE 2024
1.o.4. Entidades con más de 50 trabajadores que tengan contratadas personas incluidas en este colectivo en porcentaje superior al 2 por 100 e
inferior al 3 por 100 del total de los mismos: 1 punto.
o
2. Empleo de personas que han sido beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital o en situación de exclusión social desempleadas e inscritas en los Servicios Públicos de
Empleo o con especiales dificultades para su integración en el mercado de trabajo definidas en el punto 1 del artículo 2 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre,
para la Regulación del Régimen de las Empresas de Inserción: máximo 3 puntos.
2.o.1. Entidades de 50 o menos trabajadores que tengan contratadas personas incluidas en estos colectivos: 3 puntos.
2.o.2. Entidades con más de 50 trabajadores que tengan contratadas personas incluidas en estos colectivos en un porcentaje igual o superior al 4 por 100 del total de los mismos: 3 puntos.
2.o.3. Entidades con más de 50 trabajadores que tengan contratadas personas incluidas en estos colectivos en porcentaje igual o superior al 3
por 100 e inferior al 4 por 100 del total de los mismos: 2 puntos.
2.o.4. Entidades con más de 50 trabajadores que tengan contratadas personas incluidas en estos colectivos en porcentaje superior al 2 por 100 e
inferior al 3 por 100 del total de los mismos: 1 punto.
3.o Empleo de progenitores con familia numerosa a cargo y/o monoparentales,
mujeres, jóvenes menores de 30 años y desempleados de larga duración:
máximo 3 puntos, con la siguiente distribución:
3.o.1. Entidades que cuenten en su plantilla con personas incluidas en estos
colectivos en un porcentaje igual o superior al 33 por 100: 3 puntos.
3.o.2. Entidades que cuenten en su plantilla con personas incluidas en estos colectivos en un porcentaje igual o superior al 16 por 100 e inferior al 33
por 100: 2 puntos.
3.o.3. Entidades que cuenten en su plantilla personas incluidas en estos colectivos en un porcentaje inferior al 16 por 100 y superior al 0 por 100: 1
punto.
4.o Empleo de mujeres víctimas de violencia de género y/o trata y personas pertenecientes al colectivo gitano: máximo 3 puntos, con la siguiente distribución:
4.o.1. Entidades de 50 o menos trabajadores que tengan contratadas personas incluidas en estos colectivos: 3 puntos.
4.o.2. Entidades con más de 50 trabajadores que tengan contratadas personas incluidas en estos colectivos en un porcentaje igual o superior al
4 por 100 del total de los mismos: 3 puntos.
4.o.3. Entidades con más de 50 trabajadores que tengan contratadas personas incluidas en estos colectivos en porcentaje igual o superior al 3
por 100 e inferior al 4 por 100 del total de los mismos: 2 puntos.
4.o.4 ntidades con más de 50 trabajadores que tengan contratadas personas
incluidas en estos colectivos en porcentaje superior al 2 por 100 e inferior al 3 por 100 del total de los mismos: 1 punto.
e) Calidad, responsabilidad social y accesibilidad en la gestión de la entidad: hasta 5
puntos, con la siguiente distribución:
1.o Entidades comprometidas formalmente por sus órganos de gobierno en incorporar en su gestión valores, principios y criterios de calidad y que han superado procesos de certificación basados en el modelo Madrid Excelente, las
normas ISO, en las normas UNE o el modelo EFQM: 2,5 puntos.
La puntuación de este apartado no suma con el apartado siguiente.
La certificación deberá expedirse por la Fundación Madrid por la Competitividad,
respecto al modelo Madrid Excelente, por una empresa acreditada por la Entidad
Nacional de Certificación, ENAC, respecto a las normas mencionadas, o por el
Club Excelencia en Gestión, única entidad licenciataria del modelo EFQM en España, respecto a este.
2.o Entidades comprometidas formalmente por sus órganos de gobierno en incorporar
en su gestión valores, principios y criterios de calidad referidos a planes de mejora elaborados por las propias entidades o a modelos de evaluación de la calidad no
contemplados en el punto anterior: 1 punto. La valoración de este apartado no
suma con el apartado anterior.
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BOCM-20240803-3
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE AGOSTO DE 2024
1.o.4. Entidades con más de 50 trabajadores que tengan contratadas personas incluidas en este colectivo en porcentaje superior al 2 por 100 e
inferior al 3 por 100 del total de los mismos: 1 punto.
o
2. Empleo de personas que han sido beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital o en situación de exclusión social desempleadas e inscritas en los Servicios Públicos de
Empleo o con especiales dificultades para su integración en el mercado de trabajo definidas en el punto 1 del artículo 2 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre,
para la Regulación del Régimen de las Empresas de Inserción: máximo 3 puntos.
2.o.1. Entidades de 50 o menos trabajadores que tengan contratadas personas incluidas en estos colectivos: 3 puntos.
2.o.2. Entidades con más de 50 trabajadores que tengan contratadas personas incluidas en estos colectivos en un porcentaje igual o superior al 4 por 100 del total de los mismos: 3 puntos.
2.o.3. Entidades con más de 50 trabajadores que tengan contratadas personas incluidas en estos colectivos en porcentaje igual o superior al 3
por 100 e inferior al 4 por 100 del total de los mismos: 2 puntos.
2.o.4. Entidades con más de 50 trabajadores que tengan contratadas personas incluidas en estos colectivos en porcentaje superior al 2 por 100 e
inferior al 3 por 100 del total de los mismos: 1 punto.
3.o Empleo de progenitores con familia numerosa a cargo y/o monoparentales,
mujeres, jóvenes menores de 30 años y desempleados de larga duración:
máximo 3 puntos, con la siguiente distribución:
3.o.1. Entidades que cuenten en su plantilla con personas incluidas en estos
colectivos en un porcentaje igual o superior al 33 por 100: 3 puntos.
3.o.2. Entidades que cuenten en su plantilla con personas incluidas en estos colectivos en un porcentaje igual o superior al 16 por 100 e inferior al 33
por 100: 2 puntos.
3.o.3. Entidades que cuenten en su plantilla personas incluidas en estos colectivos en un porcentaje inferior al 16 por 100 y superior al 0 por 100: 1
punto.
4.o Empleo de mujeres víctimas de violencia de género y/o trata y personas pertenecientes al colectivo gitano: máximo 3 puntos, con la siguiente distribución:
4.o.1. Entidades de 50 o menos trabajadores que tengan contratadas personas incluidas en estos colectivos: 3 puntos.
4.o.2. Entidades con más de 50 trabajadores que tengan contratadas personas incluidas en estos colectivos en un porcentaje igual o superior al
4 por 100 del total de los mismos: 3 puntos.
4.o.3. Entidades con más de 50 trabajadores que tengan contratadas personas incluidas en estos colectivos en porcentaje igual o superior al 3
por 100 e inferior al 4 por 100 del total de los mismos: 2 puntos.
4.o.4 ntidades con más de 50 trabajadores que tengan contratadas personas
incluidas en estos colectivos en porcentaje superior al 2 por 100 e inferior al 3 por 100 del total de los mismos: 1 punto.
e) Calidad, responsabilidad social y accesibilidad en la gestión de la entidad: hasta 5
puntos, con la siguiente distribución:
1.o Entidades comprometidas formalmente por sus órganos de gobierno en incorporar en su gestión valores, principios y criterios de calidad y que han superado procesos de certificación basados en el modelo Madrid Excelente, las
normas ISO, en las normas UNE o el modelo EFQM: 2,5 puntos.
La puntuación de este apartado no suma con el apartado siguiente.
La certificación deberá expedirse por la Fundación Madrid por la Competitividad,
respecto al modelo Madrid Excelente, por una empresa acreditada por la Entidad
Nacional de Certificación, ENAC, respecto a las normas mencionadas, o por el
Club Excelencia en Gestión, única entidad licenciataria del modelo EFQM en España, respecto a este.
2.o Entidades comprometidas formalmente por sus órganos de gobierno en incorporar
en su gestión valores, principios y criterios de calidad referidos a planes de mejora elaborados por las propias entidades o a modelos de evaluación de la calidad no
contemplados en el punto anterior: 1 punto. La valoración de este apartado no
suma con el apartado anterior.
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BOCM-20240803-3
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