Torrejón de Ardoz (BOCM-20240802-79)
Urbanismo. Plan parcial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 183
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE AGOSTO DE 2024
— Oficinas que comprende las actividades de uso privado, colectivo o público destinadas a la realización de tareas administrativas, burocráticas, técnicas, creativas o
monetarias, excepto las incluidas en el uso global Dotacional y Servicios Urbanos.
Se distinguen tres categorías:
• O.1: Oficinas profesionales.
• O.2: Sedes sociales, asociaciones y similares.
• O.3: Resto de oficinas.
— Estación de Servicio que comprende los espacios e instalaciones para suministro
de carburante.
4. El uso Dotacional y Servicios Urbanos comprende los edificios destinados a albergar el sistema de servicios sociales, de formación, cultura, culto, salud, protección y
administración, prevención y reinserción social y en general todas las actividades de mantenimiento y reproducción social. Se distinguen los siguientes usos pormenorizados:
— Asistencial que corresponde a los edificios o instalaciones destinadas a albergar el
Sistema de Servicios Sociales, esto es el conjunto de prestaciones que tiendan a la
prevención, eliminación y tratamiento, en su caso, de las causas que conducen a
la marginación. Se distinguen dos categorías:
• A: Centro de Servicios Sociales Generales.
• B: Centro de Servicios Sociales Especializados.
— Deportivo en el que se incluyen los campos de deportes en todos sus aspectos, locales e instalaciones destinadas a la práctica del mismo; piscinas y similares, sean
de carácter público o privado. Se establecen dos tipos:
• Instalaciones en edificio exclusivo, distinguiéndose en los subtipos de deportes sin espectadores (1.1) y deportes con espectadores (1.2) en el que se establecen 3 niveles: hasta 500 espectadores (1.2.1), de 501 a 2.000 espectadores
(1.2.2) y más de 2.000 espectadores (1.2.3).
• Instalaciones en edificio o conjunto de edificios, o parcelas con predominancia
de otro uso, distinguiéndose en los subtipos de instalaciones en parcela anexa
a la edificación (2.1) e instalaciones en el edificio (2.2).
— Docente que incluye los espacios, edificios y locales destinados a funciones docentes, que se consideran de obligatoria determinación en el Plan Parcial. Se distinguen 5 categorías:
• DO.1: Centros Preescolares y Guarderías.
• DO.2: Edificios, espacios y locales destinados a formación reglada, públicos o
privados.
• DO.3: Academias, Enseñanza de Adultos.
• DO.4: Guarderías temporales.
• DO.5: Centros de Investigación.
— Religioso que comprende los edificios destinados al culto religioso o de vida conventual. Se distinguen dos categorías:
• R.1: Sin residencia colectiva.
• R.2: Con residencia colectiva.
— Sanitario que incluye los edificios e instalaciones destinados al tratamiento, diagnóstico, rehabilitación, prevención y/o alojamiento de enfermos. Se distinguen las
siguientes categorías:
• S.1: Hospitales.
• S.2: Clínicas y policlínicas.
• S.3: Consultorios, dispensarios, ambulatorios, centros de salud.
• S.4: Casas de Socorro y Centros de urgencia.
• S.5: Consultas médicas.
• S.6: Oficinas de farmacia.
— Servicios Administrativos que incluye los locales, edificios o espacios dedicados a
un variado conjunto de dotaciones administrativas. Se distinguen las siguientes
categorías:
• A.1: Administración.
• A.2: Servicio de bomberos.
• A.3: Servicios de orden.
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BOCM-20240802-79
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE AGOSTO DE 2024
— Oficinas que comprende las actividades de uso privado, colectivo o público destinadas a la realización de tareas administrativas, burocráticas, técnicas, creativas o
monetarias, excepto las incluidas en el uso global Dotacional y Servicios Urbanos.
Se distinguen tres categorías:
• O.1: Oficinas profesionales.
• O.2: Sedes sociales, asociaciones y similares.
• O.3: Resto de oficinas.
— Estación de Servicio que comprende los espacios e instalaciones para suministro
de carburante.
4. El uso Dotacional y Servicios Urbanos comprende los edificios destinados a albergar el sistema de servicios sociales, de formación, cultura, culto, salud, protección y
administración, prevención y reinserción social y en general todas las actividades de mantenimiento y reproducción social. Se distinguen los siguientes usos pormenorizados:
— Asistencial que corresponde a los edificios o instalaciones destinadas a albergar el
Sistema de Servicios Sociales, esto es el conjunto de prestaciones que tiendan a la
prevención, eliminación y tratamiento, en su caso, de las causas que conducen a
la marginación. Se distinguen dos categorías:
• A: Centro de Servicios Sociales Generales.
• B: Centro de Servicios Sociales Especializados.
— Deportivo en el que se incluyen los campos de deportes en todos sus aspectos, locales e instalaciones destinadas a la práctica del mismo; piscinas y similares, sean
de carácter público o privado. Se establecen dos tipos:
• Instalaciones en edificio exclusivo, distinguiéndose en los subtipos de deportes sin espectadores (1.1) y deportes con espectadores (1.2) en el que se establecen 3 niveles: hasta 500 espectadores (1.2.1), de 501 a 2.000 espectadores
(1.2.2) y más de 2.000 espectadores (1.2.3).
• Instalaciones en edificio o conjunto de edificios, o parcelas con predominancia
de otro uso, distinguiéndose en los subtipos de instalaciones en parcela anexa
a la edificación (2.1) e instalaciones en el edificio (2.2).
— Docente que incluye los espacios, edificios y locales destinados a funciones docentes, que se consideran de obligatoria determinación en el Plan Parcial. Se distinguen 5 categorías:
• DO.1: Centros Preescolares y Guarderías.
• DO.2: Edificios, espacios y locales destinados a formación reglada, públicos o
privados.
• DO.3: Academias, Enseñanza de Adultos.
• DO.4: Guarderías temporales.
• DO.5: Centros de Investigación.
— Religioso que comprende los edificios destinados al culto religioso o de vida conventual. Se distinguen dos categorías:
• R.1: Sin residencia colectiva.
• R.2: Con residencia colectiva.
— Sanitario que incluye los edificios e instalaciones destinados al tratamiento, diagnóstico, rehabilitación, prevención y/o alojamiento de enfermos. Se distinguen las
siguientes categorías:
• S.1: Hospitales.
• S.2: Clínicas y policlínicas.
• S.3: Consultorios, dispensarios, ambulatorios, centros de salud.
• S.4: Casas de Socorro y Centros de urgencia.
• S.5: Consultas médicas.
• S.6: Oficinas de farmacia.
— Servicios Administrativos que incluye los locales, edificios o espacios dedicados a
un variado conjunto de dotaciones administrativas. Se distinguen las siguientes
categorías:
• A.1: Administración.
• A.2: Servicio de bomberos.
• A.3: Servicios de orden.
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