D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20240802-16)
Protocolo de actuación – Anuncio de 16 de julio de 2024, por el que se publica el Protocolo General de Actuación entre la Comunidad de Madrid, a través del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, y la Asociación Española para la Calidad
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 183
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 99
política en materia de prevención tendrá por objeto la promoción de la mejora de las
condiciones de trabajo dirigida a elevar el nivel de protección de la seguridad y salud de
los trabajadores en el trabajo”.
4. Que el VI Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de
Madrid para el período 2021-2024 establece, en su punto IV, los “Ejes trasversales” del
mismo, que reúnen tanto actuaciones concretas destinadas a varios campos, como aquellos
rasgos que deben tener en común todas las actuaciones contenidas en el mismo para lograr
sus objetivos. En su eje transversal número 4, “Colaboración con agentes sociales e instituciones”, se indica en su punto a) la consolidación de las políticas públicas y fortalecimiento del papel de los agentes sociales, poniendo en valor el diálogo social en el ámbito de la
seguridad y la salud. Asimismo, el eje transversal número 5 establece el “papel proactivo
de la administración en el impulso de la prevención, en especial, fortaleciendo el papel del
Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, la participación de agentes sociales y
de otras instituciones”. Estas “alianzas” deben establecerse, por tanto, a través de mecanismos
que permitan la debida colaboración entre las instituciones mencionadas para cuales quiera de
las actuaciones y necesidades reflejadas en el Plan Director, integrando sus conocimientos y
experiencias en las políticas de seguridad y salud laboral y difundiendo la cultura preventiva
en sus respectivos ámbitos de actuación, extendiendo así tanto la necesaria transversalidad
como el buscado papel proactivo de la administración.
5. Que la AEC es una entidad privada sin ánimo de lucro, fundada en 1961, cuyo
propósito es impulsar la calidad como motor de la competitividad y la sostenibilidad de profesionales y empresas de nuestro país. En la actualidad cuenta con 1.000 empresas y 3.500 profesionales, comprometidos con la misión de la AEC, esto hace de la Asociación Española
para la Calidad una de las comunidades empresariales de referencia en el impulso transformador de nuestra economía. Para llevar a cabo esta misión, la AEC cuenta con espacios de
relación, dinámicos, abiertos e innovadores, que responden a los intereses de sus socios, llamados Comités y Comunidades.
Son espacios de conocimiento de alto impacto y buenas prácticas en un ámbito o sector,
en los que las personas pueden compartir retos y experiencias.
En relación a las actividades de difusión y divulgación en materia preventiva, la AEC
cuenta con la Comunidad de Prevención de Riesgos laborales, que promueve un entorno de
trabajo abierto, sectorial y transversal para los profesionales y empresas. Su objetivo es ser un
referente de prestigio para la promoción de la cultura y prácticas en materia de prevención de
riesgos laborales y gestión de la seguridad y salud en el trabajo en las organizaciones.
6. Que, en consecuencia, ambas entidades coinciden en su interés por fomentar actuaciones conjuntas con el fin de desarrollar la promoción de la seguridad y salud en el trabajo.
Por lo anteriormente expuesto,
ACUERDAN
Suscribir el presente Protocolo General de Actuación con el fin de promover la cooperación entre ambas. Ello redundará en una mayor eficacia para la consecución de sus respectivos objetivos por lo que,
DECLARAN
Primero
Objeto del Protocolo General de Actuación
Segundo
Intenciones de las partes
Ambas instituciones, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán un
marco común de actuación que permita cooperar específicamente en:
a) Promover la participación y la difusión de encuentros, jornadas y congresos que
cada parte realice, así como, en su caso, participar en la organización de actividades conjuntas de interés común.
BOCM-20240802-16
El objeto del presente Protocolo es promover, en el marco de las respectivas competencias de las partes en materia de seguridad y salud en el trabajo, cooperaciones e iniciativas
entre el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo y la AEC para contribuir a la investigación y mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y su mejor difusión.
B.O.C.M. Núm. 183
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 99
política en materia de prevención tendrá por objeto la promoción de la mejora de las
condiciones de trabajo dirigida a elevar el nivel de protección de la seguridad y salud de
los trabajadores en el trabajo”.
4. Que el VI Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de
Madrid para el período 2021-2024 establece, en su punto IV, los “Ejes trasversales” del
mismo, que reúnen tanto actuaciones concretas destinadas a varios campos, como aquellos
rasgos que deben tener en común todas las actuaciones contenidas en el mismo para lograr
sus objetivos. En su eje transversal número 4, “Colaboración con agentes sociales e instituciones”, se indica en su punto a) la consolidación de las políticas públicas y fortalecimiento del papel de los agentes sociales, poniendo en valor el diálogo social en el ámbito de la
seguridad y la salud. Asimismo, el eje transversal número 5 establece el “papel proactivo
de la administración en el impulso de la prevención, en especial, fortaleciendo el papel del
Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, la participación de agentes sociales y
de otras instituciones”. Estas “alianzas” deben establecerse, por tanto, a través de mecanismos
que permitan la debida colaboración entre las instituciones mencionadas para cuales quiera de
las actuaciones y necesidades reflejadas en el Plan Director, integrando sus conocimientos y
experiencias en las políticas de seguridad y salud laboral y difundiendo la cultura preventiva
en sus respectivos ámbitos de actuación, extendiendo así tanto la necesaria transversalidad
como el buscado papel proactivo de la administración.
5. Que la AEC es una entidad privada sin ánimo de lucro, fundada en 1961, cuyo
propósito es impulsar la calidad como motor de la competitividad y la sostenibilidad de profesionales y empresas de nuestro país. En la actualidad cuenta con 1.000 empresas y 3.500 profesionales, comprometidos con la misión de la AEC, esto hace de la Asociación Española
para la Calidad una de las comunidades empresariales de referencia en el impulso transformador de nuestra economía. Para llevar a cabo esta misión, la AEC cuenta con espacios de
relación, dinámicos, abiertos e innovadores, que responden a los intereses de sus socios, llamados Comités y Comunidades.
Son espacios de conocimiento de alto impacto y buenas prácticas en un ámbito o sector,
en los que las personas pueden compartir retos y experiencias.
En relación a las actividades de difusión y divulgación en materia preventiva, la AEC
cuenta con la Comunidad de Prevención de Riesgos laborales, que promueve un entorno de
trabajo abierto, sectorial y transversal para los profesionales y empresas. Su objetivo es ser un
referente de prestigio para la promoción de la cultura y prácticas en materia de prevención de
riesgos laborales y gestión de la seguridad y salud en el trabajo en las organizaciones.
6. Que, en consecuencia, ambas entidades coinciden en su interés por fomentar actuaciones conjuntas con el fin de desarrollar la promoción de la seguridad y salud en el trabajo.
Por lo anteriormente expuesto,
ACUERDAN
Suscribir el presente Protocolo General de Actuación con el fin de promover la cooperación entre ambas. Ello redundará en una mayor eficacia para la consecución de sus respectivos objetivos por lo que,
DECLARAN
Primero
Objeto del Protocolo General de Actuación
Segundo
Intenciones de las partes
Ambas instituciones, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán un
marco común de actuación que permita cooperar específicamente en:
a) Promover la participación y la difusión de encuentros, jornadas y congresos que
cada parte realice, así como, en su caso, participar en la organización de actividades conjuntas de interés común.
BOCM-20240802-16
El objeto del presente Protocolo es promover, en el marco de las respectivas competencias de las partes en materia de seguridad y salud en el trabajo, cooperaciones e iniciativas
entre el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo y la AEC para contribuir a la investigación y mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y su mejor difusión.