Arganda del Rey (BOCM-20240802-46)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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B.O.C.M. Núm. 183
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE AGOSTO DE 2024
6. Todas las competencias en asuntos de régimen disciplinario de personal atribuidas por el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985 reguladora de las Bases de Régimen Local y demás disposiciones vigentes sobre la materia.
7. La representación del Ayuntamiento en la negociación del Convenio Colectivo
para el personal laboral y para el Acuerdo de Funcionarios.
8. El nombramiento de todo tipo de personal del Ayuntamiento con excepción del
personal eventual y el cese del personal interino en los términos previstos en la legislación.
9. La elaboración y aprobación de los planes de formación para el personal municipal.
10. La ordenación de la instrucción de expedientes disciplinarios, y el apercibimiento
y suspensión preventiva a toda clase de personal.
11. La declaración de situaciones administrativas, así como la jubilación de todo el
personal.
12. La dirección, ordenación, gestión e inspección de los servicios municipales destinados a la formación y capacitación de trabajadores, desempleados y emprendedores, la
creación de empleo, así como la dirección, gestión e inspección de las instalaciones adscritas al servicio.
13. La elaboración, aprobación y gestión de programas y actuaciones de la planificación y establecimiento de directrices generales en materia de promoción económica, desarrollo industrial e innovación tecnológica.
14. Diseño e implantación de estrategias de promoción del territorio para la localización de nuevas actividades económicas e inversiones en el municipio de Arganda del Rey.
15. La coordinación de actuaciones, vinculadas al desarrollo económico, con el resto de concejalías de gobierno y departamentos de gestión del Ayuntamiento.
16. El impulso de iniciativas que den continuidad al proyecto de infraestructuras y
servicios empresariales en el municipio.
17. Coordinación y seguimiento de los departamentos y recursos municipales para el
Desarrollo Local.
18. Búsqueda y canalización de recursos externos a través de ayudas, subvenciones,
convenios de colaboración, etc., que faciliten el desarrollo de sus funciones y las políticas
municipales en su ámbito de actuación.
19. La elaboración, aprobación y gestión de programas de promoción y desarrollo
económico del municipio, ayuda a proyectos emprendedores y programas tendentes a la
creación de empleo.
20. La dirección y gestión, incluida la solicitud y justificación de las ayudas, fondos
y subvenciones que otras administraciones públicas, entidades de derecho público, particulares y entidades de derecho privado concedan al Ayuntamiento de Arganda del Rey con la
finalidad de fomentar y promocionar los sectores económicos del municipio o la formación
y capacitación de trabajadores, desempleados y emprendedores o el fomento y la creación
de empleo.
21. La Organización y gestión de Ferias relacionadas con su ámbito de actuación.
22. Las competencias como órgano de contratación correspondientes a los contratos
menores y procedimientos abiertos simplificados del artículo 159.6 de la Ley 9/2017, de 8
de noviembre, de Contratos del Sector Público en su ámbito de delegación.
23. La sanción de las faltas de desobediencia a la autoridad o por infracción de ordenanzas municipales en aquellas materias relacionadas con las competencias atribuidas en
este decreto de delegación.
24. La concesión y aprobación de subvenciones, ayudas, becas y premios otorgados
por parte del Ayuntamiento a favor de particulares, entidades privadas o públicas o a otras
administraciones o entes públicos, que correspondan a su concejalía.
25. La redacción y propuestas de ordenanzas municipales en relación con las materias con las materias incluidas en su ámbito de delegación.
Sexto.—Nombrar concejal-delegado de Hacienda y Mantenimiento de la Ciudad a
D. Álvaro Fernández Martín-Consuegra, con las siguientes atribuciones:
1. Dirección, ordenación, gestión e inspección de los Servicios de Hacienda comprensivo de los Servicios de Intervención, Tesorería, Recaudación e Inspección.
2. Desarrollo de la gestión económica municipal, de conformidad con el presupuesto
aprobado, ordenanzas, reglamentos y acuerdos municipales.
3. Autorizaciones de documentos contables y administrativos que impliquen formalización de gastos de todo tipo, como las Autorizaciones (Fase A), Disposiciones y compromisos (Fase D), Reconocimiento de obligaciones (Fase O) y Pagos (Fase P) con cargo al
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BOCM-20240802-46
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE AGOSTO DE 2024
6. Todas las competencias en asuntos de régimen disciplinario de personal atribuidas por el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985 reguladora de las Bases de Régimen Local y demás disposiciones vigentes sobre la materia.
7. La representación del Ayuntamiento en la negociación del Convenio Colectivo
para el personal laboral y para el Acuerdo de Funcionarios.
8. El nombramiento de todo tipo de personal del Ayuntamiento con excepción del
personal eventual y el cese del personal interino en los términos previstos en la legislación.
9. La elaboración y aprobación de los planes de formación para el personal municipal.
10. La ordenación de la instrucción de expedientes disciplinarios, y el apercibimiento
y suspensión preventiva a toda clase de personal.
11. La declaración de situaciones administrativas, así como la jubilación de todo el
personal.
12. La dirección, ordenación, gestión e inspección de los servicios municipales destinados a la formación y capacitación de trabajadores, desempleados y emprendedores, la
creación de empleo, así como la dirección, gestión e inspección de las instalaciones adscritas al servicio.
13. La elaboración, aprobación y gestión de programas y actuaciones de la planificación y establecimiento de directrices generales en materia de promoción económica, desarrollo industrial e innovación tecnológica.
14. Diseño e implantación de estrategias de promoción del territorio para la localización de nuevas actividades económicas e inversiones en el municipio de Arganda del Rey.
15. La coordinación de actuaciones, vinculadas al desarrollo económico, con el resto de concejalías de gobierno y departamentos de gestión del Ayuntamiento.
16. El impulso de iniciativas que den continuidad al proyecto de infraestructuras y
servicios empresariales en el municipio.
17. Coordinación y seguimiento de los departamentos y recursos municipales para el
Desarrollo Local.
18. Búsqueda y canalización de recursos externos a través de ayudas, subvenciones,
convenios de colaboración, etc., que faciliten el desarrollo de sus funciones y las políticas
municipales en su ámbito de actuación.
19. La elaboración, aprobación y gestión de programas de promoción y desarrollo
económico del municipio, ayuda a proyectos emprendedores y programas tendentes a la
creación de empleo.
20. La dirección y gestión, incluida la solicitud y justificación de las ayudas, fondos
y subvenciones que otras administraciones públicas, entidades de derecho público, particulares y entidades de derecho privado concedan al Ayuntamiento de Arganda del Rey con la
finalidad de fomentar y promocionar los sectores económicos del municipio o la formación
y capacitación de trabajadores, desempleados y emprendedores o el fomento y la creación
de empleo.
21. La Organización y gestión de Ferias relacionadas con su ámbito de actuación.
22. Las competencias como órgano de contratación correspondientes a los contratos
menores y procedimientos abiertos simplificados del artículo 159.6 de la Ley 9/2017, de 8
de noviembre, de Contratos del Sector Público en su ámbito de delegación.
23. La sanción de las faltas de desobediencia a la autoridad o por infracción de ordenanzas municipales en aquellas materias relacionadas con las competencias atribuidas en
este decreto de delegación.
24. La concesión y aprobación de subvenciones, ayudas, becas y premios otorgados
por parte del Ayuntamiento a favor de particulares, entidades privadas o públicas o a otras
administraciones o entes públicos, que correspondan a su concejalía.
25. La redacción y propuestas de ordenanzas municipales en relación con las materias con las materias incluidas en su ámbito de delegación.
Sexto.—Nombrar concejal-delegado de Hacienda y Mantenimiento de la Ciudad a
D. Álvaro Fernández Martín-Consuegra, con las siguientes atribuciones:
1. Dirección, ordenación, gestión e inspección de los Servicios de Hacienda comprensivo de los Servicios de Intervención, Tesorería, Recaudación e Inspección.
2. Desarrollo de la gestión económica municipal, de conformidad con el presupuesto
aprobado, ordenanzas, reglamentos y acuerdos municipales.
3. Autorizaciones de documentos contables y administrativos que impliquen formalización de gastos de todo tipo, como las Autorizaciones (Fase A), Disposiciones y compromisos (Fase D), Reconocimiento de obligaciones (Fase O) y Pagos (Fase P) con cargo al
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