Coslada (BOCM-20240729-50)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 179

LUNES 29 DE JULIO DE 2024

Pág. 399

Para ello redactarán un documento curricular indicando todos los méritos puntuables
y acompañarán las correspondientes fotocopias ordenadas y numeradas de diplomas o certificados expedidos por el organismo o entidad organizadora, en las que deben constar la
fecha de realización y el número de horas de formación.
No serán tenidos en cuenta los méritos que no sean alegados y justificados en la fase
de presentación de instancias, así como aquellos que sean alegados en el currículo y no estén debidamente justificados del modo indicado anteriormente. No será precisa la compulsa de documentos siendo responsable la persona solicitante del deber de presentar los originales correspondientes en el momento de la presentación de la instancia para participar
en el proceso selectivo o en cualquier momento que le fuese solicitado. En lo referido a la
antigüedad, la fecha fin de instancias será la que se dé por válida para el cómputo y asimismo y de igual forma respecto a los conocimientos de interés profesional la fecha de expedición de los títulos valorables será siempre anterior a la de fin de instancias.
La calificación definitiva de la fase de concurso vendrá dada por la suma de todos los
puntos obtenidos por la aplicación del baremo de méritos establecidos en el Anexo I, de las
presentes bases.
El Tribunal, a la vista de los méritos expuestos en el currículo que sean puntuables, podrá solicitar aclaración a los aspirantes para verificar los méritos alegados por estos.
3.2. Fase de Curso Selectivo de Formación: será requisito indispensable superar un
curso específico en el Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias de la Comunidad de Madrid con una carga lectiva de 300 horas o su equivalente en créditos ECTS.
4. Solicitudes
4.1. Forma: quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán solicitarlo
cumplimentando el impreso habilitado al efecto por el Ayuntamiento de Coslada. Será facilitado gratuitamente en las dependencias del Ayuntamiento de Coslada. Asimismo, podrá
obtenerse a través de la página web www.coslada.es
La presentación de la instancia por cada aspirante supondrá la aceptación de la normativa reguladora del procedimiento selectivo.
En dicho impreso deberá hacerse constar expresamente el sistema por el que participa
en las pruebas, de acuerdo con las siguientes indicaciones.
Los aspirantes deberán aportar obligatoriamente junto con la instancia la autorización
para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias para la realización de la segunda
prueba de la fase de oposición prevista en la base 3.1.2. Dicha autorización se ajustará al
modelo recogido en el Anexo III.
4.2. Plazo de presentación: el plazo de presentación de solicitudes será de veinte días
naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en
el “Boletín Oficial del Estado”.
4.3. Lugar de presentación: las instancias deberán presentarse, dentro del plazo estipulado, en el registro electrónico accesible a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de
Coslada, o mediante el procedimiento establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
respetando siempre el plazo establecido.
Por causas excepcionales debidamente motivadas, mediante decreto de Alcaldía, se
podrá autorizar la utilización de medios no electrónicos en un procedimiento, cuando concurran razones técnicas, organizativas o de otra naturaleza que así lo justifiquen, para todos
o parte de los trámites y actuaciones, de manera excepcional y por el tiempo imprescindible para solventar las mismas.

5.1. Requisitos: para ser admitidos a la práctica de las pruebas selectivas bastará con
que los aspirantes manifiesten en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base 2, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la
presentación de instancias, con la excepción prevista en la base 2.2.
5.2. Lista de admitidos y excluidos: terminado el plazo de presentación de solicitudes la Concejalía de Recursos Humanos aprobará mediante Resolución las listas provisionales de personas admitidas y excluidas a las pruebas selectivas, especificando en su caso
la causa de exclusión y el plazo para la posible subsanación de los defectos. Asimismo,
aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales
podrán manifestarlo en el mismo plazo.

BOCM-20240729-50

5. Admisión de aspirantes