Ciempozuelos (BOCM-20240729-45)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 179
LUNES 29 DE JULIO DE 2024
Pág. 385
La valoración de los méritos del concurso se realizará de acuerdo con el siguiente
baremo:
La puntuación máxima a la que opta el aspirante es de 10 puntos.
A) Experiencia: (la máxima puntuación total a obtener en este apartado es de 6,00
puntos):
— Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local
como Archivero o Archivero-Bibliotecario dentro del grupo A (funcionario
de carrera, funcionario interino o personal laboral), se asignarán 0,45 puntos,
hasta un máximo de 2,5 puntos.
— Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración local en
un puesto de trabajo en el área, departamento o con funciones en materia de
archivo y documentación en distinta escala al puesto convocado (funcionario
de carrera, funcionario interino o personal laboral) se asignarán 0,30 puntos,
hasta un máximo de 2,5 puntos.
— Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier en la Administración General del Estado o de cualquier Comunidad Autónoma como Archivero o Archivero-Bibliotecario (funcionario de carrera, funcionario interino o
personal laboral) se asignarán 0,10 puntos, hasta un máximo de 1 punto.
La experiencia se acreditará con el certificado de servicios previos conforme al
Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas de aplicación
de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en
la Administración pública (anexo I) expedido por el organismo o ente público
competente.
En todo caso, en la documentación presentada deberá resultar claramente acreditado que las tareas realizadas por el aspirante se corresponden con los trabajos y funciones objeto de la presente convocatoria, no valorándose documentos de los que
no pueda deducirse claramente dicho extremo.
La puntuación correspondiente a cada concepto no puede coincidir temporalmente
entre ella, a los efectos de valoración de méritos.
El Tribunal de Selección tiene potestad para solicitar los documentos que estime
oportunos a los efectos de comprobar la categoría profesional del aspirante. No
será puntuable cualquier tipo de certificación de servicios prestados que no se
acompañe de documento oficial justificativo de la relación de empleo.
B) Formación: (la máxima puntuación total a obtener en este apartado es de 4,00 puntos):
— Formación: estar en posesión de alguna titulación oficial universitaria de las
relacionadas a continuación: hasta un máximo de 3 puntos:
d Grado, Diplomatura en Biblioteconomía y Documentación, Información y
Documentación o equivalentes: 1 punto.
d Máster en Archivística, Gestión Documental o equivalentes: 2 puntos, en
orden a lo dispuesto en el artículo 17 de RD 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad. A efectos de baremación, tendrán la consideración de estudios de máster aquellos con una
extensión mínima de 60 créditos ECTS (Sistema Europeo de Transferencia de Créditos) y una máxima de 120 ECTS. Cada crédito ECTS equivale a 25 horas.
En todo caso, no se puntuará como mérito la titulación oficial exigida de acceso tal y como disponen las Bases Segunda y Tercera de estas Bases.
— Formación complementaria: hasta un máximo de 1 punto:
d Cursos relacionados con la gestión documental, archivo y/o sistemas archivísticos o equivalentes, realizados en los últimos cinco años anteriores
a la fecha del último día de presentación de instancias.
d Por asistencia a cursos, seminarios, congresos o jornadas, organizados
única y exclusivamente por una Administración Pública; por la Federación Española de Municipios y Provincias; por la Federación de Municipios de Madrid; Universidades públicas; y organizaciones sindicales,
BOCM-20240729-45
Novena. Fase de concurso
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 179
LUNES 29 DE JULIO DE 2024
Pág. 385
La valoración de los méritos del concurso se realizará de acuerdo con el siguiente
baremo:
La puntuación máxima a la que opta el aspirante es de 10 puntos.
A) Experiencia: (la máxima puntuación total a obtener en este apartado es de 6,00
puntos):
— Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local
como Archivero o Archivero-Bibliotecario dentro del grupo A (funcionario
de carrera, funcionario interino o personal laboral), se asignarán 0,45 puntos,
hasta un máximo de 2,5 puntos.
— Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración local en
un puesto de trabajo en el área, departamento o con funciones en materia de
archivo y documentación en distinta escala al puesto convocado (funcionario
de carrera, funcionario interino o personal laboral) se asignarán 0,30 puntos,
hasta un máximo de 2,5 puntos.
— Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier en la Administración General del Estado o de cualquier Comunidad Autónoma como Archivero o Archivero-Bibliotecario (funcionario de carrera, funcionario interino o
personal laboral) se asignarán 0,10 puntos, hasta un máximo de 1 punto.
La experiencia se acreditará con el certificado de servicios previos conforme al
Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas de aplicación
de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en
la Administración pública (anexo I) expedido por el organismo o ente público
competente.
En todo caso, en la documentación presentada deberá resultar claramente acreditado que las tareas realizadas por el aspirante se corresponden con los trabajos y funciones objeto de la presente convocatoria, no valorándose documentos de los que
no pueda deducirse claramente dicho extremo.
La puntuación correspondiente a cada concepto no puede coincidir temporalmente
entre ella, a los efectos de valoración de méritos.
El Tribunal de Selección tiene potestad para solicitar los documentos que estime
oportunos a los efectos de comprobar la categoría profesional del aspirante. No
será puntuable cualquier tipo de certificación de servicios prestados que no se
acompañe de documento oficial justificativo de la relación de empleo.
B) Formación: (la máxima puntuación total a obtener en este apartado es de 4,00 puntos):
— Formación: estar en posesión de alguna titulación oficial universitaria de las
relacionadas a continuación: hasta un máximo de 3 puntos:
d Grado, Diplomatura en Biblioteconomía y Documentación, Información y
Documentación o equivalentes: 1 punto.
d Máster en Archivística, Gestión Documental o equivalentes: 2 puntos, en
orden a lo dispuesto en el artículo 17 de RD 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad. A efectos de baremación, tendrán la consideración de estudios de máster aquellos con una
extensión mínima de 60 créditos ECTS (Sistema Europeo de Transferencia de Créditos) y una máxima de 120 ECTS. Cada crédito ECTS equivale a 25 horas.
En todo caso, no se puntuará como mérito la titulación oficial exigida de acceso tal y como disponen las Bases Segunda y Tercera de estas Bases.
— Formación complementaria: hasta un máximo de 1 punto:
d Cursos relacionados con la gestión documental, archivo y/o sistemas archivísticos o equivalentes, realizados en los últimos cinco años anteriores
a la fecha del último día de presentación de instancias.
d Por asistencia a cursos, seminarios, congresos o jornadas, organizados
única y exclusivamente por una Administración Pública; por la Federación Española de Municipios y Provincias; por la Federación de Municipios de Madrid; Universidades públicas; y organizaciones sindicales,
BOCM-20240729-45
Novena. Fase de concurso