C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240725-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 3 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Renault España Comercial, S. A. (código número 28103372012022)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 25 DE JULIO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 176

ŠInterlocutor ante el Comité de Dirección en aspectos de igualdad.
ŠInterlocutor ante la Administración en igualdad (Ministerio, Instituto de la Mujer…)
ŠVigilancia de modificaciones en materia de legislativa.
ŠCumplimiento de las responsabilidades asignadas para la prevención del acoso sexual y
por razón de sexo.
ŠInterpretación de dudas y cuestiones sobre Igualdad.
No obstante, la Dirección de la Empresa y la Representación de los trabajadores/as muestran su
compromiso en alcanzar un acuerdo con el fin de actualizar el Plan de Igualdad durante la vigencia
del presente Convenio.
Artículo 41.- Teletrabajo.
Con motivo de las constantes evoluciones tecnológicas en materia de útiles de comunicación a
distancia, la Representación de los Trabajadores/as y la Dirección de la Empresa reafirman su
compromiso de adhesión a la Política de aplicación del Teletrabajo del Grupo Renault en España
firmada en 2021, como herramienta que facilita la conciliación de la vida familiar y laboral sin perjuicio
de otras acciones que puedan ser acometidas a lo largo de la vigencia del presente convenio.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA.- Condiciones económicas para el año 2024.
El Salario Bruto Anual Global individual al 31.12.2023 será actualizado al 1 de enero del año 2024
para todos los trabajadores con independencia del tipo de contrato, con un incremento del 4,3%.

SEGUNDA.- Prima de contribución individual.
Se prorroga desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024, la Prima de Contribución
Individual, aplicada desde el 1 de enero de 2021, de la que se podrán beneficiar todos los
trabajadores/as en activo de Renault España Comercial, S.A., por la que se devengarán un máximo
de cuatro (4 puntos) mensuales y hasta cuarenta y ocho puntos anuales (48 puntos anuales), en
función de los días de absentismo individual por enfermedad (Incapacidad Temporal) y días de
absentismo no justificado.
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0 días de ausencia en el mes:
1 día de ausencia en el mes:
2 días de ausencia en el mes:
3 días de ausencia en el mes:
4 días de ausencia en el mes:

4 puntos
3 puntos
2 puntos
1 punto
0 puntos

Se adjunta un listado de enfermedades graves (Anexo III) que no computarán como ausencia.
Asimismo, existirá un plazo de un mes para la gestión de incidencias.
El abono se realizará en dos pagos: un anticipo en la nómina de otubre y una regularización final
en abril del año siguiente.
El valor del punto será:
8,07 euros para los trabajadores con categoría hasta Jefe de 1ª técnico-administrativo.
8,59 euros para los trabajadores con categorías superiores.

TERCERA.- Complemento especial de puesto Centro de trabajo de Torres de la Alameda.
1. Única y exclusivamente a los trabajadores/as de RECSA pertenecientes a las categorías de
Oficial de Almacén, Auxiliar Administrativo, Oficial Administrativo de 1ª y 2ª, Jefe técnicoadministrativo de 2ª y 3ª, Encargado y Contramaestre, con una antigüedad, al 01.12.2001, en la
empresa superior a cinco años, que procedentes del centro de la Avda. de Burgos pasaron a prestar
sus servicios en el centro de trabajo de Torres de la Alameda con efectos 01.12.2001, recogido en

BOCM-20240725-1

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